El joven que mat¨® a dos ni?os en un paso de cebra en Bilbao no ir¨¢ a prisi¨®n
El fallo atribuye la confusi¨®n del conducor a la mala ubicaci¨®n del sem¨¢foro
Hubo una falta, pero no un delito. Rub¨¦n Rodr¨ªguez, el joven de 25 a?os que atropell¨® mortalmente a dos ni?os en Bilbao en enero de 2006, tendr¨¢ que pagar una multa de 720 euros y se quedar¨¢ un a?o sin carn¨¦ de conducir. El Juzgado de lo Penal n¨²mero 5 de Bilbao rechaz¨® los tres y cuatro a?os de c¨¢rcel que ped¨ªan, respectivamente, la Fiscal¨ªa y la acusaci¨®n particular ejercida por la familia de los menores. El motivo, que no hubo una imprudencia grave, sino leve, y que la "inadecuada ubicaci¨®n" de un sem¨¢foro le caus¨® "su moment¨¢nea desatenci¨®n".
La juez condena al acusado a pagar 720 euros de multa y un a?o sin carn¨¦
El fallo, dictado el pasado mi¨¦rcoles -al d¨ªa siguiente de la celebraci¨®n del juicio-, considera probado que el atropello de Aitor y Oihane A. en un paso peatonal sin sem¨¢foro en el barrio de Basurto se debi¨® a la "falta de atenci¨®n a la conducci¨®n y la confusa se?alizaci¨®n existente en la zona". Los ni?os iban aquel 3 de enero de 2006 al Parque Infantil de Navidad (PIN), junto a sus padres y su otra hermana. Empezaron a atravesar el paso de cebra agarrados de la mano de su padre pero, tras pasar el primer carril, en el que estaban detenidos media docena de veh¨ªculos, fueron arrollados por la furgoneta del joven, que circulaba en el carril de adelantamiento.
La sentencia concluye que Rub¨¦n Rodr¨ªguez actu¨® "con cierta negligencia", pero que no se puede calificar como "imprudencia grave" -la calificaci¨®n de la Fiscal¨ªa y la acusaci¨®n-, sino "meramente leve". La juez Mar¨ªa Elena Gonz¨¢lez agrega que el conductor infringi¨® "la normativa gen¨¦rica de tr¨¢fico" por no haber reducido la velocidad al existir varios veh¨ªculos parados en el carril paralelo al suyo y pese a dos se?ales que advert¨ªan del paso peatonal.
Pero considera "evidente" que un sem¨¢foro que se situaba 25 metros por delante del paso peatonal -suprimido diez d¨ªas despu¨¦s del accidente por las administraciones para ser colocado en el paso de cebra donde ocurri¨® la tragedia- hizo que Ruben Rodr¨ªguez tuviera la "plena convicci¨®n" de que "prevalec¨ªa sobre al paso en cuesti¨®n". Esto, dice la sentencia, motiv¨® su "moment¨¢nea desatenci¨®n" sobre el paso de cebra. Las referencias en el fallo judicial a "la inadecuada ubicaci¨®n del sem¨¢foro" suponen una clara censura a las administraciones -la Diputaci¨®n vizca¨ªna y el Gobierno vasco- que colocaron correctamente esta se?al tras el doble atropello mortal, cuando desde siete a?os antes hab¨ªa reclamaciones en tal sentido de los vecinos e, incluso, hubo una decisi¨®n en tal sentido de la junta de distrito.
El fallo considera "irrelevante" la velocidad a la que circulaba el acusado, uno de los asuntos en los que se centr¨® el juicio. Dice que iba entre los 50 y los 60 kil¨®metros por hora -la limitaci¨®n es esa zona era de 50- y que no es importante "a efectos de apreciar" si su conducta fue reprochable penalmente. Como esgrimi¨® la defensa en la vista, la juez asegura que, aunque el causante del atropello hubiera circulado a menos de 50 por hora, "dif¨ªcilmente hubiera podido evitar la cat¨¢strofe al no poder divisar a los peque?os hasta que los tuvo delante".
Adem¨¢s de la multa y el a?o sin carn¨¦ de conducir, Ruben Rodr¨ªguez es condenado a pagar las costas del proceso. La compa?¨ªa aseguradora del joven ya abon¨® a la familia de los ni?os casi 220.000 en concepto de indemnizaci¨®n.
El abogado del joven se mostr¨® satisfecho por el fallo, ya que avala su tesis de que hubo una falta y no un delito, y asegur¨® que su cliente estaba "contento". "Es un respiro que no tenga que ir a la c¨¢rcel. Pero en ¨¦l prevalece el pesar desde el accidente. No se le quita de la cabeza la situaci¨®n de la familia".
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