Delitos urban¨ªsticos
Ya sabemos que los delitos urban¨ªsticos y contra la ordenaci¨®n del territorio se saldan en la mayor¨ªa de los casos con sanciones econ¨®micas, sin otra consecuencia que incrementar el valor de lo construido. No hay m¨¢s que mirar el suelo espa?ol y andaluz para conocer de la poca eficacia de las normas urban¨ªsticas y de la escasa protecci¨®n que tiene el medio ambiente. No sorprenden en nada las manifestaciones que en este sentido ha realizado el fiscal de Medio Ambiente de C¨¢diz y coordinador de Andaluc¨ªa. Sus quejas de que estos delitos no van acompa?ados de otras sanciones que las de multa y que tales multas son asumidas como costes de la construcci¨®n es algo que ya se conoc¨ªa. Tambi¨¦n, como se destaca en la informaci¨®n de este diario el pasado lunes, que en la inmensa mayor¨ªa de las ocasiones las construcciones ilegales no son demolidas. Ejemplos los hay en toda la comunidad aut¨®noma, aunque sean m¨¢s llamativas las realizadas en el litoral.
Los jueces, por principio, aunque no s¨¦ cu¨¢les, son reacios a la demolici¨®n; los ayuntamientos les ayudan a que sea as¨ª y, una vez dictada sentencia, intentan corregir las infracciones mediante una nueva normativa, cuando no lo hace la propia comunidad aut¨®noma. La impresi¨®n es que la impunidad preside este tipo de infracciones. No hay demoliciones ni sanciones que sirvan de ejemplo y puedan frenar este tipo de actividades. Es m¨¢s, sin la crisis econ¨®mica que sufrimos y que tanta influencia tiene en el sector inmobiliario, seguir¨ªan avanzando construcciones carentes de base legal y urban¨ªstica que las sostenga.
No es extra?o que este fiscal para este tipo de delitos se queje de la poca sensibilidad p¨²blica frente a hechos de esta naturaleza y del escaso efecto disuasorio de las sanciones. Es razonable, pues, que interesen sanciones econ¨®micas m¨¢s graves por parte de los tribunales; tambi¨¦n penas de prisi¨®n m¨¢s elevadas y la demolici¨®n de lo construido. La mayor dureza en las penas podr¨ªa dar lugar a una mayor eficacia disuasoria.
Sin embargo, en lo que a las peticiones que realiza como instrumentos para combatir este tipo de delitos, destaca el que los jueces puedan considerar como funcionarios p¨²blicos a arquitectos, aparejadores y otros trabajadores cualificados cuando emiten certificados y documentos de obra falsos. Certificados que se dan para ocultar la ilegalidad de las obras. La raz¨®n de realizar esta calificaci¨®n jur¨ªdica, la de considerarles como funcionarios p¨²blicos, es conseguir una mayor penalizaci¨®n con lo que, de una parte, la ejemplaridad ser¨ªa mayor y por tanto su efecto disuasorio; de otra la prescripci¨®n de las infracciones urban¨ªsticas exigir¨ªa un tiempo superior para extinguir la responsabilidad penal en sus autores. Y lo cierto es que no se entiende muy bien que esta construcci¨®n jur¨ªdica no sea asumida por los distintos ¨®rganos judiciales, tal como sostiene el fiscal.
El car¨¢cter p¨²blico y la consideraci¨®n como funcionarios, a efectos de delitos, se est¨¢ ampliando en el caso de agresiones a m¨¦dicos y a profesores, llevando a la consideraci¨®n y calificaci¨®n como atentado, y por tanto con penas de prisi¨®n m¨¢s elevadas que si no se consideraran, sus agresiones.
Se estima que m¨¦dicos y profesores, aun cuando no sean funcionarios en el sentido m¨¢s estricto del t¨¦rmino, participan en la funci¨®n p¨²blica a trav¨¦s de la sanidad y la ense?anza, luego cualquier agresi¨®n por su condici¨®n de m¨¦dico o profesor debe ser considerada como una agresi¨®n a la causa p¨²blica, lo que implica un mayor reproche penal para los agresores. Si es as¨ª, y lo es para m¨¦dicos y profesores, no se entiende muy bien que t¨¦cnicos, que cuando son agredidos se consideran funcionarios, dejen de serlo cuando ejerciendo la misma funci¨®n la realizan con deslealtad y falsedad para la causa p¨²blica.
Da la impresi¨®n, por l¨®gica y coherencia jur¨ªdicas, que el camino que ha iniciado la fiscal¨ªa de medio ambiente puede ayudar a frenar estos delitos sin necesidad de aguardar a una nueva normativa, y puede ser jur¨ªdicamente acogido por jueces y tribunales sin grandes dificultades.
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