El juez no vio riesgo alto de fuga en Rodr¨ªguez Men¨¦ndez
El instructor le concedi¨® el permiso por su "apoyo familiar"
El juez de vigilancia penitenciaria de A Coru?a Javier San Claudio valor¨® en el abogado Jos¨¦ Emilio Rodr¨ªguez Men¨¦ndez la antig¨¹edad de sus delitos, el buen comportamiento penitenciario y el apoyo de su familia en el exterior como factores que permit¨ªan "depositar en el interno la confianza necesaria" para dejarle salir de prisi¨®n con un permiso de cuatro d¨ªas. El juez, sin embargo, no consider¨® "muy elevado" el ¨ªndice del 50% en las tablas de variables de riesgo de quebrantamiento de condena, pese a que en 2005 el pol¨¦mico abogado ya hab¨ªa eludido su ingreso en prisi¨®n traslad¨¢ndose al extranjero. Rodr¨ªguez Men¨¦ndez se dio a la fuga la semana pasada durante el permiso que le concedi¨® el juez de A Coru?a pese a que ten¨ªa que presentarse a diario ante la polic¨ªa.
La resoluci¨®n del juez de vigilancia que autoriz¨® el permiso recuerda que el abogado cumpl¨ªa una condena de nueve a?os y medio por delito fiscal y delito contra la intimidad por la difusi¨®n de un v¨ªdeo sexual del director de El Mundo, Pedro J. Ram¨ªrez. Seg¨²n el auto del juez San Claudio, esos delitos son "antiguos" (corresponden a los a?os 1989, 1992 y 1997) y Rodr¨ªguez Men¨¦ndez "ha rebasado la cuarta parte de la condena y en abril de 2009 cumple la mitad".
La resoluci¨®n judicial tiene en cuenta otros factores positivos: "Mantiene buen comportamiento penitenciario y correcta participaci¨®n en actividades programadas. En su expediente no constan sanciones y s¨ª varias notas meritorias. Tiene apoyo y vinculaci¨®n familiar en el exterior, su esposa firma el acogimiento".
"En el plano psicol¨®gico", contin¨²a la resoluci¨®n, "asume el delito cometido, con adecuada asunci¨®n de responsabilidades y no hace atribuciones externas que minimicen su responsabilidad personal". Para el juez, todos esos datos permit¨ªan "depositar en el interno la confianza necesaria para el disfrute del permiso", y "desvirt¨²an" las razones esgrimidas por la Junta de Tratamiento para deneg¨¢rselo.
En cuanto al riesgo de quebrantamiento de condena, el juez consider¨® "no muy elevado" el 50% en las tablas de variables de riesgo, adem¨¢s de que el interno "cuenta con arraigo en Espa?a, tanto en el plano familiar como profesional" y "ha cumplido buena parte de la condena, satisfaci¨¦ndose en buena medida el fin retributivo de la pena, lo que reduce el riesgo de quebrantamiento".
Huida al extranjero
El juez "no desconoce" que en 2005 Rodr¨ªguez Men¨¦ndez se fug¨® al extranjero cuando ten¨ªa que ingresar en prisi¨®n, "pero tambi¨¦n consta que volvi¨® a Espa?a de forma voluntaria", matiza el auto. Tampoco aprecia "una especial peligrosidad o capacidad criminal" en el abogado porque "s¨®lo cumple condena por dos delitos, aunque ¨¦stos sean de naturaleza diversa".
El magistrado tambi¨¦n desecha el argumento de la Junta de Tratamiento de que el abogado tiene una causa pendiente, "porque s¨®lo est¨¢ imputado en una causa penal por delito contra la Seguridad Social, en la que no se ha formalizado imputaci¨®n ni solicitado pena, y tampoco consta que se hayan adoptado medidas cautelares sobre su persona o bienes".
Para el disfrute del permiso de cuatro d¨ªas, el juez San Claudio impuso a Rodr¨ªguez Men¨¦ndez dos condiciones: que presentase un billete cerrado de ida y vuelta a su domicilio y la "presentaci¨®n diaria ante las fuerzas de seguridad". La primera condici¨®n fue revocada cuando el abogado dio "garant¨ªas equivalentes", como el acompa?amiento familiar y el traslado en veh¨ªculo particular.
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