Unos padres van al S¨ªndic al serles denegada la fecundaci¨®n 'in vitro'
Una pareja ha denunciado ante la Sindicatura de Greuges que el hospital General de Alicante les niega la posibilidad de someterse a un tratamiento de fertilidad porque lograron tener un hijo de forma natural antes de que el var¨®n quedara est¨¦ril por un c¨¢ncer que oblig¨® a extirparle los test¨ªculos. El S¨ªndic, Jos¨¦ Cholbi, insta a la Consejer¨ªa de Sanidad a evitar que la "falta de infraestructuras" o "desajustes entre demanda y oferta de la prestaci¨®n" impidan someterse a la fecundaci¨®n in vitro a las parejas que as¨ª lo deseen y cumplan los requisitos establecidos por la ley.
La pareja logr¨® tener un hijo de forma natural en 2004, seis a?os despu¨¦s de que al padre le diagnosticaran un c¨¢ncer testicular y decidiese congelar semen en el hospital General de Alicante. No obstante, para entonces ya se le hab¨ªa reproducido un tumor en el otro test¨ªculo, que le fue extirpado finalmente en 2008, una operaci¨®n que les impedir¨ªa tener hijos en adelante. Por esta raz¨®n, solicitaron al hospital poder someterse a una fecundaci¨®n in vitro con el semen que hab¨ªa almacenado en 1998, aunque el tratamiento se les neg¨® "por haber tenido un hijo anteriormente de forma natural", pese a no hay ninguna ley que les niegue este derecho. "Simplemente es un criterio que toman algunos hospitales", lamenta el autor de la queja.
Al respecto, la consejer¨ªa confirm¨® al S¨ªndic que una de las condiciones para someterse a este tratamiento de fertilidad, consensuadas con el Grupo de Inter¨¦s de Centros P¨²blicos de la Sociedad Espa?ola de Fertilidad y el Consejo Interterritorial, es que la pareja no tenga "hijos previos y sanos". En su recomendaci¨®n, Cholbi suscribe "¨ªntegramente" una resoluci¨®n del Defensor del Pueblo, Enrique M¨²gica, donde recuerda que, seg¨²n el marco legal vigente, "el diagn¨®stico y tratamiento de la infertilidad" se incluyen entre las prestaciones sanitarias que debe facilitar directamente el Sistema Nacional de Salud, financiadas con cargo a la Seguridad Social. M¨²gica recordaba adem¨¢s que "la mujer podr¨¢ ser usuaria o receptora" de la fecundaci¨®n in vitro "con independencia de su estado civil y orientaci¨®n sexual", siempre que "haya posibilidades razonables de ¨¦xito y no suponga riesgo grave para la salud de la mujer o de la posible descendencia".
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