Los renglones torcidos
El tercer conflicto en poco m¨¢s de dos semanas entre el fiscal de la Audiencia Nacional y el titular de su Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 5 -la disputa se refiere a la denuncia de 114.000 desapariciones producidas te¨®ricamente entre 1936 y 1951- fue zanjado el viernes por el Pleno de la Sala de lo Penal, que acord¨® la paralizaci¨®n cautelar de las exhumaciones de cad¨¢veres ya ordenadas (y de las dem¨¢s actuaciones excepto si se produjese "un perjuicio irreparable e irreversible" a la investigaci¨®n) hasta que el tribunal se pronuncie sobre el fondo de la cuesti¨®n. Cinco de los 15 magistrados discreparon del fallo por considerar necesarios el previo recurso de reforma ante el instructor y la debida audiencia a las partes.
Ser¨ªa una gruesa falta a la verdad afirmar que esa medida cautelar trata de impedir cualquier exhumaci¨®n de restos humanos procedentes de la Guerra Civil. Antes de que Garz¨®n ordenase por la v¨ªa penal la investigaci¨®n de una veintena de fosas comunes, algunos ayuntamientos -sirvan de ejemplo las l¨¢pidas del cementerio de Oviedo en 2001- y asociaciones de familiares hab¨ªan rendido ya homenaje a otras v¨ªctimas durante largo tiempo an¨®nimas sin recurrir a la jurisdicci¨®n criminal. Y el Consejo de Ministros acaba de aprobar el desarrollo reglamentario de la Ley de Memoria en lo que se refiere a la colaboraci¨®n de las Administraciones en la localizaci¨®n e identificaci¨®n de las v¨ªctimas.
Es cierto que el acto de impartir justicia penal no consiste s¨®lo en respetar las formas procesales: sin embargo, tambi¨¦n implica cumplir con los requisitos exigidos por la Ley de Enjuiciamiento Criminal para perseguir un determinado delito. Es comprensible que las personas emocionalmente implicadas en la causa abierta por Garz¨®n no presten demasiada atenci¨®n a cuestiones procesales. M¨¢xime si se ocupan de problemas tan t¨¦cnicos como los conflictos de competencia, los plazos de prescripci¨®n, la irretroactividad de las normas desfavorables, la tipificaci¨®n de los delitos y la legalidad de las penas. Resulta sorprendente, en cambio, que algunos operadores jur¨ªdicos respalden de manera incondicional ese intento de emprender un enjuiciamiento criminal en toda regla a la Guerra Civil y la dictadura.
As¨ª como la teodicea sostiene que Dios escribe siempre recto aunque tenga a veces que hacerlo en renglones torcidos, as¨ª los panglossianos afirman que, pese a todos los pesares, la iniciativa tiene el valor de haber llevado a sede judicial de forma simb¨®lica (otra cosa ser¨ªa imposible: Franco y sus generales fallecieron de muerte natural hace tiempo) a los responsables de la sublevaci¨®n militar de 1936 contra la II Rep¨²blica que implantaron una sangrienta dictadura mediante la matanza, el encarcelamiento, el exilio, la discriminaci¨®n y la privaci¨®n de las libertades y los derechos. Pero son legi¨®n quienes condenan hist¨®rica, pol¨ªtica y moralmente el r¨¦gimen franquista pero a la vez consideran aberrante el sumario abierto por Garz¨®n 72 a?os despu¨¦s del comienzo de la Guerra Civil y a los 31 a?os de la aprobaci¨®n casi un¨¢nime por las Cortes -los diputados populares presididos por Fraga se abstuvieron- de la Ley de Amnist¨ªa. Aun pasando por alto -licencia impropia de un Estado de derecho- los eventuales vicios de nulidad de la causa, la pretensi¨®n de que s¨®lo una sentencia judicial podr¨ªa declarar la ilegitimidad de la sublevaci¨®n militar de 1936 resulta grotesca. Por lo dem¨¢s, Garz¨®n es s¨®lo el instructor del sumario de la causa: no puede ni absolver ni condenar a nadie, tarea encomendada a los organismos judiciales colegiados.
Tampoco los tribunales son el ¨¢mbito adecuado para que la memoria personal y familiar de los derrotados en la Guerra y de los represaliados por la dictadura -obligados a permanecer en silencio cuatro d¨¦cadas- se incorpore plenamente en pie de igualdad a la memoria plural de la Espa?a del siglo XXI. Las hemerotecas contienen miles y miles de testimonios de ese tipo aparecidos desde el final del franquismo. Dos libros recientes enriquecen ese ya impresionante caudal. Nacido en 1932, hijo del alcalde socialista de Granada fusilado en 1936 por los rebeldes y sobrino carnal de Federico Garc¨ªa-Lorca (cuyos restos Garz¨®n pretende exhumar), Manuel Fern¨¢ndez-Montesinos ha publicado unas sugerentes y eleg¨ªacas memorias (Lo que en nosotros vive, finalista del XX Premio Comillas, Tusquets, 2008) dominadas por el recuerdo del doble asesinato. Ana R. Ca?il ha recogido y narrado en La mujer del maquis (Premio Espasa de Ensayo 2008) con emoci¨®n, fidelidad y empat¨ªa admirables los recuerdos de las supervivientes de Val de San Vicente que sufrieron persecuci¨®n y c¨¢rcel bajo la dictadura por dar cobijo a Juan Fern¨¢ndez Ayala, (a) Juan¨ªn, y a Francisco Bedoya, los dos ¨²ltimos emboscados c¨¢ntabros muertos en 1957. No son los jueces sino los protagonistas y los historiadores quienes deben rescatar del olvido esas memorias.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.