El arma de los plazos
El Tribunal Constitucional no ha dado opci¨®n a Acci¨®n Nacionalista Vasca (ANV) de intentar posponer hasta despu¨¦s de las elecciones del 27 de mayo la resoluci¨®n judicial definitiva sobre la impugnaci¨®n de una parte de sus listas. El recurso de amparo ordinario interpuesto por ANV contra el auto del Tribunal Supremo que anul¨® 133 de sus listas electorales ser¨¢ tramitado como recurso de amparo electoral y resuelto en un plazo de 48 horas.
La decisi¨®n de la Sala del 61 del Tribunal Supremo que recondujo la impugnaci¨®n de una parte de las listas de ANV al procedimiento previsto en la Ley de Partidos para la ilegalizaci¨®n de la formaci¨®n pol¨ªtica sobre las que existen sospechas de suceder a Batasuna pudo parecer que pon¨ªa en manos de ANV, a trav¨¦s de los plazos m¨¢s dilatados propios de ese procedimiento, un arma con la que congelar el proceso durante la contienda electoral, con todos los efectos indeseables que ello conllevar¨ªa. Evitar ese riesgo fue uno de los argumentos que aleg¨® el fiscal del Estado para justificar que la impugnaci¨®n se resolviera por la v¨ªa contencioso-electoral, mucho m¨¢s r¨¢pida al estar condicionada a las exigencias temporales del proceso electoral.
ANV se ha dado prisa en recurrir ante el Tribunal Constitucional, planteando un recurso de amparo ordinario, que tiene plazos de admisi¨®n y de tramitaci¨®n mucho m¨¢s dilatados que uno de amparo electoral. Pero para que la maniobra procesal saliera adelante ANV tendr¨ªa que haber conseguido del Constitucional (como solicit¨® en su recurso) la suspensi¨®n cautelar del auto del Supremo, firme pero no definitivo, lo que habr¨ªa posibilitado la concurrencia electoral de todas sus listas, tambi¨¦n las anuladas. Tal desenlace habr¨ªa hecho inejecutable en la pr¨¢ctica, de ser confirmado, el auto del Supremo, lo que constituir¨ªa una burla al Estado de derecho que la resoluci¨®n r¨¢pida del caso decidida por el Constitucional ha evitado.
En la resoluci¨®n de admisi¨®n a tr¨¢mite del recurso de amparo de ANV, el Constitucional justifica su tramitaci¨®n como un recurso de amparo electoral en que es la mejor forma de garantizar eficazmente tanto los derechos fundamentales en liza -de participaci¨®n pol¨ªtica y de sufragio activo y pasivo, entre otros- como "la plena seguridad y certeza del proceso electoral en su conjunto".
El ministerio fiscal y la Abogac¨ªa del Estado, que tiene de plazo hasta las tres de la tarde de hoy para presentar sus alegaciones, tambi¨¦n est¨¢n de acuerdo en que el recurso de ANV se resuelva dentro del plazo de 48 horas propio del procedimiento electoral. Y, entre otros argumentos, alegan que el Supremo se atuvo de hecho a ¨¦l al dictar su auto en algo m¨¢s de 48 horas. Tambi¨¦n ANV pareci¨® avenirse a que la impugnaci¨®n de sus listas ante el Supremo se tramitara de hecho como un recurso contencioso-electoral. Pero luego cambi¨® de parecer ante el Constitucional.
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