El TSJ anula una subida del IBI aprobada en el pleno de D¨¦nia por defecto de forma
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha anulado el pleno, y los acuerdos en ¨¦l adoptados, celebrado en D¨¦nia el 22 de diciembre de 2005, despu¨¦s de que el grupo popular municipal interpusiera un recurso denunciando que se "hab¨ªa vulnerado el principio de participaci¨®n", seg¨²n explic¨® ayer el edil de la formaci¨®n Vicente Chelet, uno de los que presentaron el recurso.
La sentencia, que fue recibida el pasado viernes en el Ayuntamiento de D¨¦nia, est¨¢ siendo revisada por los servicios t¨¦cnicos y jur¨ªdicos del Consistorio con el objeto de decidir si cabe la posibilidad de interponer un recurso o se debe aplicar. La ejecuci¨®n del fallo supone que el acuerdo de aumentar unos de los componentes del Impuesto de Bienes e Inmuebles (IBI) de 0,85 a 0,90 euros, que se adopt¨® en ese pleno convocado con car¨¢cter de urgencia, quedar¨ªa anulado. El Ayuntamiento deber¨ªa reponer entonces el dinero que se ha cobrado de m¨¢s en virtud del acuerdo de dicha convocatoria ahora nula. Desde el PP recuerdan que el IBI es un impuesto que devenga en enero de cada a?o, por lo que carece de efecto retroactivo. "Deber¨¢n devolver el dinero que han cobrado estos dos a?os aplicando un tipo impositivo superior", dijo Chelet, que calcula que ser¨¢n entre 3 y 4 millones de euros.
El fallo del TSJ se ampara en el art¨ªculo 23 de la Constituci¨®n y sostiene que la urgencia de la sesi¨®n extraordinaria no estaba motivada y su convocatoria no se ajust¨® al principio de participaci¨®n, ya que su celebraci¨®n fue anunciada horas antes por la alcaldesa socialista, Francisca Viciano, sin que se cumpliera el plazo m¨ªnimo de 48 horas para poder celebrar la sesi¨®n con car¨¢cter de urgencia, seg¨²n establece la ley. Fuentes del Ayuntamiento manifiestan que la urgencia con la que se celebr¨® el pleno obedec¨ªa a que "no hab¨ªa otro d¨ªa" para poder hacer efectiva la publicaci¨®n de los acuerdos adoptados en el Bolet¨ªn Oficial de la Provincia (BOP). Tambi¨¦n aseguran que la "incomodidad de la convocatoria para la oposici¨®n se basaba m¨¢s en que estaban de celebraciones de comidas de Navidad, como es el caso de la candidata popular Ana Kringe".
"Poco democr¨¢tica"
En el fallo se recuerda que la alcaldesa, pese a que se reuni¨® con los grupos de la oposici¨®n ese mismo d¨ªa para mantener una comisi¨®n informativa, no les coment¨® la celebraci¨®n del pleno, ni su convocatoria. El PP ha tachado la actitud de Viciano de "poco democr¨¢tica", ya que no consult¨® a la Junta de Portavoces. El Ayuntamiento, no obstante, "acatar¨¢", seg¨²n expresa un portavoz, las decisiones que se ajusten a la ley, y que as¨ª determinen los servicios jur¨ªdicos del Consistorio. Y recuerda que la premura con la que se convoc¨® la urgencia del pleno obedec¨ªa ¨²nicamente a poder ajustarse en tiempo a un tr¨¢mite administrativo que es necesario, como es su publicaci¨®n en el BOP dentro del plazo previsto.
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