?Qu¨¦ reforma laboral?
Desde que se abordara en Espa?a la primera reforma laboral de la democracia, hace ahora 30 a?os, el debate sobre el coste y la regulaci¨®n del despido ha representado un asunto crucial. Ello ha sido as¨ª hasta tal punto que hoy suele constituir un lugar com¨²n calificar de trivial, blando o ligero cualquier proceso de reforma que no contenga cambios en la regulaci¨®n del despido -siempre, eso s¨ª, para reducir su coste o para hacer m¨¢s liviana o flexible, ¨¦sta es la palabra, la facilidad para despedir-.
No deja de ser parad¨®jico que esto ocurra en una econom¨ªa que antes de que estallara la crisis, con el empleo creciendo a un ritmo extraordinario, realiz¨® casi 700.000 despidos de trabajadores con contrato indefinido y que terminar¨¢ el a?o 2009 con alrededor de 1,5 millones de despidos. Pero lo relevante del asunto es que pese a este volumen, verdaderamente enorme, nuestras empresas no parecen destinar tan grandes cantidades a indemnizar a los trabajadores despedidos. Los datos indican que el gasto de las empresas en indemnizaciones por despido apenas alcanz¨® el 1,15% del total del coste laboral en 2008 (alrededor de cinco veces menos que lo destinado a pagar cotizaciones por desempleo).
La reforma debe ser global y equilibrada, huyendo de cualquier tipo de f¨®rmula magistral
En nuestra opini¨®n, el coste del despido no debe ser el eje central de las reformas
Nuestras estad¨ªsticas permiten inferir adicionalmente algunas cosas. Sabemos, por ejemplo, que el n¨²mero de despidos comenz¨® a crecer intensamente desde que el Gobierno del PP aprobar¨¢ la Ley 45/2002, que facilit¨® el despido sin causa y abarat¨® de forma muy considerable el coste efectivo del despido en Espa?a. El problema es que, en paralelo, tambi¨¦n crecieron los beneficiarios de prestaciones por desempleo, y el aumento del gasto en protecci¨®n de los desempleados que origin¨® fue mucho mayor para el conjunto de la econom¨ªa que el ahorro que pudo producir en aligerar el coste de los ajustes de plantilla inducidos.
Conviene, pues, no perder de vista la relaci¨®n entre los diversos instrumentos de protecci¨®n del empleo porque al analizarlos globalmente saltan algunas sorpresas. Dinamarca, por ejemplo, paradigma de la flexiseguridad, sin apenas indemnizaciones por despido, gastaba antes de que estallara la crisis casi el doble que Espa?a en proteger a sus desempleados y m¨¢s del triple (en t¨¦rminos de PIB) en pol¨ªticas activas de empleo. En conjunto, y en t¨¦rminos relativos, mucho m¨¢s que el gasto espa?ol en proteger a los desempleados y en indemnizar a los despedidos.
Sabemos, adem¨¢s, que, en t¨¦rminos comparados, Espa?a no carece de flexibilidad externa (aquella que se logra facilitando la contrataci¨®n o el despido de los trabajadores). Seg¨²n los datos del ¨²ltimo informe El empleo en Europa de la Comisi¨®n Europea, Espa?a ocupa uno de los lugares m¨¢s altos de la UE en cuanto a volumen de despidos en proporci¨®n del total del empleo (los datos, conviene subrayarlo, son anteriores a la crisis). Todos los indicadores de flexibilidad externa muestran a Espa?a en las primeras posiciones: el flujo de contrataci¨®n alcanza en tiempos normales los niveles m¨¢s elevados de la UE, las tasas de despido son las terceras m¨¢s elevadas y la rotaci¨®n del empleo es tan alta que ocupa el primer lugar a pr¨¢cticamente al mismo nivel que Dinamarca. De ah¨ª que sea m¨¢s sensato concluir que la enfermedad que padecemos es, m¨¢s bien la de exceso de flexibilidad externa, precisamente la que menos necesitamos, la mala flexibilidad; la que agudiza los ciclos, especialmente en las recesiones, hundiendo m¨¢s la actividad, el empleo y las finanzas p¨²blicas.
Con todo esto no pretendemos defender una suerte de inmutable continuidad en el modelo espa?ol de regulaci¨®n laboral. Bien al contrario, creemos que pueden y deben abordarse reformas en su configuraci¨®n que afronten algunos de sus principales problemas. Lo que ocurre es que, en nuestra opini¨®n, la forma de abordarlo no debe consistir en situar el coste del despido en el eje central de las reformas.
En Espa?a se despide demasiado, con mucha facilidad y sin necesidad de que exista causa alguna para la rescisi¨®n de la relaci¨®n laboral. Simplemente no es verdad que los trabajadores con contrato indefinido disfruten de mucha estabilidad que pagan los trabajadores con contrato temporal. Lo que tenemos es un nivel desproporcionado de inestabilidad y de rotaci¨®n en los dos segmentos de nuestro mercado de trabajo: un nivel de inseguridad mayor en el trabajo temporal que en el indefinido, pero absolutamente excesivo en ambos.
En estas circunstancias no deber¨ªa resultar dif¨ªcil perfilar la orientaci¨®n de las reformas. El objetivo consistir¨ªa en reducir el grado de flexibilidad externa aumentando la flexibilidad interna. Dicho de otra forma, se tratar¨ªa de ampliar el nivel de estabilidad y de seguridad de los trabajadores, mejorando su capacidad de adaptaci¨®n y la de las condiciones en que se desempe?a el trabajo (en la jornada laboral, la movilidad y la polivalencia interna, los salarios, la formaci¨®n y la cualificaci¨®n profesional). El resultado debe ser una econom¨ªa m¨¢s flexible, porque tiene mayor posibilidad de ajuste interno, en lugar de una econom¨ªa que se acomoda a las exigencias c¨ªclicas o productivas despidiendo mano de obra r¨¢pida e intensamente.
En nuestra opini¨®n, esto podr¨ªa lograrse a trav¨¦s de distintas combinaciones de medidas en el ¨¢mbito de la contrataci¨®n laboral, en el papel de la negociaci¨®n colectiva y la regulaci¨®n de la forma en que se fijan y modifican las condiciones de trabajo, en la intermediaci¨®n laboral y en la pol¨ªtica activa de empleo. Pero, sobre todo, la reforma debe ser global y equilibrada, huyendo de cualquier tipo de f¨®rmula magistral, porque hace tiempo que sabemos que no existen recetas simples para problemas complejos.
Para ello podr¨ªa estimularse la contrataci¨®n estable a trav¨¦s de una mayor posibilidad de uso del contrato de fomento de la contrataci¨®n indefinida (con indemnizaci¨®n por despido de 33 d¨ªas de salario por a?o de servicio) combinando esta medida con el establecimiento de l¨ªmites al uso del contrato de obra o servicio, cuya configuraci¨®n pr¨¢ctica se aleja por completo de su dise?o original. Alternativamente podr¨ªa plantearse la posibilidad de unificar el contrato de obra o servicio y el eventual por circunstancias de producci¨®n con una duraci¨®n m¨¢xima del nuevo contrato de 24 o 30 meses adaptando, a su vez, los l¨ªmites al encadenamiento de contratos temporales.
Podr¨ªa, adem¨¢s, realizarse un significativo abaratamiento relativo de la contrataci¨®n indefinida, reduciendo el tipo de cotizaci¨®n empresarial por desempleo de este tipo de contrataci¨®n, junto al aumento del tipo de cotizaci¨®n por desempleo a cargo de las empresas en la contrataci¨®n temporal. Para que esto tenga alg¨²n efecto significativo sobre el nivel de temporalidad, la distancia entre ambos no puede ser cuasi simb¨®lica como ocurre actualmente (lo que produce una enorme subvenci¨®n al coste de uso de la contrataci¨®n temporal). Con el tiempo, el modelo de cotizaci¨®n al desempleo deber¨ªa introducir elementos de penalizaci¨®n (bonus-malus) para las empresas en funci¨®n del uso que hicieran sus antiguos trabajadores del sistema de protecci¨®n al desempleo.
No es una obviedad decir que la reforma laboral que necesitamos debe basarse en el acuerdo social. Durante el periodo 2004-2008, antes de la crisis, el Gobierno y los interlocutores sociales han protagonizado un intenso y fruct¨ªfero proceso de di¨¢logo. Sin embargo, nuestra historia econ¨®mica y social m¨¢s reciente muestra las grandes dificultades que han caracterizado los procesos de concertaci¨®n social en etapas de crisis. De ah¨ª la importancia de que el Gobierno y los interlocutores sociales sean capaces de romper esa inercia hist¨®rica alcanzando espacios de consenso para combatir las consecuencias de la crisis m¨¢s intensa que nuestra econom¨ªa haya vivido en d¨¦cadas y aprender a no repetir los errores cometidos. Aun as¨ª, si el acuerdo no fuera posible, el Gobierno debe actuar. Pero para ello no se necesita perder la raz¨®n ni el equilibrio. Eso ya ocurri¨® en 2002 y todav¨ªa estamos pagando las consecuencias.
Valeriano G¨®mez e Ignacio P. Infante son economistas. Santos M. Ruesga y Fernando Vald¨¦s son catedr¨¢ticos de universidad.
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