La Audiencia Nacional tendr¨¢ que juzgar al torturador Cavallo
El tribunal trat¨® de ceder el caso a Argentina sin que ¨¦sta lo pidiera
Los jueces espa?oles son competentes para procesar al supuesto torturador argentino Ricardo Miguel Cavallo. El Supremo neg¨® ayer la posibilidad de extraditarlo a Argentina para que sea procesado all¨ª por los presuntos delitos que cometi¨® en la Escuela de Mec¨¢nica de la Armada durante la dictadura argentina, como estableci¨® la Audiencia Nacional. La sentencia es un duro golpe contra la Audiencia al considerar que ¨¦sta trat¨® de ceder el caso a Argentina sin que existiera una petici¨®n previa de la justicia de ese pa¨ªs.
La secci¨®n tercera de la Sala Penal de la Audiencia se declar¨® en diciembre de 2006 incompetente para juzgar al ex militar argentino, que desarroll¨® su supuesta actividad represora en el centro de detenci¨®n de la Escuela de Mec¨¢nica de la Armada (ESMA), donde fueron recluidas miles de personas desaparecidas durante la dictadura argentina.
En un auto del que fue ponente el magistrado Alfonso Guevara, el tribunal bas¨® su decisi¨®n en la existencia de diligencias penales abiertas en tribunales argentinos contra Cavallo, acusado de genocidio, terrorismo y torturas, por lo que el fiscal pidi¨® penas de entre 13.332 y 17.010 a?os de c¨¢rcel. La Audiencia consider¨® que ante los procesos abiertos, deb¨ªa prevalecer la competencia de los jueces del lugar donde se cometieron los delitos, es decir, la de los tribunales argentinos.
La Sala Penal del Supremo, formada por su presidente, Juan Saavedra, y los magistrados Perfecto Andr¨¦s Ib¨¢?ez, Jos¨¦ Manuel Maza, Francisco Monterde y Juan Ram¨®n Berdugo, tras alabar el escrito de la fiscal Dolores Delgado, consider¨® ayer que la secci¨®n tercera interpret¨® "indebidamente" la normativa sobre conflictos judiciales internacionales y extradiciones.
Al contrario que la Audiencia, el Supremo considera que no existe "conflicto de jurisdicci¨®n internacional" en el caso del supuesto torturador. La sentencia asegura que ese tipo de conflictos no pueden darse porque lo decida un tribunal espa?ol "ni resulta concebible que la Sala de la Audiencia Nacional ni este tribunal [Supremo] decidan unilateralmente atribuir a las autoridades de otro pa¨ªs" el caso, ya que "no existe norma alguna" que lo autorice.
Los magistrados sostienen que la Audiencia "ignora lo legalmente establecido acerca de la extradici¨®n", ya que, cuando dict¨® su auto, "no exist¨ªa a¨²n solicitud extradicional alguna dirigida por las autoridades argentinas a Espa?a". La secci¨®n tercera tampoco obtuvo el permiso del Gobierno de M¨¦xico, pa¨ªs del que Cavallo fue extraditado para ser juzgado en Espa?a.
"El auto recurrido", contin¨²a el Supremo, "a trav¨¦s de una inadecuada v¨ªa procesal", dispone la extradici¨®n de Cavallo sin "previa solicitud de extradici¨®n", privando al Gobierno de su capacidad de decisi¨®n en esta materia e incumpliendo dos tratados internacionales firmados con Argentina y M¨¦xico.
Manuel Oll¨¦, representante de las Madres de la Plaza de Mayo, se mostr¨® contento con el contenido de la sentencia. El abogado asegur¨® que la resoluci¨®n garantiza el derecho de las v¨ªctimas y del propio Cavallo a un proceso sin dilaciones.
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