'Pinchazos' judiciales
En estos ¨²ltimos meses, con motivo del asesinato de la peque?a Mari Luz, ha saltado a la prensa y dem¨¢s medios de comunicaci¨®n el estado ca¨®tico en el que se desarrolla la administraci¨®n de justicia. Un estado que, partiendo de su generalidad y sin detenerse en este caso concreto, ha servido para justificar en cierta medida el hecho de que el presunto asesino estuviera en libertad y no en prisi¨®n. Unas veces se ha hecho, v¨ªa asociaci¨®n de jueces; otras, las m¨¢s, responsabilizando a la Administraci¨®n auton¨®mica de la carencia de medios. Hoy, todav¨ªa, siguen estos ecos; empujados, en el caso de Sevilla, con la falta de decisi¨®n pol¨ªtica en orden al lugar en el que debe establecerse la Ciudad de la Justicia, como si la fijaci¨®n de esta sede y su construcci¨®n que, sin duda es necesaria, fuera la soluci¨®n definitiva de todos los males que arrastra una Administraci¨®n que lastrada de criterios decimon¨®nicos convive con otra fluida; que responde a criterios de propios de una sociedad moderna.
Y, mientras este debate se desarrolla, suceden otras cuestiones en el ¨¢mbito judicial que pasan a un segundo plano, pese a su trascendencia e importancia. En aquel caso, y a¨²n cuando el Consejo General del Poder Judicial cuenta con todos los medios, sigue sin pronunciarse sobre si ha existido, o no responsabilidad por libertad contraria a lo decidido judicialmente como si el tiempo, que todo lo cura, ayudara a una decisi¨®n. Surgen, pues, m¨¢s cuestiones, y no nos detenemos demasiado en ellas.
Lo importante sigue siendo, unas veces, el edificio judicial; otras, los medios inform¨¢ticos o el personal. Con el edificio en marcha; con m¨¢s medios y con m¨¢s inform¨¢tica, aunque no se sepa usar, parece como si ya no se fueran a dejar mas santiagos en libertad y los desaguisados, cuando los hubiera, cobrar¨ªan importancia, cuando algunos nada tienen que ver con las exigencias de ciudades o medios. Un ejemplo m¨¢s. La pasada semana la secci¨®n tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla anul¨® algunas escuchas telef¨®nicas en el conocido como caso Camas. La anulaci¨®n de estos pinchazos judiciales, supone que se va a privar al tribunal encargado de conocer de este procedimiento de unos elementos de convicci¨®n importantes. Un caso, el de Camas, en el que est¨¢n imputado alcalde y concejales. Un caso en el que est¨¢ en tela de juicio la honestidad de personas p¨²blicas. Y un caso en el que se va a discutir si hubo o no soborno para conseguir una recalificaci¨®n de suelo, y en el que resulta que se pierde una de las pruebas m¨¢s importantes.
No es que se pierdan, como en el caso del espionaje pol¨ªtico porque no se encuentran las cintas que ya es de risa, si no que se destruyen jur¨ªdicamente porque un juez no ha sabido como pinchar -confiemos que sepan inform¨¢tica- y entrar constitucionalmente en la intimidad de las personas. Es verdad que el tribunal no se corta; dice que decreta la nulidad porque la resoluci¨®n dictada se hizo con "un vac¨ªo total y absoluto de motivaci¨®n" y "sin el m¨¢s m¨ªnimo atisbo cr¨ªtico sobre la necesidad y proporcionalidad de la medida en relaci¨®n con los delitos a investigar". Dice, por tanto, que el juez instructor -se refiere al que inici¨® la instrucci¨®n; hubo uno segundo que la cerr¨®- vulner¨® el derecho fundamental a la intimidad sin justificaci¨®n y, por tanto, su resoluci¨®n es antijur¨ªdica y nula. Las consecuencias de este hacer profesional son claras y directas. Una que se ha invadido la esfera m¨¢s ¨ªntima y personal de unas personas, interceptando sus comunicaciones, sin raz¨®n; otra que, de ser ciertos los hechos por los que estaban imputados, se ha facilitado su impunidad.
Pues, bien, cuando estas situaciones ocurren, empezamos a preguntarnos si los gestores de la Administraci¨®n de justicia, sus errores, deben ser asumidos sin m¨¢s respuesta que un varapalo dial¨¦ctico o si, por el contrario, debe ser exigida una responsabilidad de la misma naturaleza que se exige a cualquier otra persona que, trabajando en la Administraci¨®n, incurre en errores que da?an a la persona y la sociedad, como han sido da?ados el derecho a la intimidad y a un juicio justo.
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