Condenada una granja escuela por el accidente de una menor
Una granja escuela ha sido condenada a pagar 899.721 euros a una ni?a sevillana que qued¨® tetrapl¨¦jica al caer a un arroyo durante una actividad, pues la monitora cometi¨® la "imprudencia leve" de salir con el grupo de alumnos sin esperar a los dos profesores que deb¨ªan acompa?ar a los ni?os. El accidente ocurri¨® el 9 de junio de 2000 en la granja escuela El molino de Lecr¨ªn, de Granada, cuando una ni?a de 16 a?os, que ten¨ªa una minusval¨ªa ps¨ªquica del 34% y proced¨ªa de un colegio de educaci¨®n especial de Sevilla, se sent¨® en la barandilla de un puente y cay¨® a un arroyo. La menor sufri¨® un traumatismo craneoencef¨¢lico y lesiones que la mantuvieron 83 d¨ªas hospitalizada y le han dejado una tetraplej¨ªa irreversible de nivel C6-C7, por lo que la indemnizaci¨®n incluye los gastos de rehabiliaci¨®n, adaptaci¨®n de su vivienda y contrataci¨®n de una empleada de hogar para tener una ayuda reforzada.
La sala de lo Civil del Tribunal Supremo atiende as¨ª a la demanda de los padres de la menor y anula un veredicto absolutorio dictado por la Secci¨®n Quinta de la Audiencia de Sevilla, que consider¨® que la ca¨ªda de la ni?a fue un "hecho fortuito". Los jueces sevillanos absolvieron tanto a la monitora de la granja escuela como a dos profesores del colegio, contra los que tambi¨¦n se dirigi¨® la demanda inicial, porque la profesora hab¨ªa ido al servicio y su compa?ero hab¨ªa acompa?ado a otro alumno a llamar por tel¨¦fono. Esta circunstancia hizo que la monitora, viendo que se hac¨ªa tarde para llevar a los ni?os a una actividad de orde?ar vacas, decidiese emprender sola el camino con los alumnos, sin esperar a los dos profesores que siempre deb¨ªan acompa?ar a los menores. En un descuido, la ni?a se sent¨® en la barandilla del puente, que era "excesivamente baja y estrecha" -med¨ªa 65 cent¨ªmetros de alto y 25 de ancho, seg¨²n el Supremo- y cay¨®. La Audiencia de Sevilla entendi¨® que la decisi¨®n de la menor fue "tan s¨²bita, repentina e imprevisible que nada hubiese podido impedir la ca¨ªda, por m¨¢s profesores que hubiera all¨ª".
El Supremo, sin embargo, dice que los alumnos de educaci¨®n especial tienen un comportamiento "m¨¢s imprevisible" que "dificulta sobremanera el control y vigilancia del grupo", por lo que la monitora no debi¨® emprender la marcha sin los profesores. La responsabilidad se extiende a la aseguradora de la granja escuela porque "en previsi¨®n de riesgos innecesarios", deber¨ªa haber sustituido los pretiles del puente por otros de mayor altura que evitaran las ca¨ªdas. En cuanto a los dos profesores y al colegio mismo, son exonerados de toda responsabilidad.
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