Estrasburgo pide m¨¢s informaci¨®n a Espa?a antes de admitir a tr¨¢mite la demanda de ANV
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha solicitado m¨¢s informaci¨®n al Gobierno de Espa?a sobre la anulaci¨®n de candidaturas del partido Eusko Abertzale Ekintza-Acci¨®n Nacionalista Vasca (EAE-ANV) a las elecciones del 27 de mayo de 2007. En una comunicaci¨®n remitida por el tribunal a las partes, el tribunal ha preguntado al Ejecutivo si las anulaciones se realizaron con "las exigencias de un proceso justo y de certeza legal". Una vez recibida la informaci¨®n requerida a las partes antes del pr¨®ximo 21 de septiembre, el Tribunal de Estrasburgo se pronunciar¨¢ sobre la admisi¨®n o no a tr¨¢mite de la demanda interpuesta por ANV y, si es admitida, se dictar¨¢ sentencia. Otra demanda presentada por Batasuna a ra¨ªz de su ilegalizaci¨®n en 2003 ya fue admitida a tr¨¢mite y est¨¢ pendiente de sentencia.
ANV present¨® en noviembre de 2007 dos demandas contra Espa?a en las que se quejaba de la violaci¨®n de los art¨ªculos 10, 11 y 13 (derecho a un recurso efectivo) del Convenio Europeo de Derechos Humanos, relativos a la libertad de expresi¨®n, reuni¨®n y asociaci¨®n, as¨ª como del art¨ªculo 3 del Protocolo n¨²mero 1 (derecho a elecciones libres). Seis meses antes, el Tribunal Supremo hab¨ªa anulado 133 listas de candidatos presentadas por EAE-ANV a los comicios de mayo de 2007 al encontrar v¨ªnculos con ETA. El tribunal tambi¨¦n se pregunta si la anulaci¨®n de candidaturas de ANV supone "una injerencia en los derechos garantizados" por los art¨ªculos 10 y 11 del citado convenio. Adem¨¢s de preguntar si la anulaci¨®n "atenta contra la esencia misma del derecho a presentarse como candidato" (art¨ªculo 3 del Protocolo n¨²mero 1), el tribunal plantea la cuesti¨®n de si el demandante ha dispuesto de un "recurso efectivo".
En su escrito, ANV manifiesta "que no es el sucesor de los partidos disueltos", en referencia a Batasuna, Herri Batasuna y Euskal Herritarrok, y que la Ley de Partidos Pol¨ªticos de 2002 s¨®lo afecta a las plataformas electorales continuadoras o sucesoras del partido ilegal o disuelto.
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