Fallo mortal
Hay que erradicar el descontrol judicial inadmisible que permite tragedias como la de Mari Luz
Un nuevo y estrepitoso fallo del sistema judicial se ha saldado con la muerte de una ni?a de cinco a?os, Mari Luz Cort¨¦s, desaparecida el pasado enero en Huelva. El asesinato de una ni?a es en s¨ª mismo un suceso doloros¨ªsimo capaz de provocar una gran conmoci¨®n social, pero si adem¨¢s existe, como en este caso, la evidencia de que esa muerte se hubiera podido evitar, su efecto perturbador es inmensamente mayor. Como ya ocurri¨® en 2006, cuando la peque?a Alba ingres¨® en un hospital de Barcelona con un traumatismo craneal del que se han derivado secuelas irreversibles, una serie de fallos en cadena y retrasos de la Administraci¨®n de justicia facilitaron que la agresi¨®n se consumara. Estos fallos hicieron tr¨¢gicamente posible que la peque?a Mari Luz se cruzara en el camino de un hombre que ya ten¨ªa dos condenas por abusos sexuales pendientes de cumplir, que sumaban casi cinco a?os de prisi¨®n.
Cuando la peque?a Mari Luz se cruz¨® con su presunto agresor hac¨ªa 10 a?os que ¨¦ste hab¨ªa comenzado a abusar de su propia hija y cinco desde que hab¨ªa sido condenado por primera vez. Durante los tres a?os que tard¨® la Audiencia Provincial de Sevilla en resolver el recurso y declarar firme la primera sentencia, el acusado fue condenado por segunda vez por una nueva agresi¨®n a otra ni?a, sin que los juzgados implicados se coordinaran y, lo que es infinitamente peor, sin ejecutar las sentencias pese a que el agresor tuvo m¨²ltiples contactos con diferentes juzgados y fuerzas policiales, e incluso un ostentoso episodio de protagonismo medi¨¢tico. La investigaci¨®n abierta por el poder judicial debe ir al fondo del inadmisible asunto, y no s¨®lo quedarse en el escrutinio de la actuaci¨®n del juez que no ejecut¨® la sentencia. Es el funcionamiento del sistema entero el que est¨¢ en entredicho.
Algunos portavoces del Consejo General del Poder Judicial han reaccionado al suceso reclamando una revisi¨®n del tratamiento penal de estos delitos y han defendido incluso la posibilidad de introducir la cadena perpetua. Estas opiniones no deben tapar lo que es el primer y principal problema en este suceso: el p¨¦simo funcionamiento de la Administraci¨®n de justicia y la reincidencia en una descoordinaci¨®n de tr¨¢gicas consecuencias. La cadena perpetua es inconstitucional porque atenta contra el principio de que la finalidad de las penas debe ser la reinserci¨®n, y desde luego no hubiera evitado la muerte de Mari Luz si el juzgado encargado de aplicarla hubiera incurrido en la misma falta de diligencia.
Es cierto que algunos pa¨ªses de nuestro entorno han revisado sus normas penales para introducir medidas de vigilancia posteriores al cumplimiento de la pena en el caso de agresores con alto riesgo de reincidencia, y en Espa?a debe abrirse tambi¨¦n este debate. Pero no para ir m¨¢s all¨¢ de lo que la Constituci¨®n permite y tampoco bajo la presi¨®n distorsionadora de un trist¨ªsimo suceso que no cabe achacar al actual C¨®digo Penal, sino a la incompetencia y desidia de quienes tienen que aplicarlo.
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