La Fiscal¨ªa duda c¨®mo atajar las agresiones a profesores y m¨¦dicos
Los jueces han dictado ya 14 sentencias por atentado contra los facultativos
Los fiscales andaluces fueron de los primeros de Espa?a en calificar como delito de atentado contra funcionario p¨²blico las agresiones a profesores y personal m¨¦dico, lo que implica que este tipo de casos vaya por la v¨ªa Penal siempre y cuando los hechos sean relevantes. La medida ha sido aplaudida entre los profesionales y respaldada en algunos casos por los jueces. Al Servicio Andaluz de Salud (SAS) le consta que ya se han dictado 14 condenas en las que los magistrados daban el visto bueno a esa interpretaci¨®n legal del fiscal. Adem¨¢s, el Tribunal Supremo respald¨® la medida con un auto en diciembre de 2007. El problema surge ahora con el personal de los colegios concertados y de los centros m¨¦dicos privados, que no trabajan directamente para la Administraci¨®n. ?Se les puede considerar tambi¨¦n funcionarios p¨²blicos cuando sean agredidos? El fiscal superior de Andaluc¨ªa, Jes¨²s Garc¨ªa Calder¨®n, cree que en ese caso nos encontramos ante "un problema de interpretaci¨®n". Por ello, en octubre de 2007, plante¨® una consulta al fiscal general del Estado, que es al que le corresponde arrojar luz sobre este asunto. Fuentes de la fiscal¨ªa general sostienen que est¨¢n a la espera de que el Supremo dicte una sentencia sobre un caso de este tipo para poder responder a la consulta.
La adopci¨®n de esta medida se basa en el art¨ªculo 550 del C¨®digo Penal, en el que se tipifica como delito de atentado los actos que se acometan contra "la autoridad, a sus agentes o funcionarios p¨²blicos, o empleen fuerza contra ellos, los intimiden gravemente o les hagan resistencia activa tambi¨¦n grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasi¨®n de ellas". Esta norma, seg¨²n Garc¨ªa Calder¨®n, se empez¨® aplicar en el caso de profesores y m¨¦dicos porque "era requerido para el sostenimiento de la actividad p¨²blica". Se trata de "una protecci¨®n razonable y proporcionada". Aunque tampoco se debe aplicar indiscriminadamente en "todos los casos", ya que algunos incidentes pueden considerarse s¨®lo una falta.
En el tema concreto de los centros concertados y privados, Garc¨ªa Calder¨®n sostiene que hay razones a favor y en contra para extender la medida. Por un lado, hay quienes afirman que la v¨ªa penal se debe interpretar de "manera restrictiva" y que, si no se trata de funcionarios reales, no se debe hacer extensivo el art¨ªculo 550. En el lado opuesto est¨¢n los que consideran que el r¨¦gimen de concertaciones es habitual y lo que se debe proteger es la "naturaleza del servicio".
Entre los que est¨¢n a favor de que a los profesionales de la concertada tambi¨¦n se les considere funcionarios p¨²blicos cuando sean agredidos se encuentra Juan Jos¨¦ Gonz¨¢lez Rus, catedr¨¢tico de Derecho Penal de la Universidad de C¨®rdoba."Lo que define a la concertada es el ejercicio de unas funciones p¨²blicas. Es decir, no es tanto el estatus de funcionario, sino la funci¨®n p¨²blica que desempe?an estos profesionales". Seg¨²n Gonz¨¢lez Rus, "probablemente se podr¨ªa interpretar que
se est¨¢ perturbando la funci¨®n p¨²blica tanto si es un funcionario como si no lo es". Sostiene este catedr¨¢tico que esta extensi¨®n del 550 al personal que no trabaja directamente para la Administraci¨®n cuadra con la "interpretaci¨®n amplia" que ya se est¨¢ haciendo de ese art¨ªculo. Eso s¨ª, Gonz¨¢lez Rus tambi¨¦n duda de que todos los incidentes con docentes o m¨¦dicos puedan calificarse como atentados "sin m¨¢s".
En el caso de los profesionales de la medicina, el Consejo Andaluz de Colegios de M¨¦dicos contabiliz¨® 144 agresiones contra facultativos en 2006, sin distinguir centros p¨²blicos y privados. Los datos de 2007 se est¨¢n elaborando. En cuanto a la ense?anza, la Consejer¨ªa de Educaci¨®n dice no disponer de datos sobre el n¨²mero de agresiones.
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