El traslado adelantado s¨®lo lo puede solicitar la magistrada
Acortar el plazo en que los jueces trasladados deben permanecer en las juntas electorales de zona de 100 d¨ªas a 10 no fue una decisi¨®n pac¨ªfica en el Consejo. El primer acuerdo de este tipo, adoptado por la comisi¨®n permanente del 17 de abril de 2007, cont¨® con los votos en contra de dos vocales. Ante esas discrepancias, en una reuni¨®n posterior se acord¨® consultar a la Junta Electoral Central. Ese ¨®rgano de la administraci¨®n electoral, formado por ocho magistrados del Tribunal Supremo y cinco catedr¨¢ticos de Derecho, respondi¨® que s¨®lo el propio juez pod¨ªa solicitar su renuncia como miembro de la junta.
"Conforme a lo dispuesto en el art¨ªculo 16 de la Ley Org¨¢nica de R¨¦gimen Electoral General los miembros de las juntas electorales son inamovibles, si bien, esta Junta tiene reiteradamente acordado que el traslado con cambio de destino es causa justificada de renuncia por el interesado a la condici¨®n de miembro de una junta electoral", estipul¨® la Junta Electoral Central en su resoluci¨®n de 9 de mayo de 2007 como contestaci¨®n al Consejo.
La titular del juzgado de Primera Instancia e Instrucci¨®n de Sig¨¹enza, Concepci¨®n Azuara, nunca renunci¨® a su puesto como presidenta de su Junta Electoral de Zona. Al contrario, invoc¨® la Ley Electoral para solicitar su permanencia en el juzgado y as¨ª seguir instruyendo el caso del incendio.
Recursos al pleno
Tampoco estuvieron de acuerdo varios compa?eros de Azuara que ascendieron a magistrado al mismo tiempo que ella y tambi¨¦n tuvieron que abandonar sus juzgados diez d¨ªas despu¨¦s de las elecciones. Al menos seis jueces que se encontraban en la misma situaci¨®n que la de Sig¨¹enza
recurrieron la decisi¨®n de la comisi¨®n permanente ante el pleno del Consejo. En todos esos casos, la mayor¨ªa conservadora que domina el ¨®rgano de gobierno de los jueces rechaz¨® sus peticiones.
Contra esos acuerdos presentaron voto particular los vocales progresistas Fernando Salinas (vicepresidente del Consejo), Mar¨ªa ?ngeles Garc¨ªa, Juan Carlos Campo, Luis Aguiar y F¨¦lix Pantoja (todos ellos propuestos por el PSOE salvo el ¨²ltimo propuesto por IU). Tales acuerdos, seg¨²n sus escritos, "vulneran palmariamente los art¨ªculos 15 y 16.1 de la Ley Electoral y desconocen las resoluciones de la Junta Electoral Central que son rotundas y terminantes (...)". "No se alcanza pues a comprender las razones del acuerdo tomado, acuerdo que no tiene asidero legal ni reglamentario y es meramente voluntarioso", a?adieron.
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