Legalizaci¨®n en Mar¨ªn
La conselleira de Pol¨ªtica Territorial, Mar¨ªa Jos¨¦ Caride, firm¨® ayer la orden por la que se inicia la revisi¨®n de oficio de las normas subsidiarias urban¨ªsticas de Mar¨ªn, que permitir¨¢ legalizar cinco n¨²cleos del rural del municipio costero pontevedr¨¦s.
La Xunta trata as¨ª de establecer una soluci¨®n definitiva para corregir la situaci¨®n de inseguridad jur¨ªdica de las viviendas de los n¨²cleos de Loira, Aguete, A Teoira, Cas¨¢s y Mogor. Se trata de asentamientos tradicionales anteriores a la entrada en vigor de la Ley de Costas de 1988.
Las reclamaciones vecinales proceden de la clasificaci¨®n como suelo no urbanizable de los citados n¨²cleos de poblaci¨®n, a pesar de reunir los requisitos para ser considerados urbanos. De esa manera, las viviendas quedaron afectadas por una servidumbre de protecci¨®n de dominio p¨²blico mar¨ªtimo-terrestre de 100 metros, y no por la excepcionalidad de los 20 metros que fija la Ley de Costas para el suelo urbano.
Las gestiones de la Conseller¨ªa de Pol¨ªtica Territorial se enmarcan en la consigna del Gobierno de Emilio P¨¦rez Touri?o de no ser recordado como el de la piqueta. El presidente gallego pretende combinar una pol¨ªtica inflexible respecto a las nuevas construcciones con la atenci¨®n a los casos particulares en las ¨®rdenes de derribo. En ese contexto, el departamento que dirige Caride se ha puesto a resolver 800 expedientes de demolici¨®n por construcciones en la costa, que se fueron acumulando durante los sucesivos gobiernos de Manuel Fraga.
En el caso de Mar¨ªn, la firma de la orden de Pol¨ªtica Territorial es consecuencia del compromiso adquirido por Mar¨ªa Jos¨¦ Caride para que, en un corto plazo de tiempo, quede resuelto el problema de los n¨²cleos del litoral de forma definitiva. El expediente de revisi¨®n lo llevar¨¢ a cabo la Direcci¨®n Xeral de Urbanismo, despu¨¦s de que los responsables de la conseller¨ªa, los afectados y el Ayuntamiento de Mar¨ªn realizaran un trabajo de delimitaci¨®n de los n¨²cleos y para documentar su existencia como asentamientos tradicionales, previa a la Ley de Costas.
Toda la documentaci¨®n fue trasladada al Ministerio de Medio Ambiente, con el objetivo de justificar la existencia de un error de derecho de las Normas Subsidarias, ya que catalogaban como no urbanizable suelo que reun¨ªa las caracter¨ªsticas de urbano.
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