De Juana, en la calle
La indignaci¨®n ciudadana es comprensible, pero no se combate un error cometiendo otros
La excarcelaci¨®n ayer del etarra I?aki de Juana Chaos, tras concluir su ¨²ltima condena por amenazas, plantea el mismo escenario de hace tres a?os, cuando estuvo a punto de salir de la c¨¢rcel tras cumplir una pena efectiva de 18 a?os de los 3.000 a que fue condenado por 25 asesinatos cometidos en los a?os ochenta. La sociedad se resiste a aceptar la vuelta a su seno de quien la trat¨® de manera despiadada y no se ha arrepentido. Es una reacci¨®n humana comprensible. No es comprensible, sin embargo, lo que algunos intentaron hace tres a?os e intentan ahora: que ese sentimiento de l¨®gica repugnancia derive en un discurso de ojo por ojo insoportable en un Estado de derecho.
De Juana cumpli¨® la condena que le fue impuesta, de acuerdo con la legislaci¨®n penal de la ¨¦poca, por los cr¨ªmenes terroristas de los que fue declarado autor. La pena ser¨ªa hoy mayor. Redimi¨® una parte de esa condena de acuerdo con la redenci¨®n de penas por el trabajo vigente hasta 1995, ya derogada. Las anomal¨ªas observadas fueron corregidas en la correspondiente liquidaci¨®n de condena, por lo que insistir ahora en ello s¨®lo crea confusi¨®n.
Ya se cometi¨® un error al intentar compensar lo que era un cumplimiento desproporcionadamente ben¨¦volo por 25 asesinatos con una sentencia tambi¨¦n alta por la publicaci¨®n de dos art¨ªculos amenazantes. De Juana sali¨® ayer de prisi¨®n tras cumplir la sentencia de tres a?os a que fue condenado por esas amenazas.
La justicia ha hecho lo que estaba en su mano para que, sin negarse a s¨ª misma, el etarra pague por sus cr¨ªmenes. Y debe hacerle pagar las indemnizaciones fijadas en la condena. La mayor¨ªa de los terroristas condenados eluden ese pago declar¨¢ndose insolventes, y es el Estado quien hace frente a esa obligaci¨®n con las v¨ªctimas. En el caso de De Juana hay indicios de un delito de alzamiento de bienes para evitar que se rescate parte de ese dinero con el importe de un piso que fue de su madre. Es de justicia investigarlo y, si se confirma el intento de fraude, impedirlo.
Pero lo que no est¨¢ en manos de la justicia es impedir que un condenado por terrorismo pueda habitar tras haber cumplido la sentencia en cualquier lugar donde tambi¨¦n residen v¨ªctimas de la organizaci¨®n terrorista. Existe una posibilidad legal de incluir en la condena una cl¨¢usula de alejamiento de sus propias v¨ªctimas, pero no de cualquier v¨ªctima. Los que critican al Gobierno y a la justicia por el caso De Juana olvidan, o no quieren ver, que desde 2005 muchas condenas a terroristas ya incluyen el alejamiento de sus v¨ªctimas. Es el caso de Jon Bienzobas, Jos¨¦ Mar¨ªa Arregui Erostarbe, Fiti; Javier Garc¨ªa Gaztelu, Txapote, o Jos¨¦ Javier Arizcuren, Kantauri, por citar algunos. PSOE y PP negocian una reforma legal para que ese alejamiento se incluya siempre en las condenas por determinados actos terroristas. Es el camino correcto. El cap¨ªtulo De Juana debe cerrarse y esperar que no se repita.
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