Las dificultades de penar la velocidad
Un coche circula a 201 kil¨®metros por hora. Ir a esa velocidad es un delito desde la reforma del C¨®digo Penal de diciembre. El radar salta, hace una foto al veh¨ªculo y la matr¨ªcula queda registrada. ?Pero c¨®mo se demuestra qui¨¦n es el infractor? Es la pregunta que se hacen los fiscales de seguridad vial. Los consultados por este peri¨®dico coinciden en que ser¨¢ muy dif¨ªcil condenar a penas de c¨¢rcel a muchos de los que corren demasiado. Quienes no sean sorprendidos e identificados por los agentes de tr¨¢fico -guardias civiles en carretera y polic¨ªas locales en ciudad- tienen "muchas papeletas para librarse de la condena", aseguran. El propio fiscal coordinador, Bartolom¨¦ Vargas, reconoci¨® ayer que hay algunos problemas t¨¦cnicos, "como en todas las leyes nuevas".
Los 500 radares fijos instalados en las carreteras espa?olas no captan la identidad del conductor. Esto es menos importante por la v¨ªa administrativa; el due?o del veh¨ªculo es el responsable ¨²ltimo de pagar la multa. Pero cuando el exceso de velocidad se convierte en delito no se puede denunciar a un autom¨®vil, sino a una persona. "El due?o del veh¨ªculo puede negar que conduc¨ªa y es casi imposible demostrar lo contrario. Nadie est¨¢ obligado a declarar contra s¨ª mismo en un juicio", explican los fiscales. La soluci¨®n es una identificaci¨®n posterior, que no siempre sucede.
Otras armas que usan los abogados para obtener la absoluci¨®n de sus defendidos son, seg¨²n los fiscales, los fallos de los cinem¨®metros o las se?alizaciones incorrectas. El exceso de velocidad ha propiciado menos del 2% de los casos que han acabado en juicio penal gracias a la nueva norma. El alcohol es el responsable del resto.
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