El plan del Gobierno para los j¨®venes choca con los jueces
El Poder Judicial rechaza los juzgados especiales para alquiler
El Poder Judicial considera innecesarios los juzgados especiales para agilizar desahucios previstos en el plan del Gobierno de acceso a la vivienda de alquiler para j¨®venes. El ¨®rgano de gobierno de los jueces aprob¨® ayer un informe en el que mantiene que ni la complejidad t¨¦cnica ni la organizativa de los procesos relacionados con el alquiler de vivienda justifican que los nuevos juzgados est¨¦n especializados en esa materia. El documento fue aprobado con los votos de todos los vocales excepto uno, el progresista Javier Mart¨ªnez L¨¢zaro.
El plan de fomento del alquiler preve¨ªa la creaci¨®n de 10 nuevos juzgados de Primera Instancia en las ciudades que tuvieran m¨¢s colapso por casos de impago de las mensualidades del alquiler. El proyecto de decreto enviado por el Gobierno al Poder Judicial para su informe situaba esos nuevos ¨®rganos en M¨¢laga, Las Palmas de Gran Canaria, L'Hospitalet de Llobregat (Barcelona), Valencia y Madrid (donde se creaban seis juzgados). La memoria del proyecto del Gobierno justificaba la medida porque la duraci¨®n de estos procesos de desahucio "es muy desigual en el conjunto de Espa?a". Mientras que en algunas poblaciones "llega a ejecutarse la sentencia en unas pocas semanas", en otras "el proceso se alarga durante muchos meses a pesar de que la ley es igual en todos lados".
El Consejo, en el pleno de ayer, inform¨® favorablemente la creaci¨®n de los nuevos ¨®rganos judiciales, aunque se opuso a que estuvieran especializados en procesos relacionados con el alquiler. "Ni la complejidad t¨¦cnica ni la organizativa de los procedimientos arrendaticios justifican en este momento la especializaci¨®n de juzgados en esta materia", asegura el informe en sus conclusiones finales.
Pero es que, adem¨¢s, el ¨®rgano de gobierno de los jueces recuerda al Ejecutivo que s¨®lo el Consejo puede acordar la especializaci¨®n de un juzgado en una materia: "Es el Consejo General del Poder Judicial el que ¨²nicamente tiene la competencia para, si lo estima oportuno, atribuir el conocimiento con car¨¢cter exclusivo de determinadas clases de asuntos a estos juzgados", seg¨²n el art¨ªculo 98 de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial, contin¨²a el documento.
La dificultad de desahuciar a los inquilinos que no pagan la renta es uno de los principales obst¨¢culos del mercado del alquiler en Espa?a. El plan del Gobierno prev¨¦ adem¨¢s la creaci¨®n de juicios r¨¢pidos para la reclamaci¨®n de estas deudas y la reducci¨®n de dos meses a 15 d¨ªas del plazo para que el inquilino pague. Todo con el fin de impedir el abuso de los morosos.
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