Los accidentes 'in it¨ªnere'
El accidente in it¨ªnere es aquel percance que sufre el trabajador al ir o al volver desde su domicilio al lugar de trabajo. Nuestro derecho lo configura como accidente de trabajo, lo que no deja de tener algunas consecuencias de inter¨¦s, ya que un porcentaje importante de los siniestros laborales mortales tienen lugar en el trayecto desde/al lugar de trabajo. Es un factor que debe tenerse en cuenta cuando se comparan las estad¨ªsticas de siniestralidad laboral con otros pa¨ªses de nuestro entorno, puesto que no todos los pa¨ªses tienen la misma definici¨®n de accidente de trabajo y, en concreto, no todos consideran como laborales los supuestos de accidente in it¨ªnere.
Centr¨¢ndonos en la delimitaci¨®n del concepto, se han dictado algunas resoluciones que han venido a perfilar algunos aspectos de esta modalidad de accidente de trabajo. As¨ª, el Tribunal Supremo se ha planteado la extensi¨®n que debe darse al concepto domicilio, cuando nos encontramos ante viviendas situadas en bloques de pisos, donde existen zonas comunes, utilizables por todos los propietarios para entrar al piso propio desde la calle, como, por ejemplo, la escalera. El alto tribunal va a considerar que estos elementos comunes no forman parte del domicilio como espacio cerrado, exclusivo y excluyente para los dem¨¢s, por lo que el accidente que tenga lugar al transitar por los mismos deber¨¢ calificarse como de trabajo.
En otra resoluci¨®n va a excluir de la calificaci¨®n de accidente de trabajo al que se produjo al ir al trabajo, por circular en sentido contrario a la direcci¨®n de tr¨¢fico obligatoria. Nuestra legislaci¨®n hace desaparecer la condici¨®n de laboral del accidente in it¨ªnere en el que concurre imprudencia temeraria del trabajador. Y en este caso, se estima que la conducta del trabajador supone la asunci¨®n de riesgos manifiestos, innecesarios y especialmente graves, ajenos al usual comportamiento de las personas, con omisi¨®n de la diligencia exigible. Esta interpretaci¨®n parece conforme con la tendencia que se inclina por flexibilizar los requisitos para apreciar la temeridad del trabajador.
Pero debemos tener en cuenta que nos encontramos ante un concepto cuya configuraci¨®n es fundamentalmente jurisprudencial y respecto al que se plantean continuamente nuevas preguntas.
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