La UE impide que se publiquen las sanciones
Hasta hace unos meses, la Federaci¨®n Espa?ola de Atletismo publicaba en su p¨¢gina web la lista de los atletas sancionados por dopaje. "Desde que un atleta nos denunci¨® ante la Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos, que nos mult¨® por intromisi¨®n en la intimidad, decidimos dejar de dar publicidad a las sanciones", explican. Y como la de atletismo, las dem¨¢s federaciones espa?olas, incluidas alguna, como la de ciclismo, que, si bien no manten¨ªa en su p¨¢gina las sanciones, al menos informaba de ellas cuando se produc¨ªan. Ahora, ni eso.
Y la publicidad seguir¨¢ paralizada bastante tiempo en Espa?a, si no en toda Europa. Al menos, si se impone el criterio de la Uni¨®n Europea. El grupo de trabajo comunitario para la protecci¨®n de las personas, en un documento del 8 de abril sobre las normas de control de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), critica con fuerza la pol¨ªtica de este organismo, que prev¨¦ en su c¨®digo que el nombre, la sanci¨®n y la sustancia de los castigados por dopaje deben ser publicados durante un a?o en la web de la agencia nacional antidopaje correspondiente.
"Nosotros, en el real decreto, no hemos profundizado en el asunto, que ser¨¢ cuesti¨®n de una orden ministerial que s¨®lo se dictar¨¢ cuando est¨¦ resuelto el debate jur¨ªdico", dice Albert Soler, director general de Deportes; "habr¨¢ que ver si es legal o no".
El efecto ejemplarizante
La AMA justifica esta medida con dos argumentos: para evitar que los deportistas sancionados puedan enga?ar en algunas competiciones y por su efecto disuasorio, ejemplarizante, dado su car¨¢cter de lista negra.
Pero la Uni¨®n Europea no est¨¢ convencida de la necesidad de la publicidad ni, por lo tanto, de su proporcionalidad. "La publicaci¨®n en Internet de datos personales relacionados con condenas, sin tener en cuenta las circustancias del caso, es desproporcionada", dice el documento.
La AMA, dirigida por juristas anglosajones, en su mayor¨ªa australianos y neozelandeses, con una cultura del derecho a la intimidad muy diferente a la de la vieja Europa, ve las cosas de otra manera.
"Por nuestra experiencia, estamos convencidos del efecto disuasorio que tiene la publicidad de las sanciones", dice en su respuesta a la UE; "adem¨¢s, creemos que se han sobrevalorado las implicaciones de la publicidad. En primer lugar, muchos casos llegan a la prensa antes de que se tome una decisi¨®n definitiva y, por otra parte, es dif¨ªcil entender c¨®mo la publicaci¨®n de sanciones puede violar la ley de protecci¨®n de la intimidad, dado que muchos tribunales publican online sus sentencias, como el Europeo de los Derechos Humanos, que las mantiene 50 a?os en su web".
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