Los jueces, un poder y una casta
Los licenciados en Derecho que superan la memor¨ªstica oposici¨®n a judicatura se convierten, sin apenas m¨¢s tr¨¢mites, en titulares de un poder del Estado, con capacidad para disponer de la libertad y hacienda de los ciudadanos, paralizar la actividad administrativa e incluso anular las decisiones del legislador.
Tama?o poder¨ªo, acorde con la divisi¨®n de poderes propia de la democracia, deber¨ªa implicar un cuidadoso sistema de selecci¨®n de los jueces, que alejara el riesgo de que entre quienes ejercen tanto poder prevalezca la conciencia de pertenecer a una casta intocable.
El sistema espa?ol de acceso a la judicatura por oposici¨®n, establecido en la Constituci¨®n de 1869 -?hace 140 a?os!-, est¨¢ pidiendo a gritos una reforma sustancial, congruente con los tiempos que vivimos y con la necesidad de reclutar para esa funci¨®n p¨²blica b¨¢sica a quienes cuenten con los conocimientos y habilidades precisos para encarnar el poder judicial que, como los otros poderes del Estado, "emana del pueblo" (art¨ªculo 1.2 de la Constituci¨®n). Son precisas garant¨ªas de que el ejercicio de la jurisdicci¨®n subsanar¨¢ la falta de legitimaci¨®n democr¨¢tica de origen.
El sistema de acceso a la judicatura por oposici¨®n pide a gritos una reforma
La memorizaci¨®n de 360 temas y la exposici¨®n oral de los que le toquen al opositor, en un periodo tasado de 15 minutos para cada tema, es un procedimiento absurdo para seleccionar unos apoderados del Estado que van a tener que resolver, con imparcialidad e independencia, complicados conflictos interpersonales, ejercer la coerci¨®n penal, arbitrar entre la Administraci¨®n y los particulares, aplicar la Constituci¨®n y las leyes.
Todo ello en un mundo jur¨ªdico que dispone de bases de datos de legislaci¨®n y jurisprudencia que hacen est¨¦ril la memorizaci¨®n individualizada de las normas y principios del Derecho, acaso ¨²til en el siglo XIX, pero definitivamente inservible hoy.
La Fundaci¨®n Alternativas present¨® hace unas semanas un documento con algunas propuestas para La reforma del acceso a la carrera judicial en Espa?a, muy cr¨ªtico con el que denomina "modelo decimon¨®nico de oposici¨®n memor¨ªstica", por el que han sido reclutados m¨¢s del 85% de los casi 4.500 jueces y magistrados actualmente escalafonados. El autor del documento, el catedr¨¢tico de Derecho Constitucional Alejandro Saiz Arnaiz, recuerda que la Constituci¨®n de 1978 no impone el sistema de oposici¨®n, que ¨¦l considera "insostenible". Seg¨²n explica, la existencia de la Escuela Judicial no aminora los males de la oposici¨®n, porque los 18 meses de estancia en ella no sirven para seleccionar -en los ¨²ltimos 10 a?os, s¨®lo uno de los m¨¢s de 1.500 alumnos qued¨® excluido-, sino, m¨¢s bien, para acrisolar la conciencia de casta y crear entre los futuros jueces "v¨ªnculos firmes de solidaridad corporativa".
Algo similar ocurre con la industria de los preparadores, pilar del sistema de oposici¨®n. Son entre 300 y 500 y ayudan a los varios miles de opositores para que canten bien los temas. La relaci¨®n preparador/opositor genera una curiosa empat¨ªa, por encima de diferencia de edades, trayectorias e ideolog¨ªas. Seg¨²n Saiz, los preparadores suelen recibir de cada opositor entre 2.500 y 3.600 euros al a?o, cantidades que, por lo general, no tributan a Hacienda, de igual modo que la dedicaci¨®n que requiere esta actividad no es tenida en cuenta a efecto de incompatibilidades. Se trata de corruptelas arraigadas en la entra?a del sistema de oposiciones. De ah¨ª que la Fundaci¨®n Alternativas propone, por lo pronto, "regularizar la actividad de los preparadores y su r¨¦gimen de dedicaci¨®n, haciendo posible de este modo la normalidad fiscal de sus ingresos".
El cambio radical en la selecci¨®n de los jueces exige conocer si son capaces de tomar decisiones y de razonarlas, argumentarlas, explicarlas, motivarlas en suma. El derecho comparado muestra que son frecuentes los ex¨¢menes psicot¨¦cnicos, la valoraci¨®n de la experiencia profesional y las pruebas pr¨¢cticas. Especialmente atractivo es el modelo holand¨¦s, que se inicia con una prueba de inteligencia y otra de personalidad. Despu¨¦s, los seleccionados van a la Escuela Judicial durante seis a?os, con duros ex¨¢menes cada dos a?os, en los que han de superar pruebas te¨®rico-pr¨¢cticas. Quienes aprueban la fase formativa son nombrados jueces, pero s¨®lo ser¨¢n jueces titulares tras unos a?os de buen rendimiento.
Con las elecciones a la vista, ?acometer¨¢ el PSOE una reforma del acceso a la carrera judicial propia de una democracia y homologable con nuestro entorno europeo, o eludir¨¢ ese reto -casus belli para la derecha judicial- y en su programa electoral se limitar¨¢ a abrir un debate sobre la materia, como probablemente har¨¢ respecto al aborto y a la configuraci¨®n de un Estado laico? El problema no es s¨®lo viajar hacia el centro, sino hacerlo sin frenos, guiado por la inercia.
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