Condenado por traici¨®n el ex esp¨ªa que ofreci¨® vender secretos a Rusia
El tribunal le impone 12 a?os de c¨¢rcel, pero dice que no se ha probado la operaci¨®n
Roberto Fl¨®rez, de 44 a?os, agente del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) entre marzo de 1991 y abril de 2004, se convirti¨® ayer en el primer condenado por traici¨®n de la democracia espa?ola. Si el ex esp¨ªa confiaba en que hicieran mella en los magistrados los halagos que les dirigi¨® el pasado 1 de febrero, cuando tom¨® la palabra al t¨¦rmino del juicio celebrado a puerta cerrada en la Audiencia Provincial de Madrid, se equivoc¨® de plano. El tribunal le ha impuesto 12 a?os de c¨¢rcel, la pena m¨¢xima solicitada por el fiscal y el CNI - que ejerci¨® la acusaci¨®n a trav¨¦s del abogado del Estado-, pese a reconocer que no se ha podido probar que entregara a Rusia los documentos secretos que en julio de 2007 se le incautaron en un local y dos viviendas de Puerto de la Cruz (Tenerife).
Otros agentes del CNI dieron a Fl¨®rez informes a los que ¨¦l no ten¨ªa acceso
La sentencia -de la que ha sido ponente la magistrada Araceli Perdices- considera suficiente que Fl¨®rez se apropiara de informaci¨®n secreta susceptible de perjudicar gravemente la seguridad o la defensa nacional. Y que lo hiciera "con el prop¨®sito de favorecer a una potencia extranjera", aunque no llegara a consumar el intento.
La coartada que ofreci¨® en el juicio para justificar la posesi¨®n de cientos de documentos secretos y de dos cartas dirigidas a Petr Melnikov, representante en Madrid del servicio de inteligencia exterior de Rusia entre 2000 y 2003, en las que le ofrec¨ªa informaci¨®n sensible a cambio del pago de al menos 200.000 d¨®lares (unos 150.000 euros), la desde?a el tribunal por inveros¨ªmil y peregrina.
El abogado de Fl¨®rez, Manuel Oll¨¦, consider¨® "desproporcionada" la condena -la misma pena que le correspond¨ªa de haberse probado la venta de secretos a Rusia- y anunci¨® su prop¨®sito de recurrir al Supremo.
El tribunal no descarta que la traici¨®n se consumase. Al contrario, parece creer que s¨ª cuando cita el testimonio de un agente del CNI, identificado con el n¨²mero 6782, quien declar¨® en el juicio que dos operaciones que el servicio secreto espa?ol ten¨ªa en marcha en ese momento, y que Fl¨®rez revel¨® en un anexo de su primera carta a Menlikov, "fueron neutralizadas [por los rusos] pocos meses despu¨¦s de diciembre de 2001", fecha de la misiva. "Y justo esas dos y no otras", apostilla. Pese a ello, "sin cuestionar la credibilidad del citado agente", que asegur¨® poseer "datos objetivos de que la informaci¨®n lleg¨® a estar a disposici¨®n de los servicios rusos", el tribunal alega que no puede tenerlo en cuenta, pues el agente no facilit¨® estos datos, "por ser secretos", y la defensa ni siquiera pudo acceder al contenido ¨ªntegro del citado anexo.
Aunque no profundiza en ese aspecto, la sentencia destapa graves fallos de seguridad en el centro, al subrayar que Fl¨®rez guardaba documentaci¨®n a la que no ten¨ªa acceso por su puesto y que le "tuvo que proporcionar alg¨²n compa?ero que no estaba autorizado para ello [...] por exceso de confianza hacia ¨¦l". Niega que esos documentos se dejaran "de manera descuidada en las mesas", como dijo el acusado, y sostiene que ¨¦ste se los llev¨® "de forma indebida [...] aunque no se conozca la manera exacta en que lo hizo".
Los magistrados dan por hecho que a Fl¨®rez se le encarg¨® una monograf¨ªa sobre "t¨¦cnicas de reclutamiento de fuentes humanas", pero no creen que las dos cartas a Melnikov -una en papel y otra recuperada de su ordenador, tras ser borrada- fueran un "ejemplo pr¨¢ctico" para completar el estudio. "En modo alguno se puede dar visos de verosimilitud a esta justificaci¨®n, comprensible en t¨¦rminos de defensa", pero cuya "falta de consistencia", en su opini¨®n, qued¨® patente en el juicio. Adem¨¢s, Fl¨®rez dijo que acab¨® su monograf¨ªa en marzo de 2002, pero entre los informes que se le incautaron hab¨ªa uno de 2003.
Tras rechazar la nulidad de los registros, solicitada por la defensa con el argumento de que se basaron en una investigaci¨®n del CNI que sigue secreta, aclaran que, aunque as¨ª se hiciera, nada cambiar¨ªa; pues Fl¨®rez "reconoci¨® [en el juicio] que la documentaci¨®n que se encontr¨® [en su casa] era suya y no la hab¨ªa puesto ah¨ª ninguna otra persona".
Para justificar la dureza del fallo, el tribunal recuerda que Fl¨®rez "se aprovech¨® de las facilidades que otorgaba ser miembro del CNI para obtener informaci¨®n clasificada, vulnerando la confianza depositada en ¨¦l". Aunque no llegara a vender los secretos a Rusia, agrega, su conducta tuvo consecuencias pr¨¢cticas, ya que hubo que "reestructurar el servicio de inteligencia", cuando se descubri¨® la gravedad de la fuga de informaci¨®n.
Castigo ejemplar
- Hasta ahora, nunca se hab¨ªa aplicado el art¨ªculo 584 del C¨®digo Penal, que considera traidor al "espa?ol que, con el prop¨®sito de favorecer a una potencia extranjera, asociaci¨®n u organizaci¨®n internacional, se procure, falsee, inutilice o revele informaci¨®n clasificada como reservada o secreta, susceptible de perjudicar la seguridad nacional o la defensa nacional".
- Aunque no se ha probado que la revelase, el tribunal afirma que Fl¨®rez "se procur¨® informaci¨®n legalmente clasificada como secreta y susceptible de perjudicar la seguridad nacional y lo hizo al margen de los cauces permitidos y con la finalidad de favorecer a una potencia extranjera". Le impone la pena m¨¢xima, pues este delito se castiga con seis a 12 a?os de c¨¢rcel.
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