Tres a?os sin cumplir los plazos de la ley de Dependencia
Las autoridades venden como avance su deber de dar las ayudas en seis meses
Los responsables de pol¨ªtica social de las comunidades llegaron la ¨²ltima semana de enero a un acuerdo: resolver las ayudas por Dependencia en un plazo de seis meses, desde que el ciudadano lo solicita hasta que se le concede (sobre el papel) la prestaci¨®n de que se trate. As¨ª pues, tres a?os despu¨¦s de ponerse en marcha la Ley de Dependencia, los responsables pol¨ªticos se han reunido para adquirir el compromiso de cumplirla.
Porque en dicha norma ya se indica - art¨ªculo 28- que la tramitaci¨®n de estas ayudas se har¨¢ de acuerdo al R¨¦gimen Jur¨ªdico de las Administraciones P¨²blicas y del Procedimiento Administrativo Com¨²n, es decir, en un plazo de seis meses. Este plazo no podr¨¢ exceder de seis meses salvo que una norma con rango de Ley establezca uno mayor o as¨ª venga previsto en la normativa comunitaria europea.
El tiempo de espera de los solicitantes de apoyo est¨¢ entre los 12 y los 18 meses
La Ley de Dependencia est¨¢ excesivamente lastrada con los procedimientos administrativos y ah¨ª radica buena parte de los retrasos que sufren los ciudadanos. Pero algunas comunidades han ido encogiendo los tr¨¢mites para aligerar el proceso.
Muy pocas, pero algunas, como Castilla y Le¨®n ya tienen en marcha un expediente unificado, es decir, que en un solo paso el ciudadano conoce su grado de dependencia y la ayuda que le corresponde. Por eso tardan menos en resolver, muy lejos de la lamentable media espa?ola, que se sit¨²a entre los 12 y 18 meses, un periodo de tiempo excesivo para personas que requieren ayuda urgente. Tambi¨¦n en Guip¨²zcoa la espera es de las m¨¢s reducidas. La Administraci¨®n vasca habla de unos tres meses.
Pero puede afirmarse que la pr¨¢ctica totalidad de las comunidades emplean m¨¢s que los preceptivos seis meses en conceder las ayudas a los dependientes. Y esa media espa?ola la alimentan comunidades como Madrid o Canarias, donde el usuario puede esperar casi dos a?os su ayuda, seg¨²n el ¨²ltimo estudio de la Asociaci¨®n Estatal de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales.
Comunidades como Madrid o Valencia, que muestran algunos de los peores resultados en su gesti¨®n de la Ley de Dependencia, no s¨®lo no aligeraron el procedimiento, sino que regularon el llamado silencio negativo: si el ciudadano no recib¨ªa respuesta se quedaba en un limbo administrativo que apenas le dejaba la opci¨®n de volver a solicitar su ayuda como si nada hubiera pasado antes. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad tumb¨® esa iniciativa por una cuesti¨®n de forma: no hab¨ªan regulado con rango de ley.
Pero a¨²n quedan otros resquicios para burlar lo que, en principio, plantea la ley. Por ejemplo, considerar que el procedimiento no es uno solo, sino tres: uno para que el ciudadano sea valorado, otro para determinar su grado y nivel de dependencia y un tercero para prescribir la ayuda. Si se entiende que son tres, podr¨ªan contar con seis meses para cada cosa. Y eso tambi¨¦n ha estado ocurriendo. De hecho, en Madrid hay un recurso de casaci¨®n planteado en el Tribunal Supremo -pendiente de admitirse o no a tr¨¢mite- para que determine si es legal retrasar el procedimiento por la v¨ªa de dividirlo en dos o tres pasos.
Los tr¨¢mites tambi¨¦n se paralizar¨ªan si la Administraci¨®n solicita alg¨²n documento al dependiente. Entonces los seis meses contar¨ªan de nuevo, algo que ha pasado en numerosas ocasiones, incluso pidiendo papeles que ya se hab¨ªan entregado o que ya posee la administraci¨®n.
"La situaci¨®n se ha subvertido de tal forma que vamos hacia un sistema de protecci¨®n social que utiliza la burocracia como arma para defenderse del ciudadano y el derecho de las personas a ser atendidas y apoyadas est¨¢ por encima de los procedimientos", afirma Luis Barriga
de la Asociaci¨®n de Gerentes. "Otros sistemas como la sanidad o la educaci¨®n ofrecen respuestas m¨¢s inmediatas, sin necesidad de que cada decisi¨®n del profesional, del paciente o del alumno se diriman en forma de resoluci¨®n administrativa", a?ade.
"En cualquier caso, es obligatorio informar al ciudadano que su solicitud ha sido recibida y del plazo m¨¢ximo establecido para resolver, as¨ª como de los efectos del silencio administrativo", asegura Barriga.
El abogado Jos¨¦ Aus¨ªn, que tramita casos de afectados de Alcorc¨®n (Madrid), es quien ha presentado el recurso ante el Supremo. Y aunque se felicita de la voluntad pol¨ªtica de agilizar los tr¨¢mites, opina que "se est¨¢ llegando a tal nivel de deterioro que no se propone la sanci¨®n de los que no cumplen sino el aplauso a los que se proponen cumplir la ley".
Las ayudas
- Atendidos. Las personas que ya reciben una ayuda por Dependencia superan ya los 500.000. Pero la lista de espera se acerca a los 250.000 dependientes.
- En casa. Del total de ayudas prestadas, m¨¢s de la mitad se trata de una prestaci¨®n econ¨®mica para cuidar en casa al anciano o discapacitado. Las comunidades han acordado inspecciones anuales para estas ayudas.
- A la espera. Canarias, Madrid, Valencia, Baleares y Murcia son las comunidades donde hay menos ciudadanos atendidos en relaci¨®n con la poblaci¨®n. Est¨¢n por debajo de la media espa?ola, que es un 1,08%.
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