Repensar el urbanismo
El desaforado desarrollo urban¨ªstico y territorial acaecido en Espa?a a lo largo de la ¨²ltima d¨¦cada, con su corolario de incremento de la especulaci¨®n del suelo y la vivienda y la aparici¨®n de pr¨¢cticas administrativas "impropias", parece, por fortuna, estar alcanzando su final.
Que el extraordinario escenario desarrollista, con sus lamentables consecuencias sociales, culturales y medioambientales, se haya venido manifestando, de manera an¨¢loga, a lo largo y ancho del territorio patrio desvela que sus fundamentos "gen¨¦ticos" no est¨¢n s¨®lo en los planes municipales ni en las legislaciones auton¨®micas, sino tambi¨¦n en unas concepciones epistemol¨®gicas m¨¢s enraizadas en el imaginario colectivo: el entendimiento utilitarista por parte de los responsables p¨²blicos de la finalidad que debe dirigir la ordenaci¨®n de la ciudad y su territorio, la individualista forma de entender socialmente el contenido del derecho de propiedad del suelo y, por fin, la cortoplacista capacidad del sector empresarial privado en sus estrategias de producci¨®n urbana en relaci¨®n con la econom¨ªa social de mercado que nos caracteriza.
Por otro lado, la virulencia del proceso desarrollista ha sido de tal calibre, que ha llegado a generar una exacerbada alarma social, desconocida por estos lares, que permite su consideraci¨®n como una "vacuna" cuyos efectos febriles exigen un tratamiento de reposo y abren el camino a la b¨²squeda l¨²cida de los remedios que terminen con las causas originarias del patol¨®gico proceso vivido.
La ralentizaci¨®n en la que entra el sector inmobiliario espa?ol ofrece un escenario social y productivo de sosiego para la reflexi¨®n pol¨ªtico-social absolutamente positivo y necesario para el an¨¢lisis urbano. De hecho, las presiones inmediatas derivadas de presuntas y sedicentes utilidades socioecon¨®micas generadas al amparo de operaciones de gran dimensi¨®n tienden a menguar. Dir¨ªase posible la vuelta de la "proporci¨®n" y de la "escala" al proceso de desarrollo urbano. Por lo tanto, el momento es propicio para repensar, con lucidez, las bases sobre las que debe discurrir un urbanismo "de la sensatez".
En este sentido, parece llegado el punto en que se podr¨¢n desarrollar los siguientes principios que deben presidir los nuevos desarrollos territoriales y urbanos:
- Formulaci¨®n de Esquemas Territoriales de desarrollo supralocal y establecimiento de l¨ªmites al crecimiento municipal, adoptados por ¨¢mbitos espaciales que integran sistemas urbanos interrelacionados funcionalmente (¨¢reas metropolitanas, ¨¢mbitos comarcales, espacios conurbados, etc¨¦tera).
- Asignaci¨®n a las infraestructuras de un papel fundamental en la articulaci¨®n del territorio, en la redacci¨®n del planeamiento y en la movilidad.
- Formulaci¨®n de planeamientos municipales coherentes con los Esquemas Territoriales en los que se integran, en los cuales deber¨¢n preverse sistemas de reequilibrio intermunicipal que vengan a compensar las desigualdades derivadas de modelos de desarrollo diversos.
- Recuperaci¨®n del concepto de subsidiariedad para establecer un nuevo ¨¢mbito administrativo-competencial en la toma de decisiones: la aprobaci¨®n de las propuestas derivadas de las demandas de desarrollo end¨®geno municipal que vienen a satisfacer las necesidades de su poblaci¨®n corresponder¨¢ a los Ayuntamientos, las derivadas de demandas supramunicipales en el ¨¢mbito subregional corresponder¨¢n a las comunidades aut¨®nomas, mientras que aquellas que superen el ¨¢mbito auton¨®mico se remitir¨¢n al Estado, si bien, de manera concertada entre los tres niveles administrativos.
- Potenciaci¨®n de la intervenci¨®n en la ciudad consolidada a trav¨¦s de la rehabilitaci¨®n-revitalizaci¨®n urbana, frente a modelos expansionistas de producci¨®n de suelo. Las nuevas expansiones deben realizarse "en mancha", con relativa densidad y bajo el criterio de "crecer para mejorar", llenando la ciudad construida de ciudadanos y actividades relacionadas con lo cotidiano.
- Disposici¨®n de medidas jur¨ªdico-instrumentales dirigidas intencionadamente a impedir la especulaci¨®n (art. 47 CE), que en su mayor¨ªa se encuentran ya recogidas en la Ley de Suelo 8/2007. Ahora, solo falta su adaptaci¨®n y adopci¨®n por las legislaciones auton¨®micas y su plasmaci¨®n concreta en los planeamientos municipales.
La duraci¨®n temporal del "escenario de sosiego" en el que entramos se dir¨ªa suficiente para acometer con solvencia y sin prisas la reorientaci¨®n planteada, y que los nuevos ciclos expansionistas, que sin duda volver¨¢n, se encuentren con un modelo de urbanismo urbano repensado desde la sensatez, capaz de evitar, en la medida de lo posible, las costosas consecuencias vividas a finales de los a?os 90 y primera mitad de los 2000.
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