Inmigraci¨®n y derechos humanos
El sexag¨¦simo aniversario de la Declaraci¨®n Universal de Derechos Humanos, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, fue aprovechado por el Consejo de Ministros del pasado d¨ªa 12 para dar la luz verde a los principios b¨¢sicos de un Plan Nacional de Derechos Humanos con 172 medidas. Pensando tal vez que la remisi¨®n del proyecto a trav¨¦s de la representaci¨®n diplom¨¢tica espa?ola ante la ONU pudiera retrasar su urgent¨ªsima presentaci¨®n, la vicepresidenta Fern¨¢ndez de la Vega vol¨® dos d¨ªas despu¨¦s a Nueva York para entregar el documento en mano al secretario general Ban-ki-moon como una alumna aplicada lleva los deberes al maestro. La pretensi¨®n de convertir a Espa?a en la "vanguardia mundial" de los derechos humanos es una simp¨¢tica bravata en boca de la ministra de un pa¨ªs que no ingres¨® en Naciones Unidas hasta 1955 por las viejas alianzas del r¨¦gimen franquista con Hitler.
Los horrores de la Segunda Guerra Mundial llevaron hasta la exasperaci¨®n el rechazo moral de los cr¨ªmenes perpetrados durante un siglo por los conflictos b¨¦licos entre las llamadas naciones civilizadas (como la Gran Guerra de 1914), las masacres de minor¨ªa ¨¦tnicas (los progroms de la Rusia zarista y las matanzas de armenios en Turqu¨ªa) y las conquistas coloniales (el exterminio de la poblaci¨®n del Congo de Leopoldo II de B¨¦lgica). El holocausto de seis millones de jud¨ªos y las pr¨¢cticas genocidas de la Alemania nazi contra eslavos y gitanos clamaban por un pronunciamiento en defensa de la dignidad intr¨ªnseca del hombre y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de nuestra especie. La Comisi¨®n de Redacci¨®n de la Declaraci¨®n Universal, presidida por Eleanor Roosevelt, encomend¨® a Ren¨¦ Cassin -designado premio Nobel en 1968- la versi¨®n ¨²ltima de la propuesta de la ponencia, buena parte de la cual sobrevivi¨® al proceso de enmiendas y correcciones del texto finalmente aprobado.
Los 30 art¨ªculos del documento recogen las mejores tradiciones de la ilustraci¨®n europea y americana armonizadas con el esp¨ªritu de otras culturas dentro de una irenista visi¨®n pluralista de la condici¨®n humana. La Declaraci¨®n de 1948 es el "ideal com¨²n" al que deber¨ªan aproximarse todos los pueblos mediante la acci¨®n de los Estados y la promoci¨®n de la ense?anza y la cultura. Sesenta a?os despu¨¦s de su aprobaci¨®n, es obvia la abismal distancia que contin¨²a existiendo entre esa propuesta normativa y la realidad emp¨ªrica. Es cierto que los pa¨ªses avanzados han dado pasos importantes en la igualaci¨®n de hombres y mujeres, mientras que la transici¨®n de los sistemas autoritarios a las instituciones democr¨¢ticas prosigue en todos los continentes. Tambi¨¦n es verdad que el proceso descolonizador iniciado en 1945 ha concluido. Sin embargo, la lejan¨ªa de lo que es respecto a lo que debe ser resulta todav¨ªa simplemente estremecedora. Durante estos 60 a?os se han documentado los cr¨ªmenes contra la humanidad del Gulag sovi¨¦tico, los genocidios de Camboya, Ruanda y Serbia, las matanzas de la guerra de Argelia y la oficializaci¨®n de la tortura por la Administraci¨®n Bush en Guant¨¢namo y Abu Ghraib.
De a?adidura, los movimientos migratorios del Sur hacia el Norte impulsados por el hambre est¨¢n creando un nuevo espacio para la violaci¨®n de los derechos humanos en los pa¨ªses de acogida. Seg¨²n la vicepresidenta, el plan del Gobierno espa?ol no persigue tanto "una meta final" como "m¨²ltiples metas volantes". Abundan los prop¨®sitos gen¨¦ricos pero escasean las menciones a las medidas concretas para conseguirlos. En todo caso, la prevenci¨®n de la tortura ser¨ªa instrumentada mediante la instalaci¨®n de c¨¢maras en las dependencias policiales dedicadas a interrogatorios, el acortamiento del plazo para disponer de asistencia letrada y la prohibici¨®n de incomunicar a los detenidos menores de edad. Una reforma de la ley penitenciaria ampliar¨¢ las garant¨ªas para el ejercicio de los derechos humanos en las c¨¢rceles y en los centros de internamiento de extranjeros.
Una semana despu¨¦s de aprobar ese ambicioso plan de 172 medidas, el Consejo de Ministros dio tambi¨¦n el visto bueno -acompa?ado de algunas correcciones- a un borrador del proyecto de reforma de una cincuentena de los 71 art¨ªculos la Ley de Extranjer¨ªa. Se trata de la quinta modificaci¨®n de una norma que fue aprobada el a?o 2001 sin que gobernantes y legisladores tuviesen por entonces demasiada experiencia en la materia: Espa?a ha pasado en pocos a?os de ser una naci¨®n de emigrantes a tener un 10% de poblaci¨®n extranjera. Lejos de interpretar la anunciada modificaci¨®n como un desarrollo positivo del Plan Nacional de Derechos Humanos, las asociaciones de inmigrantes y las organizaciones no gubernamentales han mostrado inquietud y recelo por la primera transposici¨®n en la pr¨¢ctica de la Directiva del Retorno de la Uni¨®n Europea: la ampliaci¨®n a 60 d¨ªas del plazo de permanencia en centros de internamiento de inmigrantes expulsados cuyo pa¨ªs de origen se desconoce. El largo tr¨¢mite de dict¨¢menes preceptivos y debates parlamentarios que aguarda a la reforma permitir¨¢ enjuiciar sus contenidos.
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