Los extranjeros no residentes podr¨¢n asociarse y sindicarse
El Constitucional revoca tres art¨ªculos de la ley del PP
El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales tres art¨ªculos de la Ley de Extranjer¨ªa aprobada por el Gobierno del PP en 2000, que condicionaban el ejercicio de los derechos de reuni¨®n, asociaci¨®n y la libertad de sindicaci¨®n a que el extranjero obtuviese autorizaci¨®n previa de estancia o residencia en Espa?a. Ayer, tras conocerse esta sentencia, los socialistas exigieron al PP "que d¨¦ una explicaci¨®n" a la inconstitucionalidad de una ley impulsada por el Ejecutivo de Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar y defendida por su ministro Jaime Mayor Oreja.
El tribunal tambi¨¦n declara inconstitucional y nulo que los extranjeros deban ser "residentes" para tener derecho a la educaci¨®n de naturaleza no obligatoria en las mismas condiciones que los espa?oles, o para tener derecho a la asistencia jur¨ªdica gratuita en iguales condiciones que los espa?oles cuando acrediten insuficiencia de recursos econ¨®micos para litigar, seg¨²n los art¨ªculos 9.3 y 22.2.
El Constitucional anticip¨® el ayer fallo de la sentencia sobre la Ley de Extranjer¨ªa que resuelve el recurso interpuesto por el Parlamento de Navarra contra varios art¨ªculos de la Ley 4/2000 sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en Espa?a. Los art¨ªculos que se declaran inconstitucionales son el 7.1, el 8 y el 11.1, que establecen los derechos de reuni¨®n y asociaci¨®n y el derecho de sindicarse libremente, conforme las leyes lo regulan para los espa?oles. El tribunal precisa, sin embargo, que la declaraci¨®n de inconstitucionalidad alcanza a la redacci¨®n dada por la Ley de Extranjer¨ªa, pero no anula los art¨ªculos.
Nueva redacci¨®n
Expertos constitucionalistas interpretan que, al no haberse declarado nulos dichos preceptos, la sentencia previsiblemente dejar¨¢ en manos del legislador una nueva redacci¨®n de esos art¨ªculos, con el criterio o los l¨ªmites que se establezcan en la propia sentencia.
El fallo tambi¨¦n declara que no es inconstitucional el art¨ªculo 60.1 de la ley, que establece que "los extranjeros a los que en frontera no se les permita el ingreso en el pa¨ªs, ser¨¢n retornados a su punto de origen en el plazo m¨¢s breve posible".
El precepto a?ade: "La autoridad gubernativa que acuerde el retorno se dirigir¨¢ al juez de instrucci¨®n si el retorno fuera a retrasarse m¨¢s de 72 horas para que determine el lugar donde hayan de ser internados hasta que llegue el momento del retorno". La constitucionalidad de este art¨ªculo queda condicionada a la interpretaci¨®n que expresa el fundamento jur¨ªdico 15 de la sentencia, que se conocer¨¢ la pr¨®xima semana.
La sentencia, de la que ha sido ponente la presidenta del Tribunal, Mar¨ªa Emilia Casas, ha sido celebrada por Comisiones Obreras, Izquierda Unida, ERC y por el PSOE, cuyo portavoz parlamentario, Diego L¨®pez Garrido, subray¨® que es el segundo "varapalo" que se lleva el Partido Popular desde el alto tribunal en muy poco tiempo, tras la anulaci¨®n del decretazo, con el que el Ejecutivo del PP "restringi¨® derechos laborales" de los trabajadores.
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