El perfil sangu¨ªneo, prueba de dopaje
El Nuevo C¨®digo utilizar¨¢ el pasaporte biol¨®gico para sancionar a los ciclistas
El Nuevo C¨®digo Mundial Antidopaje endurece las sanciones y eleva los castigos hasta los cuatro a?os. En el caso de dopaje a menores, la suspensi¨®n es a perpetuidad.
- Se considera dopante una sustancia o m¨¦todo si cumple dos de las tres condiciones siguientes: mejora el rendimiento, es perjudicial para la salud o es contraria al esp¨ªritu deportivo.
- Se considera que las sustancias de la lista, salvo anabolizantes, hormonas y sus moduladores y los estimulantes duros (anfetaminas), son especificadas.
- Se considera dopaje: (a) la presencia de una sustancia prohibida o de sus metabolitos en la muestra analizada de un deportista; (b) el uso o el intento de uso de una sustancia prohibida demostrado mediante la confesi¨®n, la delaci¨®n, los resultados de un perfil anal¨ªtico o los documentos de una investigaci¨®n; (c) negarse a pasar un control; (d) no indicar la localizaci¨®n o no estar disponible para tres controles fuera de competici¨®n en un plazo de dos a?os; (e) la manipulaci¨®n de la muestra; (f) la posesi¨®n de una sustancia dopante o su compra o intento de compra (incluido el encargo por Internet); (g) el tr¨¢fico; (h) la administraci¨®n o el intento de administraci¨®n a otra persona.
- El ciclismo sancionar¨¢ por dopaje a los corredores cuyo pasaporte biol¨®gico (curva de hemoglobina y reticulocitos fijada con seis an¨¢lisis) se aparte de la media establecida.
- Principio de responsabilidad objetiva: despu¨¦s de un positivo, la carga de la prueba recae en el deportista.
- Las muestras de sangre y orina podr¨¢n ser utilizadas por el laboratorio para efectuar perfiles de par¨¢metros relevantes: sangu¨ªneos, hormonales, de ADN o gen¨®micos.
- Suspensi¨®n preventiva obligatoria si el frasco A da positivo, sin esperar al contraan¨¢lisis.
- La sanci¨®n est¨¢ndar por una primera violaci¨®n se fija en dos a?os (por no facilitar la localizaci¨®n, un a?o), pero podr¨¢ ser menor por atenuantes. 1) Positivo por sustancias especificadas: amonestaci¨®n si se demuestra un sabotaje, que no ha habido ni falta ni negligencia ni deseo de aumentar el rendimiento o enmascarar el uso de otros agentes; un a?o si se demuestra que no ha habido significativa falta o negligencia. 2) Asistencia sustancial en investigaci¨®n (delaci¨®n): reducci¨®n a la cuarta parte. 3) Confesi¨®n voluntaria antes del positivo: reducci¨®n a la mitad.
- Y tambi¨¦n podr¨¢ ser mayor si concurren circunstancias agravantes. 1) Pertenencia a red organizada: cuatro a?os. 2) Uso o posesi¨®n o compra de varias sustancias: cuatro a?os. 3) Administraci¨®n de dopaje a menores: perpetuidad. 4) Tr¨¢fico de sustancias dopantes: perpetuidad.
- Se estudiar¨¢ si en deportes de equipo se proh¨ªbe a los sancionados entrenarse con su club.
- El sistema de informaci¨®n ADAMS centralizar¨¢ las informaciones de localizaci¨®n y control por sorpresa de todas las federaciones y organismos nacionales.
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