Vicente Conde cambia de criterio tras haber vetado en 2006 las abstenciones de tres magistrados
Vicente Conde Mart¨ªn de Hijas, el magistrado conservador que presidir¨¢ el pleno que examinar¨¢ el recurso del PP contra la reforma que prorroga el mandato de la presidenta, Mar¨ªa Emilia Casas, utiliz¨® su voto de calidad para cambiar la doctrina del Tribunal sobre abstenciones de los ¨²ltimos tres a?os. Conde, que ha participado en los tres ¨²ltimos casos de abstenci¨®n de magistrados del Cosntitucional examinadas por el Pleno, vot¨® en todas las ocasiones en contra de la abstenci¨®n porque ¨¦sta debe atenerse a "razones objetivas" y el deber de imparcialidad de los magistrados obliga a "no perjudicar el ejercicio de la jurisdicci¨®n constitucional".
En junio de 2007, el magistrado conservador Jorge Rodr¨ªguez-Zapata decidi¨® abstenerse de intervenir en la deliberaci¨®n de una cuesti¨®n de inconstitucionalidad sobre la Ley de Propiedad Intelectual, por haber desempe?ado el cargo de vicepresidente de una comisi¨®n mixta que desarroll¨® esa ley. Mediante dicha comisi¨®n mixta se puso en marcha el mecanismo de la remuneraci¨®n por copia privada. El Tribunal decidi¨® que el deber de los magistrados nunca debe ir en detrimento del derecho fundamental al juez predeterminado por la ley ni perjudicar el ejercicio de la jurisdicci¨®n constitucional. Por el contrario, seg¨²n el Constitucional exist¨ªa "un inter¨¦s constitucional prevalente en mantener, salvo que resulte imposible, el Pleno de este Tribunal".
Conde vot¨® a favor de esa decisi¨®n y Rodr¨ªguez-Zapata se mantuvo en el Pleno a pesar de las protestas de sus compa?eros Javier Delgado y Ram¨®n Rodr¨ªguez Arribas, que ejercieron votos particulares contra esa decisi¨®n. En octubre de 2006, el magistrado progresista Eugeni Gay tambi¨¦n present¨® su abstenci¨®n al Pleno alegando que en su anterior profesi¨®n de abogado, su despacho profesional se hab¨ªa encargado de la defensa de los intereses del Obispado de Barcelona en conflictos surgidos ante la jurisdicci¨®n laboral y que fueron promovidos por distintos profesores de Religi¨®n.
Acceso a la jurisdicci¨®n
Conde y el resto del Pleno votaron en contra de la abstenci¨®n de Gay, se?alando que de aceptarse su abstenci¨®n, la consecuencia ser¨ªa "hacer imposible el acceso a la magistratura constitucional de juristas que hayan acreditado como abogados la reconocida competencia profesional exigida en el art¨ªculo 159.2 de la Constituci¨®n".
Tambi¨¦n en diciembre de 2006, el magistrado conservador Ram¨®n Rodr¨ªguez Arribas comunic¨® al Pleno su abstenci¨®n porque su hijo, procurador de los tribunales, ejerci¨® la representaci¨®n de la parte recurrente en un proceso contencioso sobre medidas urban¨ªsticas de la Ley de la Comunidad de Madrid.
Rodr¨ªguez Arribas tuvo que juzgar la cuesti¨®n de inconstitucionalidad pues el Pleno, en el que tambi¨¦n figuraba Vicente Conde, no apreci¨® la causa de abstenci¨®n por consanguinidad o afinidad dentro del segundo grado con el letrado o procurador de una de las partes. Seg¨²n el Pleno, el hijo del magistrado no actu¨® ante la jurisdicci¨®n constitucional, sino ante el Supremo, y por tanto no pod¨ªa afectar a su recto e imparcial criterio a la hora de interpretar la Constituci¨®n.
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