Varios juristas discrepan sobre los argumentos de la sentencia
La mayor¨ªa de los expertos consultados considera "desacertado" el fallo
La sentencia que reconoce la objeci¨®n de conciencia frente a Educaci¨®n para la Ciudadan¨ªa fue ayer la comidilla de jueces y fiscales. Varios expertos en Derecho Constitucional consultados por este peri¨®dico coinciden en que los magistrados que la firman han hecho un "uso incorrecto" de la doctrina del Tribunal Constitucional sobre el derecho a la objeci¨®n de conciencia, aunque alguno la defiende.
"Aplica una doctrina de 1982 que est¨¢ desfasada, al haber sido superada por otra m¨¢s reciente de 1987, que la misma sentencia menciona pero no quiere aplicar, donde el Tribunal Constitucional no reconoce a la objeci¨®n de conciencia como un verdadero derecho fundamental, exigible ante los tribunales de justicia", explica Gerardo Ruiz Rico, catedr¨¢tico de Derecho Constitucional de la Universidad de Ja¨¦n.
Este no es el ¨²nico pero que encuentra Ruiz Rico a la sentencia. A su juicio, el fallo "parece desconocer que del art¨ªculo 30 de la Constituci¨®n no deriva un derecho a la objeci¨®n de conciencia en cualquier ¨¢mbito, por ejemplo el educativo, sino ¨²nicamente en lo que se refiere a la obligaci¨®n de realizar el servicio militar".
Este catedr¨¢tico considera que los jueces han hecho una interpretaci¨®n "absolutista y radical" de la libertad religiosa e ideol¨®gica. Adem¨¢s, a?ade este jurista, la sentencia "desconoce tambi¨¦n el sentido y finalidad de un mandato que la Constituci¨®n encomienda a los poderes p¨²blicos, que es garantizar una educaci¨®n acorde con los valores y derechos fundamentales". "La autonom¨ªa moral de los padres no es absoluta, sino que estar¨ªa sujeta a la divulgaci¨®n de aquellos principios constitucionales que fundamentan nuestra democracia", advierte Ruiz Rico.
Emilia Gir¨®n, profesora de Derecho Constitucional de la Universidad de C¨¢diz, tambi¨¦n considera la sentencia "desacertada", una opini¨®n que comparte Agust¨ªn Ruiz Robledo, de la Universidad de Granada. "Los jueces han malinterpretado la jurisprudencia. La Constituci¨®n s¨®lo establece la objeci¨®n al servicio militar obligatorio. Estos jueces han asumido un papel de legisladores que no les corresponde. Argumentan que aunque la ley obliga a la Junta de Andaluc¨ªa a impartir la asignatura, la Junta tendr¨ªa que haber reconocido el derecho a la objeci¨®n", explica el jurista. "Pero la Junta no pod¨ªa admitir las objeciones a esta asignatura porque hubiera incumplido su propio decreto, que a su vez se limita a cumplir la ley".
Ruiz Rico subraya que habr¨ªa sido "m¨¢s defendible" que los jueces dijeran que la ley de Educaci¨®n deber¨ªa haber reconocido "alg¨²n mecanismo" para los padres que no quieran que sus hijos asistan a esta asignatura. "Pero al admitir la objeci¨®n de conciencia los magistrados han creado un derecho que no existe", apunta este jurista.
Gir¨®n, por su parte, considera que si bien el Constitucional ha declarado "expresamente" que el derecho fundamental a la libertad ideol¨®gica y religiosa recogido en el art¨ªculo 16 de la Constituci¨®n incluye en su ¨¢mbito a la objeci¨®n de conciencia, "ello no supone que las creencias religiosas o ideol¨®gicas puedan ser alegadas para eximir del cumplimiento de las leyes". No obstante, Gir¨®n entiende que existe un "vac¨ªo legal" que puede explicar la pol¨¦mica sentencia. Los jueces sostienen que hay un "cierto grado de indefinici¨®n" de los contenidos de Educaci¨®n para la Ciudadan¨ªa, por lo que, seg¨²n Gir¨®n, "ser¨ªa aconsejable" revisar el temario de la materia "para garantizar que quede salvaguardada la neutralidad ideol¨®gica de la ense?anza en los centros escolares p¨²blicos".
Manuel Terol, del departamento de Constitucional de la Universidad Pablo de Olavide (UPO) de Sevilla, es de los pocos que defiende la sentencia. A su juicio, resulta "sumamente innovadora". "Extiende el derecho a la objeci¨®n de conciencia a un terreno en el que no exist¨ªa. Para m¨ª esto siempre es un ¨¦xito y as¨ª es como evoluciona la jurisprudencia. Los ciudadanos nos acostamos ayer con un derecho m¨¢s", afirma Terol, quien califica el fallo como "una conquista jur¨ªdica".
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