Las haciendas alegan defectos de forma para no devolver las ayudas
Incertidumbre en el Tribunal de Luxemburgo sobre las 'vacaciones fiscales'
Las instituciones vascas se agarraron ayer a supuestos defectos de forma en el procedimiento abierto por Bruselas para evitar que las empresas que se beneficiaron de las llamadas vacaciones fiscales de 1993 tengan que devolver las ayudas. El Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas, con sede en Luxemburgo, vivi¨® un duro rifirrafe entre juristas espa?oles. De un lado, las instituciones vascas (diputaciones y Gobierno) y la patronal Confebask. Del otro, la Comisi¨®n Europea, representada por dos abogados espa?oles, y el Gobierno de La Rioja. Frente a ellos, un tribunal de cinco jueces presidido por un griego, que en m¨¢s de una ocasi¨®n tuvo que frenar la fogosidad de las partes.
Las diputaciones sostienen que Bruselas cerr¨® el expediente en 1996
La vista del recurso por las vacaciones fiscales supuso un viaje en el tiempo para todos los presentes, en una vista de m¨¢s de cinco horas. Precisamente es el tiempo, la lejan¨ªa de los hechos y la lenta y "poco diligente" labor de la Comisi¨®n, reconocida por sus abogados, el principal argumento de Ignacio S¨¢enz-Cortabarr¨ªa, letrado de las instituciones vascas. ?ste esgrimi¨® diversos argumentos jur¨ªdicos, entre ellos la indefensi¨®n de sus representados, en el expediente incoado por la Comisi¨®n. Sin embargo, la clave de su exposici¨®n fue que Bruselas abri¨® en 2000 un expediente por estas ayudas cuando ya hab¨ªa cerrado unas diligencias preliminares sobre la misma cuesti¨®n en 1994, a ra¨ªz de una denuncia de varios agentes sociales de La Rioja.
Asegur¨® el letrado que en 1996, tras una serie de reuniones y la entrega de un documento por parte del Gobierno vasco, de lo que no existe constancia, las diligencias previas se hab¨ªan dado por cerradas. Este elemento fue la clave de todo el debate. El abogado de la Comisi¨®n, F. Castillo de la Torre, neg¨® en todo momento que se diera por cerrado y argument¨® que no existe prueba de ello.
Sa¨¦nz-Cortabarr¨ªa fue incluso m¨¢s lejos al se?alar que la prueba de que el expediente estaba cerrado es que en el momento que se inco¨® en 2000 por la Comisi¨®n se las consider¨® ayudas nuevas y se fundament¨® en una denuncia realizada a?os despu¨¦s por un empresario. Esta tesis fue rechazada por el abogado de la Comisi¨®n, quien admiti¨® que hubo dudas en la tramitaci¨®n de las diligencias previas, y de ah¨ª el retraso, pero defendi¨® que la actuaci¨®n comunitaria fue ajustada a derecho. S¨¢enz-Cortabarr¨ªa cuestion¨® que incluso en ese caso el procedimiento seguido por la Comisi¨®n fuera el correcto, al no figurar en el expediente la denuncia original de 1994. Asegur¨®, as¨ª, que el procedimiento para la devoluci¨®n de las ayudas era nulo de pleno derecho.
Los representantes vascos (el viceconsejero de Hacienda, Juan Miguel Bilbao, y los diputados de Hacienda de ?lava y Vizcaya, Jos¨¦ Luis Cimiano y Jos¨¦ Mar¨ªa Iruarrizaga) salieron de la vista con una sensaci¨®n de incertidumbre y la confianza de que se haya generado en el tribunal una sombra de duda sobre un expediente que, de haberse tramitado como dice la Comisi¨®n, cuenta con muchas lagunas y una fase previa de 79 meses.
Confebask tendr¨¢ que dar nombres
Las empresas vascas que se beneficiaron de las vacaciones fiscales se hallan en pleno proceso de devoluci¨®n de los incentivos que recibieron. Todos los implicados han mantenido siempre en el mayor de los secretos el n¨²mero exacto de los beneficiados y el monto de las ayudas. Se sospecha que los incentivos de 1993 y los de 1996 podr¨ªan alcanzar a 300 empresas por unos 1.600 millones de euros. De todos, el incentivo m¨¢s importante es, sin duda, el cr¨¦dito fiscal del 45%, que analiza hoy el tribunal. La patronal Confebask ha llevado hasta las ¨²ltimas consecuencias su prop¨®sito de no hacer p¨²blico el nombre de los empresarios afectados. Sin embargo, su abogado, M. Araujo, al que acompa?aba el secretario general de los empresarios, Jos¨¦ Guillermo Zub¨ªa, tuvo ayer que aceptar un cambio de postura.
Tanto la Comisi¨®n como el Gobierno de La Rioja cuestionaron la legitimidad de la patronal para ser parte en el proceso. Basaron su tesis en que no hab¨ªan aportado al tribunal datos de empresas beneficiadas por los incentivos que fuesen al mismo tiempo miembros de Confebask. No le bastaron las palabras al tribunal, que requiri¨® a los empresarios para que presenten en ocho d¨ªas desde ma?ana una lista con tantas empresas como casos en litigio (tres) y territorios (otros tres). Esa informaci¨®n se incluir¨¢ en el procedimiento y la patronal podr¨¢ seguir en ¨¦l.
Confianza
Araujo plante¨® una defensa distinta a la de las instituciones vascas, pero con el mismo objetivo: no tener que devolver las ayudas. El abogado de los empresarios cit¨® la confianza leg¨ªtima como elemento clave por el cual las empresas que se acogieron a las ayudas no tendr¨ªan que devolverla. Esta misma tesis fue citada m¨¢s circunstancialmente el letrado de las instituciones.
En una exposici¨®n corta y concisa, el letrado de Confebask argument¨® que ninguna empresa "pod¨ªa haber previsto jam¨¢s que las ayudas iban a ser consideradas de Estado". Incluso si se admitiese esta premisa, aleg¨® el principio de seguridad jur¨ªdica para el administrado para que no se aplique. Araujo us¨® el argumento del abogado de la Comisi¨®n, F. Castillo de la Torre, sobre las dudas de la Comisi¨®n Europea al realizar las diligencias previas para asegurar que si el propio Ejecutivo comunitario dudaba en esa ¨¦poca de si eran o no ayudas de Estado c¨®mo se puede pretender que los empresarios se lo planteasen siquiera.
La Comisi¨®n y los empresarios pidieron al tribunal que decida si hay que devolver las ayudas o no para que no haya que pleitear ante la jurisdicci¨®n nacional caso a caso su decisi¨®n.
La vista del tribunal
- Durante tres d¨ªas, el Tribunal de Primera Instancia de la UE analiza tres incentivos fiscales a la inversi¨®n de los noventa. Se acumulan los expedientes de las tres diputaciones.
- Tres vistas:
- 15 de febrero. Vacaciones fiscales. Aprobadas en 1993 y en vigor durante dos a?os, implicaban una exenci¨®n del Impuesto de Sociedades durante una d¨¦cada para las empresas nuevas que invirtiesen m¨¢s de 80 millones de pesetas (480.810 euros) y crearan al menos 10 empleos.
- 16 de febrero. Cr¨¦dito fiscal del 45%. Aprobado en 1996, permit¨ªa recuperar el 45% de las inversiones que superasen los 15 millones de euros.
- 17 de febrero. Minivacaciones fiscales. Aprobadas en 1996, establecieron deducciones sucesivas a las nuevas empresas del 99%, 75%, 50% y 25% desde el primer a?o con beneficios.
- Actores en el juicio:
- El tribunal est¨¢ formado por un juez presidente, un juez ponente del caso y otros tres magistrados. Las tres vistas supone la fase de juicio oral tras la instrucci¨®n. El procedimiento se abre al presentarse una demanda.
- Demandantes: Las tres diputaciones y el Gobierno vasco. Se suma como parte interesada Confebask.
- Demandados: La Comisi¨®n Europea, como impulsora de un procedimiento de sanci¨®n que se cierra con la obligaci¨®n de devolver las ayudas. El Gobierno de La Rioja se suma como impulsor del procedimiento.
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