Agresiones f¨ªsicas y despido
Una resoluci¨®n judicial ha provocado pol¨¦mica. Nos referimos a la sentencia del Tribunal de Justicia de Andaluc¨ªa que ha considerado que agredir f¨ªsicamente al jefe no es motivo suficiente para un despido. A priori, la decisi¨®n parece indudablemente "escandalosa". Las agresiones f¨ªsicas son dif¨ªcilmente tolerables; m¨¢s aun en un entorno cerrado como es la empresa donde es imprescindible observar unas reglas m¨ªnimas de convivencia que permitan el desarrollo de la actividad. La persona agredida era adem¨¢s el empresario, lo que implica adem¨¢s el menoscabo del poder de direcci¨®n empresarial.
El caso, sin duda, presentaba ciertas notas de "espectacularidad". El trabajador al ser informado de su despido por falta de rendimiento, insult¨® y agredi¨® al responsable empuj¨¢ndole al suelo. El empleado tuvo que ser sujetado, pues intentaba alcanzar al empresario "lanzando al aire patadas de k¨¢rate".
Ofr¨¦zcase para crecer en la empresa, que sus jefes lo sepan
El tribunal estim¨® la existencia de "atenuantes" en la conducta del trabajador. Entendi¨® que su comportamiento era sin duda susceptible de sanci¨®n, pero no revest¨ªa, en su opini¨®n, la gravedad exigible para constituir causa de despido.
El despido, adem¨¢s de causa de extinci¨®n del contrato, constituye la m¨¢xima sanci¨®n que cabe imponer al trabajador. Por ello se requiere que su conducta presente una gravedad incuestionable.
Las agresiones f¨ªsicas son normalmente estimadas por los tribunales como "muy graves" y casi siempre justifican el despido. Pero en algunos casos se ha apreciado la existencia de alg¨²n tipo de eximente (provocaci¨®n, enfermedad...) entendi¨¦ndose m¨¢s adecuada la imposici¨®n de una sanci¨®n menor. Esto es lo que ha sucedido en este supuesto, donde se ha apreciado que "la situaci¨®n y contexto en que el actor se encontraba en ese momento" permit¨ªan atenuar la sanci¨®n.
La decisi¨®n es, sin duda, cuestionable. Aunque es evidente que toda sanci¨®n debe ser individualizada y acomodada a las circunstancias, y que un despido es una eventualidad suficiente para generar una presi¨®n psicol¨®gica importante sobre el sujeto, pero cabe preguntarse hasta qu¨¦ punto "justifica" una agresi¨®n violenta.
El problema es mas grave por la falta de armonizaci¨®n en los tribunales, puesto que el Supremo inadmite sistem¨¢ticamente los recursos en los casos de despido, al entender que el particularismo que hay en la materia hace imposible apreciar la concurrencia del requisito "identidad sustancial", necesario para admitir un recurso de casaci¨®n para unificar doctrina.
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