?ltimo aviso para 30.000 conductores sin carn¨¦
La reforma penal en materia de tr¨¢fico se aprueba hoy
Suponen una porci¨®n casi insignificante de los conductores, apenas el 0,12%, pero suman 30.000. Son personas que jam¨¢s han pisado una autoescuela, cuyo comportamiento estaba considerado desde hace tres d¨¦cadas como falta administrativa, pero que ahora podr¨ªa ser su pasaporte a la c¨¢rcel.
A partir del 1 de mayo, el empecinamiento en seguir al volante de estos automovilistas y el de aquellos con suspensiones temporales o definitivas, con permisos no convalidados o con carn¨¦s retirados al perder todos los puntos les puede granjear de tres a seis meses de c¨¢rcel o una importante multa -que deber¨¢ establecer el juez- y trabajos que les obliguen a estar en contacto con las v¨ªctimas de accidentes.
?ste es el ¨²nico punto en el que la reforma del C¨®digo Penal en materia de seguridad vial, que hoy aprueba definitivamente el Congreso, admite una moratoria, de casi seis meses. El resto del articulado estar¨¢ en vigor en s¨®lo unos d¨ªas, tras su publicaci¨®n en el Bolet¨ªn Oficial del Estado. Y eso supone que antes de que finalice el mes ser¨¢n m¨¢s duras las penas que castigan los delitos relacionados con los excesos de velocidad y con el consumo de alcohol y drogas al volante. As¨ª, conducir a 110 en ciudad, a 180 en carretera o a 200 en autov¨ªa, puede suponer una pena de c¨¢rcel de hasta cinco a?os, y una suspensi¨®n del permiso de hasta 10 a?os. Lo mismo sucede en el caso de los conductores que circulen con una tasa de alcohol de 1,2 gramos de alcohol por litro de sangre.
Aunque para que se apliquen esas penas m¨¢ximas ha de existir el agravante de temeridad manifiesta, poner en concreto peligro la vida de las personas y conducir con desprecio a la vida de los dem¨¢s. Adem¨¢s, la mayor¨ªa de las condenas, de menos de dos a?os y en las que no se hayan producido un accidente o no se produzcan da?os personales, ser¨¢n sustituidas por actividades que tengan que ver con el contacto directo con heridos en accidente de tr¨¢fico o las familias de los fallecidos.
El fantasma de la saturaci¨®n carcelaria se ahuyenta con estas medidas y con la legislaci¨®n vigente, que establece que un condenado a menos de 24 meses de c¨¢rcel no ingresa en prisi¨®n si carece de antecedentes penales. El p¨²blico objetivo de la reforma ser¨¢, por tanto, los temerarios de la carretera y los reincidentes, tal como recordaron ayer el director de Tr¨¢fico, Pere Navarro, y el fiscal de Seguridad Vial, Bartolom¨¦ Vargas, durante la presentaci¨®n de una completa gu¨ªa de asistencia a las v¨ªctimas de accidentes de tr¨¢fico editada por la Asociaci¨®n Estatal de V¨ªctimas de Accidentes.
El C¨®digo Penal tambi¨¦n castiga ahora con m¨¢s dureza la negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia o de detecci¨®n de drogas: hasta un a?o de prisi¨®n. La reforma penal, que afronta hoy su ¨²ltimo paso en la C¨¢mara baja -Federico Souvir¨®n asegur¨® ayer que el PP votar¨¢ en contra-, tambi¨¦n insta al Gobierno a que revise "la se?alizaci¨®n y la normativa reguladora de los l¨ªmites de velocidad".
La reforma del C¨®digo Penal
- Conducir a 110 kil¨®metros por hora en ciudad, a 180 en carretera o a 200 en autov¨ªa supondr¨¢ hasta seis meses de c¨¢rcel y la suspensi¨®n del carn¨¦ de uno a cuatro a?os.- Provocar un accidente con heridos o conducir con temeridad manifiesta, poniendo en concreto peligro la vida de los dem¨¢s o con desprecio a la vida del resto de los usuarios de la v¨ªa puede elevar esa condena hasta los cinco a?os de c¨¢rcel y la retirada del permiso durante 10 a?os.- Las mismas penas que en el caso de la velocidad se aplicar¨¢n a quienes circulen tras consumir drogas o con una tasa de alcohol de 1,2 gramos en litro de sangre.- Ponerse al volante con el carn¨¦ suspendido, sin haberlo obtenido nunca o tras perder todos los puntos estar¨¢ castigado con un m¨¢ximo de seis meses de c¨¢rcel o una multa y trabajos con las v¨ªctimas de tr¨¢fico.- La negativa a someterse a los controles de alcoholemia o drogas puede conllevar de tres a seis meses de prisi¨®n.- La reforma entrar¨¢ en vigor a finales de este mes, salvo el punto referido a la conducci¨®n sin permiso, que lo har¨¢ el 1 de mayo de 2008.
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