El Congreso ampl¨ªa los beneficios de las hipotecas inversas con un seguro deducible en el IRPF
La reforma de la ley de regulaci¨®n del mercado hipotecario dio ayer un paso definitivo tras ser aprobada por la comisi¨®n de Econom¨ªa del Congreso. Los socialistas contaron en esta ocasi¨®n con los votos de PP y CiU, que respaldaron su tramitaci¨®n urgente, por lo que el Senado la debatir¨¢ la pr¨®xima semana. En la negociaci¨®n, el PSOE pact¨® la introducci¨®n de 16 enmiendas, con algunas novedades en el tratamiento fiscal de las hipotecas inversas o en las compensaciones por la cancelaci¨®n o subrogaci¨®n de hipotecas.
La regulaci¨®n de la hipoteca inversa es una de las principales novedades de la reforma. La ley fija las condiciones para este producto financiero que ya se estaba ofertando. Los mayores de 65 a?os y personas con dependencia severa que contraten una hipoteca inversa reciben una renta (¨²nica o peri¨®dica) de la entidad financiera. A cambio, ¨¦sta se queda con la titularidad de la vivienda cuando el cliente fallece, en el caso de que haya consumido la hipoteca.
La constituci¨®n de la hipoteca inversa ya se beneficiaba en la reforma propuesta de una exenci¨®n total del impuesto de actos jur¨ªdicos y documentados, as¨ª como un coste reducido en los aranceles notariales. Pero, tras su paso ayer por la comisi¨®n de Econom¨ªa del Congreso, el texto incorpora una novedad. Los ingresos que el titular de una hipoteca inversa reciba "podr¨¢n destinarse total o parcialmente a la contrataci¨®n de un plan de previsi¨®n asegurado".
El dinero aportado a estos planes de previsi¨®n asegurados, como ocurre con los planes
de pensiones, podr¨¢ deducirse en la declaraci¨®n del impuesto de la renta "hasta un m¨¢ximo de 10.000 euros", seg¨²n inform¨® en un comunicado el portavoz de CiU, Josep Antoni Dur¨¢n i Lleida. Fuentes del Ministerio de Econom¨ªa precisaron que esta medida se ha incluido a modo de "seguro de supervivencia" para los casos en los que el titular de la hipoteca supere el periodo de percepci¨®n de rentas fijado por la entidad financiera.
En cuanto a las compensaciones por cancelaci¨®n o subrogaci¨®n de hipotecas, el l¨ªmite m¨¢ximo se reducir¨¢ del 0,5% del capital amortizado al 0,25% si se producen despu¨¦s de los cinco primeros a?os de vida del cr¨¦dito.
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