El Tribunal Superior dice que la c¨¢rcel de Lledoners es ilegal
Anulada la orden que permiti¨® construir la prisi¨®n de Sant Joan de Vilatorrada
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a considera que la Generalitat no efectu¨® correctamente el proceso urban¨ªstico para construir la prisi¨®n de Lledoners, ubicada en Sant Joan de Vilatorrada (Bages) e inaugurada el pasado octubre. El tribunal declara nulo un decreto del Departamento de Pol¨ªtica Territorial que daba carta blanca a la construcci¨®n de la prisi¨®n.
La resoluci¨®n es un rev¨¦s para el Departamento de Pol¨ªtica Territorial, pero inicialmente no comportar¨¢ ning¨²n cambio inmediato en la situaci¨®n de la prisi¨®n, seg¨²n afirmaron ayer fuentes del Departamento de Justicia, que a?adieron que recurrir¨¢n la sentencia. Ello abrir¨¢ un largo periodo que terminar¨¢ dentro de tres o cuatro a?os en el Tribunal Supremo, que confirmar¨¢ o revocar¨¢ la sentencia del Tribunal Superior.
La Generalitat adecu¨® la normativa del Plan General de Sant Joan a trav¨¦s de un plan especial, pero la catalogaci¨®n del terreno donde se construy¨® la c¨¢rcel como no urbanizable y las restricciones para su uso agr¨ªcola hac¨ªan insuficiente el desarrollo del mismo a trav¨¦s de este tipo de norma. El cambio de tipolog¨ªa del terreno se deb¨ªa realizar a trav¨¦s de una modificaci¨®n concreta del Plan de Ordenaci¨®n Urbana Municipal. Este tr¨¢mite hubiese comportado una tramitaci¨®n no inferior a un a?o, seg¨²n fuentes municipales, mientras que el plan especial se pudo resolver en unos cuatro meses.
Acuciados por la necesidad de crear nuevas plazas para presos, el Gobierno catal¨¢n eligi¨® el camino m¨¢s corto. Ahora, el Tribunal Superior, atendiendo un contencioso presentado por la plataforma Respectem El Pla de Bages (opositora a la construcci¨®n de la prisi¨®n en la finca elegida) da la raz¨®n en este punto a la plataforma.
El Ayuntamiento de Sant Joan de Vilatorrada, gobernado por el socialista Ezequiel Mart¨ªnez, aprob¨® el pasado marzo una modificaci¨®n urban¨ªstica iniciada por la Generalitat en el sentido que establece la sentencia.
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