Madre Maravillas
El monje Hilari Raguer public¨® el pasado d¨ªa 15 un muy amplio art¨ªculo en su peri¨®dico, con el t¨ªtulo E1 trasfondo de una l¨¢pida, donde afirma que "el esperp¨¦ntico proyecto de colocar en el edificio de las Cortes una placa en memoria de la madre Maravillas se ha disuelto como azucarillos en agua". Como humilde promotor de tan "esperp¨¦ntica" iniciativa, me permito hacer las siguientes precisiones.
1. Como cuesti¨®n previa, no deja de ser llamativo que sea un monje cat¨®lico quien se permita calificar as¨ª una decisi¨®n claramente respetuosa del hecho religioso y que la Mesa del Congreso de los Diputados adopt¨® con el voto un¨¢nime de todos sus integrantes presentes y pertenecientes a la pr¨¢ctica totalidad del arco parlamentario espa?ol -PSOE, PP, CiU, PNV-.
2. El acuerdo ni ten¨ªa ni tiene ning¨²n "trasfondo". A veces, don Hilari, le buscamos tres pies al gato cuando sencillamente tiene cuatro. Quiero decir, que mi propuesta y la decisi¨®n de la Mesa no tiene otra pretensi¨®n si no hacer "normal en el Congreso lo que es normal a nivel de calle": las calles de Madrid y la pr¨¢ctica totalidad de las calles del mundo est¨¢n llenas de placas que evocan un sencillo hecho hist¨®rico biogr¨¢fico, como el de recordar que entre los muros de un determinado edificio naci¨®, vivi¨® o muri¨® un personaje que por diversas circunstancias alcanz¨® notoriedad p¨²blica.
3. Este hecho, en concreto el de nacer en un edificio hoy dependencia del Congreso de los Diputados, se dio en una persona, Mar¨ªa Maravillas Pidal y Chico de Guzm¨¢n, que al convertirse, el a?o 2003, en santa Maravillas de Jes¨²s, alcanz¨® notoriedad p¨²blica. La Constituci¨®n proh¨ªbe expresamente cualquier discriminaci¨®n por creencias religiosas. Resulta sorprendente por radicalmente inconstitucional, que una mujer cuya relevancia p¨²blica se derive directamente de su fe religiosa se la discrimine por este hecho.
4. No es mi pretensi¨®n hoy debatir con don Hilari sobre historia de la Iglesia y de la Guerra Civil espa?ola, simplemente quiero confiar en que sus estudios sean m¨¢s solventes que los que se derivan de ese art¨ªculo lleno de flagrantes inexactitudes y errores de bulto con relaci¨®n a la vida de la madre Maravillas.
5. S¨®lo me permito una reflexi¨®n final en voz alta: ?C¨®mo se explica el autor que esta monja, seg¨²n ¨¦l, tan aislada y tan desobediente al Concilio Vaticano II, sea considerada, en tanto que fundadora, como la santa Teresa de Jes¨²s del siglo XX, como reiteradamente consta en sus procesos de beatificaci¨®n y canonizaci¨®n, y haya merecido ser considerada santa por la Iglesia cat¨®lica.
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