Del Olmo aprecia delito y decide proseguir el caso contra 'El Jueves'
El juez Juan del Olmo decidi¨® ayer proseguir la tramitaci¨®n del caso contra dos humoristas de la revista El Jueves por el procedimiento abreviado al apreciar que al elaborar la portada del n¨²mero correspondiente al 18 de julio incurrieron en un delito de injurias al Rey, que est¨¢ regulado en el art¨ªculo 491 del C¨®digo Penal. El fiscal cuenta ahora con un plazo de 10 d¨ªas para presentar escrito de acusaci¨®n.
Esta misma semana comparecieron ante el juez los autores de la portada, el dibujante Guillermo y el guionista Manel Fontdevila, quienes aseguraron que no ten¨ªan intenci¨®n de injuriar a los Pr¨ªncipes, sino de criticar una medida que subvenciona con 2.500 euros cada nacimiento incluso para aquellas parejas que no los necesitan. A?adieron que eligieron a los Pr¨ªncipes por ser una pareja muy popular y la m¨¢s representativa de la sociedad espa?ola.
Tras las declaraciones, Del Olmo consider¨® agotada la investigaci¨®n, por lo que pidi¨® al fiscal que se pronunciase sobre si deb¨ªa abrir procedimiento abreviado o archivar el caso.
Aunque la Fiscal¨ªa hab¨ªa solicitado y el juez hab¨ªa aprobado el secuestro de la revista, es decir, que estimaban la existencia de delito, cab¨ªa la posibilidad de que o el fiscal o el juez hubieran cambiado de criterio tras escuchar a los autores de la portada.
Indicios de delito
Sin embargo, el fiscal, que entiende necesario que un juez establezca los l¨ªmites de la libertad de expresi¨®n, inform¨® en favor de continuar el procedimiento. Del Olmo, que tambi¨¦n pod¨ªa de oficio archivar el caso si hubiera entendido que no hab¨ªa delito, ha entendido, por el contrario, que existen indicios de que Guillermo y Manel Fontdevila cometieron un delito de injurias a la Corona del art¨ªculo 491.
El citado art¨ªculo establece que las calumnias o injurias al Pr¨ªncipe heredero de la Corona cuando no est¨¢ en el ejercicio de sus funciones ser¨¢n castigadas con la pena de multa de cuatro a 20 meses. El punto segundo del citado art¨ªculo agrega: "Se impondr¨¢ la multa de seis a 24 meses al que utilizare la imagen (...) del Pr¨ªncipe heredero de cualquier forma que pueda da?ar el prestigio de la Corona".
Del Olmo se?ala que "la libertad de expresi¨®n ampara incluso el rechazo de la instituci¨®n mon¨¢rquica y de su autoridad como forma de Estado adoptada por la Constituci¨®n de 1978, pero no protege expresiones contra el honor que afecten al n¨²cleo ¨²ltimo de la dignidad de las personas, por ser innecesarias y desproporcionadas para la formaci¨®n de la opini¨®n p¨²blica".
Del Olmo recuerda que el derecho al honor confiere a su titular el derecho a no ser escarnecido o humillado ante uno mismo o ante los dem¨¢s y que la libertad de expresi¨®n "no autoriza el empleo de apelativos injuriosos utilizados con fines de menosprecio, puesto que la Constituci¨®n no reconoce ni admite el derecho al insulto".
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