La hipoteca, un gestor y dos decimales
El anteproyecto de la ley de acompa?amiento de los presupuestos de la Generalitat para 2009 recoge la f¨®rmula que deben aplicar los contribuyentes que aspiren a beneficiarse de la ayuda que anunci¨® Francisco Camps a todos aquellos que pagan una hipoteca. Los aspirantes deben declarar un m¨¢ximo de 25.000 euros si su declaraci¨®n es individual y hasta 40.000 en los casos de declaraci¨®n conjunta. Y conviene que aparten un tanto para contratar un gestor, porque la f¨®rmula para estimar la ayuda de la que pueden beneficiarse es dura.
"Los porcentajes de deducci¨®n, expresados con dos decimales, se establecer¨¢n con arreglo al siguiente procedimiento", reza el anteproyecto: "En primer lugar se determinar¨¢ un porcentaje, expresado con dos decimales, que ser¨¢ el resultado de multiplicar 0,33 por el cociente de una fracci¨®n, cuyo numerador estar¨¢ constituido por el diferencial, expresado con dos decimales, entre el euribor medio a un a?o correspondiente al ejercicio anterior del periodo impositivo, calculado, con dos decimales, con arreglo a los datos publicados por el Banco de Espa?a, y el euribor medio a un a?o para 2007, fijado, a estos efectos, en el 4,45%, y cuyo denominador ser¨¢ el citado euribor medio a un a?o correspondiente al ejercicio del periodo impositivo".
Una vez resuelto el primer paso, siempre con dos decimales, y en el caso de que la vivienda habitual fuera comprada antes del 20 de enero de 2006, el resultado de la fracci¨®n se multiplicar¨¢ por 0,80. Se obtendr¨¢ as¨ª el porcentaje de deducci¨®n que se puede aplicar a los primeros 4.507,59 euros de intereses que se hayan pagado para cubrir el pr¨¦stamo hipotecario que financi¨® la compra de la vivienda. Si los intereses pagados exceden los 4.705,59 euros, el porcentaje de deducci¨®n sobre ese exceso se obtendr¨¢ al multiplicar el resultado de la primera fracci¨®n por 0,85.
Finalmente: "Al resultado de aplicar el porcentaje de deducci¨®n a la base de la misma se le restar¨¢ el 33% de la diferencia positiva, si la hubiere, entre el importe de las rentas generadas en el ejercicio por los instrumentos de cobertura del riesgo de variaci¨®n del tipo de inter¨¦s de los pr¨¦stamos hipotecarios".
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