Memoria y voluntad
Las dificultades para aprobar la Ley de la Memoria Hist¨®rica en los ¨²ltimos d¨ªas h¨¢biles de la legislatura perecen estar reforzando el equ¨ªvoco que ha prosperado durante los ¨²ltimos a?os: si no existe una norma legal en la que se contemplen ¨¦sta y otras medidas, los vestigios de la dictadura podr¨¢n perpetuarse por tiempo indefinido en v¨ªas p¨²blicas y edificios oficiales.
La realidad lleva 30 a?os desmintiendo esa eventualidad, desde que se constituyeron los primeros Ayuntamientos democr¨¢ticos. En la mayor parte de los consistorios gobernados por la izquierda, e incluso en algunos en manos de UCD, la tarea de cambiar nombres de calles y de retirar monumentos del r¨¦gimen anterior comenz¨® muy pronto. Plazas y Avenidas del General¨ªsimo y de Jos¨¦ Antonio recuperaron sus antiguas denominaciones o recibieron otras nuevas, acordes con la realidad institucional que se empezaba a vivir en Espa?a. La iniciativa de los Ayuntamientos no derivaba de ninguna exigencia legal, sino de una decisi¨®n pol¨ªtica. De ah¨ª que la pervivencia de s¨ªmbolos y nombres franquistas en algunos pueblos y capitales espa?olas deba ser interpretada como lo que es: una decisi¨®n pol¨ªtica en sentido contrario, amparada en argumentos como los de que no se puede borrar la historia o de que es preferible no reabrir heridas del pasado.
Pero la historia no se escribe en las fachadas; en las fachadas s¨®lo se le rinde tributo p¨²blico y es ese tributo p¨²blico lo que resulta inaceptable. En cuanto a lo de las heridas, no es m¨¢s que otra de las muchas met¨¢foras cl¨ªnicas que, de tanto en tanto, suelen adue?arse del discurso pol¨ªtico, por lo general con resultados frustrantes cuando no abiertamente peligrosos. Mantener un nombre en una placa o conservar un monumento no es equivalente a mantener un ap¨®sito, como si el pasado fuera una llaga doliente y el Parlamento un practicante encargado de curarlo. Pero retirarlo tampoco puede ser presentado como una terapia, porque ser¨ªa tanto como consagrar la misma met¨¢fora y, por lo tanto, hacer de una met¨¢fora el terreno fantasmal de una discusi¨®n pol¨ªtica, que es a fin de cuentas en lo que estamos.
El mayor reproche que cabe contra el PP no es que no apoye una Ley que, de aprobarse, ser¨ªa una criatura jur¨ªdica extra?a, porque se tratar¨ªa de una ley a la que el legislador propone privar de efectos legales en algunas de sus disposiciones. El mayor reproche es pol¨ªtico, y tiene que ver con la actitud que ha mantenido en los Ayuntamientos y Gobiernos auton¨®micos que controla y en las decisiones que adopt¨® desde el Gobierno central. Su incomprensible empecinamiento en mantener los s¨ªmbolos del franquismo hizo perder de vista que una de las aportaciones decisivas con las que pudo contribuir al sistema democr¨¢tico fue retirarlos por propia iniciativa, creando un espacio constitucional en el que no hubiera lugar para la duda: la Constituci¨®n de 1978 es la m¨¢s rotunda, incontestable de las condenas al franquismo. A diferencia de lo que sucede con la ley de Memoria Hist¨®rica, sus efectos legales fueron demoledores para aquel engendro de las Leyes Fundamentales del Movimiento, y todas sus disposiciones exig¨ªan desmantelar el ropaje jur¨ªdico con el que se adorn¨® una dictadura que se crey¨® en posesi¨®n del elixir de la eternidad.
Pero que no lo haya hecho no significa que no lo pueda hacer desde hoy. El PP tendr¨ªa en su mano convertir en irrelevante la discusi¨®n de la ley de la Memoria Hist¨®rica si, desde este momento, los Ayuntamientos y Gobiernos auton¨®micos que controla adoptasen la decisi¨®n de cambiar los nombres de las calles y retirar los monumentos del franquismo que quedan bajo su jurisdicci¨®n. No se necesita ninguna ley, sino la simple voluntad pol¨ªtica para hacerlo. Pero puede que al PP le venza la tentaci¨®n electoralista, y en ese caso tendremos o no tendremos ley. Si no la tenemos, los repugnantes s¨ªmbolos del franquismo se quedar¨¢n en donde est¨¢n, porque ya nadie se sentir¨¢ obligado a retirarlos si no es por imposici¨®n de una norma. Y si la tenemos, una criatura jur¨ªdica extra?a se habr¨¢ adentrado en el ordenamiento constitucional, y la disputa pol¨ªtica en torno al terreno fantasmal de una met¨¢fora continuar¨¢ sin contenci¨®n.
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