Justicia re¨²ne el historial civil de los ciudadanos en un solo registro
La reforma acaba con la dispersi¨®n de los certificados y con el Libro de Familia
El Registro Civil, uno de los mayores monumentos a la burocracia que existen en Espa?a, vive una revoluci¨®n. Las inscripciones de nacimientos, matrimonios, defunciones y tutelas, actualmente repartidas en un laberinto de 431 sedes principales y 7.667 dependencias municipales, quedar¨¢n dentro de dos a?os unificadas en una base de datos electr¨®nica, a la que los ciudadanos podr¨¢n acceder desde cualquier punto de Espa?a. Desaparecer¨¢n los Libros de Familia, y cada persona podr¨¢ disponer de su historial civil a trav¨¦s de una clave alfanum¨¦rica denominada C¨®digo Personal de Ciudadan¨ªa.
El titular de Justicia, Francisco Caama?o, inform¨® ayer al Consejo de Ministros sobre el anteproyecto de ley que regula esas novedades. "Se trata de un cambio conceptual radical, de arriba abajo", declar¨®. "Superamos el criterio de territorialidad. Cualquier declaraci¨®n se podr¨¢ hacer en cualquier oficina".
La organizaci¨®n actual del registro data de 1957 y est¨¢ r¨ªgidamente dividida por temas y por territorios. Es frecuente que un espa?ol tenga su inscripci¨®n de nacimiento en el registro de una ciudad, la de su matrimonio en el de otra y a¨²n resida en otra m¨¢s; en esos casos, para obtener un certificado debe desplazarse y realizar largas colas.
Con la nueva organizaci¨®n, cada ciudadano tendr¨¢ una ficha personal ¨²nica. En ella constar¨¢n los hechos y los actos que le afecten, a los que podr¨¢ acceder desde cualquier oficina del Registro Civil del pa¨ªs (en cada comunidad aut¨®noma existir¨¢ al menos una, y otra m¨¢s por cada 50.000 habitantes). Los Libros de Familia ser¨¢n sustituidos por certificaciones, que podr¨¢n ser solicitadas personalmente o a trav¨¦s de Internet. En todo caso, dado que las Administraciones y los funcionarios tendr¨¢n acceso a la informaci¨®n, en principio no necesitar¨¢n pedir tales documentos.
La modernizaci¨®n del Registro Civil implica, adem¨¢s, su "desjudicializaci¨®n", seg¨²n anunci¨® ayer el ministro Caama?o. Es decir, se convertir¨¢ en un ¨®rgano administrativo, dependiente del Ministerio de Justicia y gestionado por funcionarios, aunque las decisiones de estos ¨²ltimos estar¨¢n sometidas a control judicial. La vicepresidenta primera del Gobierno, Mar¨ªa Teresa Fern¨¢ndez de la Vega, declar¨® que, de esa manera, "se descarga de trabajo a los jueces para que puedan dedicarse exclusivamente a su labor".
No obstante, el anteproyecto de ley tiene a¨²n por delante un largo camino parlamentario. Fuentes del Ministerio de Justicia estiman que el nuevo Registro no entrar¨¢ en funcionamiento hasta dentro de uno o dos a?os. Hasta entonces seguir¨¢n emiti¨¦ndose Libros de Familia y los ciudadanos tendr¨¢n que soportar las colas de siempre.
Lo que debe inscribirse en el Registro Civil
El Registro Civil constituye la prueba de los hechos inscritos en ¨¦l. Y esos hechos son los m¨¢s relevantes en la vida de cada ciudadano, desde su nacimiento hasta su muerte. ?sta es la relaci¨®n de los asuntos que deben inscribirse en el Registro Civil:
- El nacimiento, el matrimonio y la defunci¨®n.
- La filiaci¨®n.
- El nombre y apellidos y los cambios sobre los mismos.
- La emancipaci¨®n y habilitaci¨®n de edad.
- Las modificaciones judiciales de la capacidad de las personas o que ¨¦stas han sido declaradas en concurso, quiebra o suspensi¨®n de pagos.
- Las declaraciones de ausencia o fallecimiento.
- La nacionalidad y vecindad.
- La patria potestad, tutela y dem¨¢s representaciones que se?ala la ley.
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