V¨ªctimas protegidas a su pesar
La ley obliga a penas de alejamiento en las condenas por maltrato - ?Puede un juez impedir una reconciliaci¨®n? - El Constitucional y Luxemburgo deber¨¢n aclararlo
Magatte y Eva salieron a tomar una copa el 4 de agosto de 2007. Discutieron. Eran pareja y conviv¨ªan desde hac¨ªa cuatro a?os. Magatte no fue a casa hasta las seis de la madrugada. Eva estaba durmiendo. ?l le dio varios pu?etazos en el cuerpo y en la cara. Despu¨¦s, cogi¨® un cuchillo y lo clav¨® en el colch¨®n, en la pared y en el armario. Mientras, gritaba: "Eres una blanca de mierda, yo soy un negro y no tengo miedo a la polic¨ªa. Te matar¨¦". Fue condenado a 16 meses de c¨¢rcel por lesiones y amenazas en noviembre de 2007. Y los jueces dictaminaron que no podr¨ªa acercarse a Eva en un a?o y nueve meses.
Pero se acerc¨®. Porque ella quiso. Casi de inmediato, despu¨¦s de la condena, la pareja reanud¨® la convivencia. Meses despu¨¦s, los vecinos oyeron gritos en la casa, en un pueblo de Tarragona, y llamaron a los Mossos d'Esquadra. Descubrieron que la orden de alejamiento no se cumpl¨ªa y a ¨¦l lo condenaron por quebrantar la condena. Magatte apel¨®.
La Audiencia de Tarragona cree que la medida va contra "la vida privada"
El Gobierno baraja cambiar la ley para que el alejamiento no sea forzoso
"La maltratada no tiene capacidad para valorar el riesgo", dice una experta
La decisi¨®n atenta contra la dignidad de la mujer, afirma un magistrado
Eva pide a la justicia que le deje vivir con su agresor. No entiende que el Estado se meta en su vida. Dice que es una "v¨ªctima" de la normativa penal. Las leyes obligan a que en todas las sentencias por maltrato se imponga una pena de alejamiento. Varios jueces han presentado cuestiones de constitucionalidad por este art¨ªculo del C¨®digo Penal (el 57.2) y la Audiencia de Tarragona ha llevado el caso de Eva y Magatte al Tribunal de la UE. Los magistrados tarraconenses creen que la ley es contraria al derecho comunitario en su principio "al respeto de su vida privada y familiar".
No es una cuesti¨®n f¨¢cil de resolver. ?Se debe proteger a las v¨ªctimas contra su voluntad? Por un lado est¨¢ el derecho de cualquiera a hacer con su vida lo que le venga en gana, incluso si eso conlleva ponerse en riesgo. Pero, por otro, ?qu¨¦ ocurre si la mujer muere o es gravemente agredida? ?Qui¨¦n es el responsable? ?Ella? ?El Estado por no haberla protegido? ?Deben tener los jueces capacidad para decidir lo m¨¢s conveniente o se les debe obligar a que impongan el alejamiento en todas y cada una de las sentencias?
El C¨®digo Penal se reform¨® en 2003 para establecer el alejamiento obligatorio para la violencia machista y dom¨¦stica, cuando gobernaba el PP -dos a?os antes de que se aprobara la Ley de Violencia de G¨¦nero-. Antes de esa fecha, eran los jueces los que ten¨ªan la ¨²ltima palabra. El Gobierno baraja la posibilidad de modificar la ley para que los jueces puedan volver a decidir, pero no hay ninguna decisi¨®n tomada. En el Ministerio de Igualdad estudian la cuesti¨®n. Pero tardan en decidir. Ya en febrero de 2006 el entonces ministro de Justicia, Juan Fernando L¨®pez Aguilar, anunci¨® que el Ejecutivo estaba "dispuesto a contemplar" que el alejamiento fuera una pena "flexible".
Juzgados y Audiencias Provinciales han presentado, desde 2005, una veintena de cuestiones de constitucionalidad por este art¨ªculo del C¨®digo Penal, pero el Tribunal Constitucional no se ha pronunciado. Hay consenso dentro de la judicatura sobre la conveniencia de la reforma. Los magistrados entienden que hay casos de maltrato leve y puntual, sin riesgo de reincidencia, en los que no tiene sentido impedir a la mujer volver con su pareja si ese es su deseo. En este sentido, se pronunci¨® el grupo de expertos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en abril de 2006. A?adieron que si la ley no se modifica y tienen que imponer el alejamiento en todos los casos, al menos se les deber¨ªa permitir poder dejar en suspenso la medida.
Por otro lado, los jueces dicen que las razones que llevaron a que se impusiera esa norma ya no existen. "Las ¨®rdenes de alejamiento se introdujeron en la legislaci¨®n en 1999", explica la presidenta del Observatorio de Violencia de G¨¦nero del CGPJ, Inmaculada Montalb¨¢n. "Se establecieron como pena obligatoria para los casos de violencia de g¨¦nero y dom¨¦stica en 2003 porque, al ser una pena tan reciente, los jueces no estaban acostumbrados a imponerla y la usaban poco. Pero ya ha cambiado la cultura de los jueces. El alejamiento est¨¢ normalizado y no existe ese riesgo".
Algunas asociaciones de mujeres no est¨¢n de acuerdo. "Los jueces son todav¨ªa precavidos a la hora de dictar medidas de alejamiento", se?ala Consuelo Abril, presidenta de la Comisi¨®n de investigaci¨®n de Malos Tratos a Mujeres. "Poner esta decisi¨®n de nuevo en sus manos ser¨ªa un retroceso. Los procedimientos penales son muy r¨¢pidos y el juez apenas tiene tiempo para ver cada caso. Por otro lado, la mujer maltratada no tiene capacidad para saber si est¨¢ en riesgo. Lo que dice puede tenerse en consideraci¨®n, pero ella est¨¢ dentro del ciclo de la violencia y percibe el peligro que corre. En el caso de Eva, no creo que se pueda confiar en alguien que te ha pegado pu?etazos y te ha amenazado de muerte".
Este ¨²ltimo argumento lleva a la cuesti¨®n m¨¢s peliaguda. Si se reformara la ley y se dejara la decisi¨®n en manos del juez, ?debe protegerse a una mujer en contra de su deseo si se percibe que est¨¢ en riesgo? La Audiencia Provincial de Valladolid, uno de los tribunales que ha acudido al Constitucional, consider¨® que cuando el alejamiento se impone contra la voluntad de la v¨ªctima "se atenta contra su dignidad y contra su derecho a decidir libremente con qui¨¦n quiere compartir su vida".
El magistrado Ram¨®n S¨¢ez, que tambi¨¦n ha cuestionado la constitucionalidad de este art¨ªculo, pregunta al alto tribunal si los poderes p¨²blicos tienen el derecho de separar a c¨®nyuges y convivientes. Dice que, con esta medida, "la mujer pasa de estar sometida al maltratador a estarlo al Estado" y que "imponerle una medida de protecci¨®n que ella no desea es persistir en el mito de que es incapaz de decidir por s¨ª misma". "Al no distinguir los supuestos de riesgo de otros en los que no hay un pron¨®stico de peligrosidad, se impone a la mujer una soluci¨®n ¨²nica y se le confisca la posibilidad de optar. Adem¨¢s, identifica su comportamiento como un fen¨®meno patol¨®gico, al presentar su decisi¨®n de mantener la convivencia con su pareja como algo extra?o y morboso".
En uno de los casos que juzg¨® S¨¢ez, un chico le hab¨ªa tirado una grapadora a su novia y le hab¨ªa provocado un hematoma. Ella le denunci¨® pero continuaron viviendo juntos. La Fiscal¨ªa, que apoy¨® la cuesti¨®n de constitucionalidad, critic¨® el alejamiento obligatorio porque eliminaba "para los supuestos puntuales, ocasionales y de escasa gravedad, cualquier posibilidad de reconciliaci¨®n o reparaci¨®n extrajudicial".
Los jueces piden que les dejen usar su sentido com¨²n. "En los casos graves, el Estado estar¨ªa haciendo dejaci¨®n de funciones si no dicta una orden de alejamiento aunque la mujer no lo desee", se?ala la magistrada Montalb¨¢n. "Pero en estos otros casos leves, deber¨ªa dejarse al juez que decida, apoyado por informes t¨¦cnicos que determinen que la voluntad de la mujer no est¨¢ viciada y que no hay riesgo de reiteraci¨®n delictiva". "El alejamiento obligatorio es ineficaz", se?ala Ram¨®n S¨¢ez. "Las parejas vuelven a vivir juntas diga lo que diga el Estado. Una pena de estas caracter¨ªsticas est¨¢ abocada al fracaso".
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