La Fiscal¨ªa insta a Gas Natural a que devuelva los cobros irregulares
El Ministerio P¨²blico exige el listado de afectados y las cantidades debidas
Gas Natural asegur¨® el lunes que las reclamaciones de todos los andaluces deb¨ªan presentarse en la Audiencia Provincial de C¨®rdoba, alegando que era lo que se establec¨ªa en la sentencia judicial. Pero la compa?¨ªa recul¨® ayer y puso a disposici¨®n de los afectados "un servicio de tramitaci¨®n de estas reclamaciones a trav¨¦s del cual, con la fotocopia del DNI, el contrato de suministro y los justificantes de pago, se tramitar¨¢n las devoluciones".
Se podr¨¢ hacer en los Centros del Gas de cualquier ciudad o a trav¨¦s del tel¨¦fono 902 250 365. La primera opci¨®n, la de obligar al consumidor a acudir al juzgado cordob¨¦s, hubiera sido muy costosa, ya que la empresa tiene que pagar las costas de cada una de las reclamaciones individuales.
"Yo estoy contenta con el Gas Natural, pero no admito que me cobren m¨¢s", dijo ayer Maria del Carmen Montero, una cordobesa de 62 a?os. Su marido, Fernando Garc¨ªa, acudi¨® por la ma?ana a la oficina municipal de consumo para reclamar el dinero que se le factur¨® de forma indebida. "Tenemos gas desde 1993, fuimos de los primeros del barrio", asegur¨® Montero.
"Es muy c¨®modo porque no tenemos que estar pendientes de la bombona", a?adi¨®. "Pero no me gusta que me enga?en". Montero pos¨® ayer con el contrato que firm¨® en 1993. El problema reside en que esta familia no conserva todas las facturas desde entonces.
"Lo ideal ser¨ªa que, de buena fe, la compa?¨ªa realizara la devoluci¨®n a trav¨¦s de la factura", dijo ayer Jos¨¦ Antonio Mart¨ªn Caro, fiscal jefe de la Audiencia de C¨®rdoba, en referencia a la empresa Gas Natural. El Tribunal Supremo acaba de ratificar una sentencia de la Audiencia de C¨®rdoba en la que se declara irregular el cobro que la empresa hizo de los derechos de alta entre 1997 y 2004 y de las instalaciones comunes entre 1997 y 2005. Su aplicaci¨®n es para toda Andaluc¨ªa y la compa?¨ªa est¨¢ obligada a rembolsar el dinero que factur¨® indebidamente.
El Ayuntamiento de C¨®rdoba y la Fiscal¨ªa llevaron este caso a la Justicia en 2003 despu¨¦s de recibir varias reclamaciones. Seg¨²n ambas instituciones, en toda la regi¨®n puede haber unos 200.000 afectados. Pero es s¨®lo una estimaci¨®n, ya que los ¨²nicos que pueden conocer el n¨²mero exacto son los responsables de la compa?¨ªa. Y no dan esa cifra ni las cantidades que deben reintegrar alegando que la desconocen al tratarse de periodos acotados en el tiempo. Mart¨ªn Caro anunci¨® ayer que esos datos pueden exigirse por la v¨ªa judicial.
Gas Natural Andaluc¨ªa decidi¨® retirar en julio de este a?o el recurso de casaci¨®n interpuesto en el Tribunal Supremo contra la sentencia en la que se declaraba que los cobros por derechos de alta y las instalaciones comunes eran indebidos, ya que esos dos aspectos no estaban regulados en la comunidad andaluza. Al retirar el recurso, se da por buena la sentencia y la empresa debe devolver el dinero.
El fiscal jefe de C¨®rdoba conmin¨® ayer a la empresa de gas a que realice el desembolso a trav¨¦s de la factura que actualmente pasa a sus clientes, algo que la compa?¨ªa todav¨ªa no ha decidido.Mart¨ªn Caro dijo ayer que la Justicia tiene instrumentos para que se acate la sentencia: que se publique en distintos medios de comunicaci¨®n andaluces o que se presente el listado de afectados y las cantidades a devolver.
Respecto al dinero, es dif¨ªcil dar una cifra global sin la colaboraci¨®n de la compa?¨ªa. Actualmente, Gas Natural Andaluc¨ªa cobra 60 euros por los derechos de alta y 24 euros al a?o por la instalaci¨®n comunitaria. Esas cantidades, suponiendo que no hayan variado, habr¨ªa que multiplicarlas por los afectados. En el caso de los derechos de alta, todos los clientes que entraron en Gas Natural entre 1997 y junio de 2004 est¨¢n afectados, seg¨²n la Fiscal¨ªa cordobesa.
Mart¨ªn Caro calific¨® ayer la sentencia como "hist¨®rica". Este caso arranc¨® en 2003. La oficina municipal de consumo de C¨®rdoba recibi¨® varias reclamaciones referentes a estos cobros indebidos. El Ayuntamiento decidi¨® entonces ponerse en contacto con la Fiscal¨ªa. Un a?o antes, en 2002, la legislaci¨®n espa?ola se hab¨ªa adaptado a la de la UE para permitir al Ministerio P¨²blico presentarse en un proceso para defender derechos difusos, es decir, de un colectivo. Seg¨²n Mart¨ªn Caro, en Espa?a no se hab¨ªa logrado una sentencia sobre derechos difusos hasta ahora, aunque en la Comunidad Valenciana se tramita ahora un caso parecido.
Desde 2003 hasta ahora se han emitido varias sentencias de particulares en nuestro pa¨ªs en las que se declaraban il¨ªcitos los cobros de derechos de alta. Eran indebidos porque simplemente no estaban regulados por las administraciones. En el caso de los servicios comunes, Mart¨ªn Caro apunt¨® ayer que la empresa s¨®lo tiene derecho a cobrarlos desde verano de 2005 y que para que sea legal debe figurar por escrito esa cl¨¢usula en el contrato.
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