El TSJC condena a Salud a indemnizar con 600.000 euros por las graves malformaciones que sufri¨® un beb¨¦
Si los padres lo hubieran sabido, es posible que hubieran evitado el nacimiento de la ni?a. Pero nadie les inform¨® de las graves malformaciones del feto que se apreciaron en las ecograf¨ªas y no pudieron decidir. Han pasado casi siete a?os y ahora el Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) ha condenado al Instituto Catal¨¢n de la Salud (ICS) a indemnizar con 601.307 euros a los padres de la peque?a A. por inadecuado funcionamiento de la sanidad p¨²blica.
Razonan los jueces que "en el ¨¢nimo de los padres de la menor pesar¨¢ siempre el haber tra¨ªdo al mundo a alguien aquejado de tan graves e insuperables carencias f¨ªsicas y ps¨ªquicas". Se trata de la enfermedad conocida como s¨ªndrome de Cornelia Lange, que comporta un "retraso mental profundo", dice la sentencia, e "importantes limitaciones f¨ªsicas y ps¨ªquicas". El simple diagn¨®stico de esta afecci¨®n es motivo suficiente para practicar un aborto eugen¨¦sico amparado por la ley.
Durante la tramitaci¨®n del pleito, el ICS defendi¨® la correcci¨®n de la asistencia m¨¦dica prestada a la madre con motivo del parto, que tuvo lugar en el Hospital de Sant Joan de D¨¦u, en Esplugues de Llobregat. Sin embargo, el tribunal recuerda que los padres no cuestionan la praxis m¨¦dica, sino la dispraxis, que comporta la no informaci¨®n detallada y completa de las circunstancias del embarazo.
Tambi¨¦n argumentaba la Administraci¨®n que la grave enfermedad que sufri¨® la ni?a no es detectable por ecograf¨ªa y no se pod¨ªa realizar un diagn¨®stico precoz fiable. Pero la Secci¨®n Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC explica que la madre no fue informada de las malformaciones del feto, tales como el engrosamiento del pliegue de la nuca, y del riesgo que se corr¨ªa de entre un 15% y un 40% de que sufriera malformaciones cong¨¦nticas graves. En el carnet de embarazada de la mujer se anot¨® en una ocasi¨®n el resultado de una ecograf¨ªa, recuerda el tribunal, pero no se reflej¨® "la persistencia del riesgo de otras malformaciones". De haber sido as¨ª, la madre hubiera podido decir "¨¦tica y jur¨ªdicamente" si deseaba abortar, dice el TSJC.
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