Urbanismo y corrupci¨®n
La reciente sentencia condenatoria del ex alcalde y de otros cinco ex concejales de Gondomar por un delito continuado de prevaricaci¨®n urban¨ªstica nos vuelve a poner en contacto con el urbanismo municipal como una de las principales fuentes de corrupci¨®n en Galicia. Dicha condena viene a coincidir con la comparecencia del fiscal superior de Galicia ante el Parlamento gallego, en la cual, a la vez que nos dibuja un sombr¨ªo panorama del urbanismo en nuestra comunidad, nos ofrece un diagn¨®stico certero del fen¨®meno y nos propone unas medidas encaminadas a combatir lo que acertadamente se ha calificado en la ciencia pol¨ªtica como la gran amenaza del Estado democr¨¢tico. Desde luego, es digna de elogio ya en s¨ª misma la actividad de la Fiscal¨ªa superior, que, entre otros asuntos de relevancia jur¨ªdico-penal, se ha centrado en el estudio del urbanismo como "fuente de riesgo de comportamientos corruptos". No obstante, lo verdaderamente trascendente es, a mi juicio, que, m¨¢s all¨¢ de los aspectos puramente represivos, en dicho informe se haga especial hincapi¨¦ en los aspectos preventivos en sentido estricto, basados en el an¨¢lisis de las causas del problema.
Constituye un esc¨¢ndalo que un alcalde pueda ser tambi¨¦n promotor inmobiliario
La corrupci¨®n ha estado concentrada principalmente en el ¨¢mbito de la Administraci¨®n local debido a problemas en el dise?o institucional que dan lugar a fallos en los sistemas de control. Y la raz¨®n reside fundamentalmente en el hecho de que los ayuntamientos poseen una especie de varita m¨¢gica (pr¨®xima al milagro de los panes y los peces), que permite que un particular obtenga enormes beneficios: se trata de las recalificaciones de suelo seguidas de licencia para construir, de tal manera que con una mera decisi¨®n administrativa el valor de la mercanc¨ªa del suelo se puede multiplicar, y la plusval¨ªa va a parar ¨ªntegramente al due?o del suelo.
A esta raz¨®n b¨¢sica hay que a?adir unos factores potenciadores de la corrupci¨®n, entre los que cabe resaltar la end¨¦mica insuficiencia presupuestaria de los municipios, la cual abri¨® el camino a la pr¨¢ctica de financiarse a trav¨¦s de las recalificaciones: ciertamente, en muchos casos ¨¦stas nacieron con la intenci¨®n de acometer proyectos o mejorar servicios necesarios, pero era inevitable que pronto surgiese la tentaci¨®n de recurrir a ellas como mecanismo para paliar otras deficiencias y, a la postre, para el enriquecimiento personal de cargos p¨²blicos, promotores y constructores sin escr¨²pulos. Por lo dem¨¢s, existen otras causas favorecedoras de la corrupci¨®n en el ¨¢mbito municipal, como, singularmente, la concurrencia de un r¨¦gimen muy laxo de incompatibilidades, a diferencia del r¨¦gimen estricto que existe en la Administraci¨®n central y en la auton¨®mica: as¨ª, por ejemplo, constituye un esc¨¢ndalo que un alcalde pueda ser tambi¨¦n promotor inmobiliario o socio de m¨²ltiples sociedades dedicadas a la construcci¨®n dentro de su propio municipio.
Ante este diagn¨®stico existe una serie de obvias medidas preventivas de actuaci¨®n, a las que aludi¨® el Fiscal superior de Galicia, y que pueden verse tambi¨¦n en el reciente Manifiesto del Grupo de Estudios de Pol¨ªtica Criminal sobre corrupci¨®n urban¨ªstica. Algunas de ellas fueron ya incluidas en la Ley del suelo de 2007, pero, si se quiere realmente atajar esta lacra, habr¨ªa que acudir a las verdaderas ra¨ªces del problema: ante todo, acabar con las recalificaciones y expropiar el terreno r¨²stico por lo que vale, para que despu¨¦s sea la Administraci¨®n la que encargue la urbanizaci¨®n; en segundo lugar, revisar las fuentes de financiaci¨®n municipal, con el objetivo de reforzar las potestades financieras y tributarias de los ayuntamientos, para que impedir que el urbanismo se convierta en fuente ilegal de financiaci¨®n; en tercer lugar, instaurar controles independientes en los ayuntamientos, reforzando la autonom¨ªa, autoridad y competencia de los ¨®rganos t¨¦cnicos locales encargados de verificar la legalidad de las actuaciones administrativas y permitiendo que sus informes sean tenidos en cuenta en instancias supramunicipales.
Finalmente, no hay que olvidar que tambi¨¦n la Administraci¨®n auton¨®mica puede desempe?ar una importante misi¨®n al respecto, en la medida en que tiene atribuidas amplias competencias. As¨ª, entre otras actuaciones, mediante los planes de ordenaci¨®n territorial puede estructurar el territorio m¨¢s all¨¢ de los intereses de los municipios, y, a trav¨¦s de las agencias auton¨®micas de disciplina urban¨ªstica, puede establecer un mayor control en las inspecciones.
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