"Hicieron por carta un juicio de valoraci¨®n jur¨ªdica sobre el recurso"
La Abogac¨ªa del Estado basa su recusaci¨®n contra los dos magistrados conservadores en la carta que escribieron dirigida a la presidenta del Constitucional donde manifestaban su oposici¨®n a la reforma legal del Gobierno. En funci¨®n de esa carta, la Abogac¨ªa del Estado cree que la actuaci¨®n de los dos magistrados incurre en distintas causas de recusaci¨®n:
- Condici¨®n de magistrado. "No cabe duda de que la opini¨®n ha sido manifestada en su condici¨®n de Magistrados del Tribunal Constitucional. En efecto, tales declaraciones se realizan en una carta dirigida a la Presidenta, en su calidad de tal e invocando su condici¨®n de magistrados del Constitucional y en relaci¨®n con un asunto relativo al propio Tribunal, como era el r¨¦gimen de pr¨®rroga del mandato de la presidencia y la vicepresidencia.
- Inter¨¦s directo o indirecto en el pleito. "El art¨ªculo 219.10 de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial considera causa de abstenci¨®n y, en su caso, de recusaci¨®n tener el juez o magistrado inter¨¦s directo o indirecto en el pleito o causa (...). Desde el 15 de marzo de 2007 constaba la decisi¨®n del Grupo Parlamentario Popular de recurrir la Ley Org¨¢nica 6/2007, en concreto, en lo relativo a la pr¨®rroga del mandato del Presidente del Tribunal Constitucional. Por tanto, aunque las manifestaciones de los magistrados precedieron de forma muy pr¨®xima en el tiempo a la interposici¨®n del recurso (la carta parece ser del 22 de junio del 2007 y el recurso se interpuso el 27 de julio del 2007), era manifiesto que ¨¦ste se iba a interponer y que los mismos debe presumirse que conoc¨ªan -dada la enorme repercusi¨®n medi¨¢tica del dato y la afectaci¨®n directa de la noticia al propio Tribunal Constitucional- no s¨®lo esa circunstancia sino que el recurso se extender¨ªa a los extremos sobre los que se pronunciaron en la carta haciendo un juicio de valoraci¨®n jur¨ªdica rotundo sobre el actual objeto del recurso de inconstitucionalidad.
- Manifestaci¨®n por carta. "Otra circunstancia [que sostiene la recusaci¨®n] alude al medio en que se vierta la manifestaci¨®n. En el presente caso, las opiniones se realizan en una carta de los magistrados dirigida a la presidenta del Tribunal que tuvo una importante repercusi¨®n medi¨¢tica".
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