Consumo multa con 736.700 euros a las aerol¨ªneas por infracciones
Publicidad enga?osa, cl¨¢usulas abusivas y que no se use el catal¨¢n son causas
"Vuele a Liverpool por 10 euros, a Basilea por 5". Los supuestos chollos que los consumidores encuentran navegando por las p¨¢ginas web de las compa?¨ªas a¨¦reas no siempre lo son. Muchas de estas atractivas ofertas ya tiene todas las plazas vendidas u ocultan costes adicionales como tasas, cargos y comisiones. Son casos de publicidad enga?osa, una de las infracciones m¨¢s comunes del sector del transporte a¨¦reo, que puede sancionarse con multas de hasta 30.000 euros.
La Agencia Catalana del Consumo (ACC), dependiente de la Generalitat, ha sancionado a una veintena de aerol¨ªneas con 736.700 euros por publicidad enga?osa (como el precio real de los billetes, por ejemplo), cl¨¢usulas abusivas (como las que vulneran los derechos de la indemnizaci¨®n) y por cuestiones ling¨¹¨ªsticas relacionadas con el uso del catal¨¢n. La Generalitat sostiene que es la campa?a de inspecci¨®n de mayor alcance realizada en Espa?a en el sector a¨¦reo.
Las sanciones m¨¢s importantes, que suman 417.000 euros, se deben a publicidad enga?osa y se han aplicado a 21 de las 29 compa?¨ªas inspeccionadas, mientras que las multas por cl¨¢usulas abusivas, que afectan a ocho compa?¨ªas, ascienden a 145.700 euros. Se trata en ambos casos de infracciones graves, con multas que pueden llegar hasta los 30.000 euros. Las infracciones por la normativa ling¨¹¨ªstica, relacionadas con el uso del catal¨¢n, se consideran leves y han sumado sanciones de un total de 43.500 euros, informa Europa Press.
La Generalitat abri¨® expedientes por distintos incumplimientos, algunos de los cuales consist¨ªan en que no constaban redactados, al menos en catal¨¢n, billetes, tarjetas de embarque y otros documentos, aunque ayer no concret¨® las infracciones exactas de este cap¨ªtulo que han motivado las multas.
Pero lo que m¨¢s preocupa a los pasajeros no tiene tanto que ver con el idioma como con la puntualidad de los aviones y la llegada a destino de sus equipajes. El director de la Agencia Catalana del Consumo, Jordi Anguera, se?al¨® que Iberia y su participada de bajo coste Clickair concentran el mayor porcentaje de reclamaciones de este verano, con el 27% del total (247). Se trata, tambi¨¦n, de las aerol¨ªneas con mayor volumen de pasajeros desde Barcelona. Spanair supone el 14% de las reclamaciones; Ryanair, el 10%; Vueling, el 9%; Air Europa, el 7%; Alitalia, el 6%, y otras, el 27%.
En cualquier caso, ninguna compa?¨ªa a¨¦rea considera la posibilidad de someterse a la mediaci¨®n de la Junta Arbitral de Consumo de Catalu?a, por lo que, en su opini¨®n, los consumidores "pierden una muy buena opci¨®n para resolver los conflictos de consumo en transporte a¨¦reo de una forma ¨¢gil, r¨¢pida y sin ning¨²n coste", informa Efe.
Durante este a?o, la compa?¨ªa Air Europa presenta el porcentaje m¨¢s elevado de reclamaciones resueltas con la mediaci¨®n de la Generalitat, el 71%, seguida de Alitalia con el 60%, mientras que Spanair tiene el menor, el 41%, y Ryanair, el 25% y el 67% en tr¨¢mite de resoluci¨®n al tener que recurrir la Agencia Catalana directamente a la oficina central de esta empresa en Dubl¨ªn. El motivo que concentra mayor n¨²mero de reclamaciones es el retraso en la salida o llegada de los vuelos (34%), p¨¦rdida de equipaje (31%), cancelaci¨®n de vuelo (13%), trato recibido por los usuarios (10%) y otras causas (12%). La ACC gestion¨® el pasado a?o 1.110 reclamaciones de usuarios en Catalu?a, planteadas entre los d¨ªas 15 de junio y 30 de septiembre de 2006, de las que 899 correspondieron al incidente de julio en el aeropuerto de El Prat, mientras que este verano la cifra se ha situado en 247.
Los pecados de las compa?¨ªas
- Se considera publicidad enga?osa cuando hay diferencia entre el precio ofrecido al consumidor y el "real o final"; es decir, con impuestos, incrementos, tasas y cualquier otro gasto. Tambi¨¦n cuando no hay una existencia real de las plazas ofertadas.
- Consumo considera cl¨¢usulas abusivas cuando la compa?¨ªa se faculta para realizar cambios en horarios, vuelos
o precios, as¨ª como aquellas que comportan la renuncia del usuario a recurrir a los tribunales, los que vulneran los derechos a indemnizaci¨®n o los derechos que se atribuye la aerol¨ªnea a la ahora de negar el servicio a¨¦reo sin causas justificadas.
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