Los jueces anulan un PAI de Valencia por vulnerar la libre competencia
El proyecto ya est¨¢ en marcha y prev¨¦ m¨¢s de 3.000 viviendas en Patraix
![Sara Velert](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/https%3A%2F%2Fs3.amazonaws.com%2Farc-authors%2Fprisa%2F0b00784d-04cf-4844-ab6f-1b50aca7d9ff.jpg?auth=9953da7913a229b5cad22810de7a88cc447228852293dd819dbd7903c1a74291&width=100&height=100&smart=true)
La adjudicaci¨®n del programa de actuaci¨®n integrada (PAI) del sector urbanizable de Patraix en Valencia, con m¨¢s de 3.000 viviendas, vulner¨® las reglas de la libre concurrencia. Aprobado definitivamente en 2002, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) anula ahora el proyecto, con la urbanizaci¨®n ya avanzada y cuando el agente urbanizador, una empresa encabeza por el promotor Juan Soler, ejecuta un tramo del bulevar sur para mejorar las conexiones viarias de la zona.
La sentencia, notificada el pasado 6 de noviembre, refleja la larga controversia en torno a las condiciones de adjudicaci¨®n de los PAI con la derogada Ley Reguladora de la Actividad Urban¨ªstica (LRAU), que ha desembocado en una denuncia del urbanismo valenciano ante la Uni¨®n Europea.
El plan bendecido por el Ayuntamiento de Valencia y la entonces Consejer¨ªa de Obras P¨²blicas fue recurrido por numerosas empresas con intereses o propiedades en el ¨¢rea urbanizable. Los recursos alegan motivos diversos, pero la mayor¨ªa conduce a una misma acusaci¨®n: la Administraci¨®n local incumpli¨® la normativa de contrataci¨®n europea y estatal, que est¨¢ en el centro de la pol¨¦mica sobre la falta de transparencia y libre competencia en la adjudicaci¨®n de planes en las leyes urban¨ªsticas valencianas.
Los magistrados entran en el debate al analizar los argumentos de las partes, y aunque desechan la anulaci¨®n del PAI de Patraix por una posible infracci¨®n de las normas europeas y apuntan que la discusi¨®n sigue abierta, s¨ª defienden que el expediente no respet¨® los principios de publicidad y libre concurrencia de todos los interesados en la adjudicaci¨®n como marca la normativa estatal de contrataci¨®n. El fallo del TSJ no es firme, por lo que el Ayuntamiento deber¨¢ decidir si lo recurre o intenta subsanar, de ser posible, las irregularidades de la tramitaci¨®n.
El PAI del nuevo barrio de Patraix ocupa casi medio mill¨®n de metros cuadrados y es uno de los sectores urbanizables m¨¢s grandes de la ciudad de Valencia. A su desarrollo se presentaron varias empresas con alternativas t¨¦cnicas, entre ellas la opci¨®n ganadora, encabezada por la empresa de Juan Soler DUPSA (Desarrollo Urbano de Patraix, SA).Durante la larga gestaci¨®n del proyecto, que arranc¨® en 1999, la propuesta de urbanizaci¨®n estuvo abierta a alegaciones, pero una parte de las empresas demandantes denuncia que hasta la aprobaci¨®n final en el pleno de octubre de 2002 se produjeron modificaciones que no llegaron a salir a exposici¨®n p¨²blica, por lo que se conculc¨® el principio de no discriminaci¨®n y libre concurrencia. Tanto el Ayuntamiento como DUPSA rechazan este argumento y alegan que los cambios en el plan no fueron "sustanciales", y que se cumpli¨® la previsi¨®n de la LRAU sobre la informaci¨®n p¨²blica. Tambi¨¦n esgrime una de las partes que pretendi¨® presentar una nueva oferta, pero que el procedimiento no lo permiti¨®, con lo que cree que DUPSA "obtuvo una posici¨®n absolutamente privilegiada" y no hubo igualdad de condiciones.
En respuesta a todos las objeciones, el tribunal de la secci¨®n primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo sustenta su decisi¨®n en la ya amplia jurisprudencia que ha generado el choque de la LRAU con la Ley de Contratos de las Administraciones P¨²blicas en relaci¨®n con la selecci¨®n del agente urbanizador, su calificaci¨®n para la adjudicaci¨®n, los procesos de expropiaci¨®n, publicidad e informaci¨®n p¨²blica, entre otros aspectos. Los magistrados citan diversas sentencias al respecto y se reafirman en que no basta con argumentar que un plan cumple la LRAU -ya sustituida por la Ley Urban¨ªstica Valenciana (LUV)-. Si la tramitaci¨®n del proyecto se contradice con la norma b¨¢sica estatal, que asume las directrices europeas, ¨¦sta debe prevalecer.
Los magistrados concluyen as¨ª que la adjudicaci¨®n del PAI vulner¨® "los principios de no discriminaci¨®n y libre concurrencia". Adem¨¢s, el adjudicatario "no estaba debidamente clasificado para contratar con la Administraci¨®n", y aunque la LRAU no se lo exig¨ªa, tampoco exclu¨ªa "expresamente" esta condici¨®n, por lo que una vez m¨¢s prevalece la "normativa estatal b¨¢sica".
El PAI de Patraix se queda sin urbanizador y sin proyecto v¨¢lido. La sentencia deja en el aire una urbanizaci¨®n que incluy¨® expropiaciones y est¨¢ ya avanzada.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Sobre la firma
![Sara Velert](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/https%3A%2F%2Fs3.amazonaws.com%2Farc-authors%2Fprisa%2F0b00784d-04cf-4844-ab6f-1b50aca7d9ff.jpg?auth=9953da7913a229b5cad22810de7a88cc447228852293dd819dbd7903c1a74291&width=100&height=100&smart=true)