La conjura del silencio
Benedicto XVI encabez¨®, cuando era cardenal para la Doctrina de la Fe, la operaci¨®n de encubrimiento de los casos de pederastia
Unas son las leyes del C¨¦sar, otras las de Cristo; una cosa ense?¨® Papiniano, otra nuestro Pablo" (Aliae sunt leges Caesarum, aliae Christi; aliud Papinianus, aliud Paulus noster praecepit). Esta consigna del cristianismo primitivo debi¨® de ser la idea del papa Ratzinger cuando, siendo prefecto de la Congregaci¨®n para la Doctrina de la Fe (ex Santo Oficio de la Inquisici¨®n), envi¨® una ep¨ªstola a los obispos de todo el mundo para ilustrarles sobre c¨®mo comportarse ante posibles casos de pederastia y otros abusos a menores por el clero cat¨®lico. En la misiva es imposible discernir entre pecado y delito, y Ratzinger reserva para su congregaci¨®n doctrinal qu¨¦ hacer ante un abuso sexual si se comete con un menor de 18 a?os.
La jerarqu¨ªa cat¨®lica se ha resistido a aceptar la ley civil como norma superior a la ley eclesi¨¢stica
Los documentos son testarudos. El primero, con el t¨ªtulo en lat¨ªn Crimen sollicitationis (Delito de solicitaci¨®n), es una carta remitida en 1962 por el cardenal Alfredo Ottaviani, jefe de la Sagrada Congregaci¨®n del Santo Oficio (hoy Congregaci¨®n para la Doctrina de la Fe), a "todos los arzobispos, obispos y otros ordinarios locales, incluyendo aquellos de las Iglesias cat¨®licas orientales", fij¨¢ndoles los procedimientos para afrontar casos de cl¨¦rigos (sacerdotes u obispos) acusados "de hacer uso del sacramento de la penitencia para llevar a cabo acercamientos de ¨ªndole sexual con los fieles". Tambi¨¦n daba instrucciones para denuncias de homosexualidad o zoofilia.
Su sucesor Ratzinger reforz¨® esas normas con motivo de la publicaci¨®n del C¨®digo de los C¨¢nones de las Iglesias Orientales (1990) y el C¨®digo de Derecho Can¨®nico de 1983 -que reemplazaba al de 1917-. Sus instrucciones llevan el t¨ªtulo De delictis gravioribus (De delitos m¨¢s graves), fechado el 18 de mayo de 2001. La ep¨ªstola la dirigi¨® a los obispos y superiores anunci¨¢ndoles qu¨¦ actos "m¨¢s graves quedaban reservados" al ¨²nico juicio de su congregaci¨®n. A?ad¨ªa que la instrucci¨®n Crimen sollicitationis "en vigor, promulgada por la Suprema Sagrada Congregaci¨®n del Santo Oficio el 16 de marzo de 1962, deb¨ªa ser reconocida por los nuevos c¨®digos".
Que los prelados han seguido a rajatabla las instrucciones encubriendo a los delincuentes qued¨® demostrado en la archidi¨®cesis de Boston, donde el cardenal Bernard Law, dimitido en 2002 por ocultar que hab¨ªa destinado a diversas parroquias a curas pederastas, se defendi¨® citando las consignas de sus superiores doctrinales. Cuando la cadena de televisi¨®n brit¨¢nica BBC ofreci¨® un documental con todos esos hechos, representantes de la Iglesia cat¨®lica objetaron que las citadas ep¨ªstolas de los dos inquisidores no se refer¨ªan directamente a los abusos de menores, sino de modo m¨¢s general a los abusos del confesionario.
Lo que indican esos documentos es la resistencia de la jerarqu¨ªa a aceptar la ley civil como norma superior a la ley eclesi¨¢stica. "Esa dicotom¨ªa entre ley religiosa y ley civil no exist¨ªa ni en Grecia ni en Roma porque sus religiones eran c¨ªvicas. Por el contrario, para los jud¨ªos la ¨²nica ley v¨¢lida era la religiosa porque su vida estaba regulada por un libro revelado y sagrado, al igual que ocurrir¨¢ despu¨¦s con los musulmanes", dice el historiador de las religiones y catedr¨¢tico de la Universidad de Cantabria Ram¨®n Teja.
As¨ª que esta era la regla: cuando el ordinario o superior tenga noticias veros¨ªmiles de que se ha cometido un delito reservado a la Congregaci¨®n, lo deb¨ªa comunicar a la oficina de Ratzinger en Roma y, salvo que la Congregaci¨®n "avocase a s¨ª la causa", deb¨ªa proceder con su propio tribunal. Tambi¨¦n se ordenaba que ese tribunal diocesano deb¨ªa estar "compuesto s¨®lo de sacerdotes".
El C¨®digo de Derecho Can¨®nico, una especie de constituci¨®n del Estado de la Santa Sede, indica que el delito prescribe a los 5 a?os. Sin embargo, si el delito est¨¢ reservado a la Congregaci¨®n para la Doctrina de la Fe, rigen las normas especiales y, por tanto, la prescripci¨®n es de 10 a?os y comienza a correr desde el d¨ªa en que el menor abusado cumple 22 a?os.
"El que est¨¦ libre de pecado, que tire la primera piedra", se ha justificado Benedicto XVI la pasada Semana Santa ante las reacciones contra esa carta o por la enviada a su Iglesia en Irlanda por abusos producidos en instituciones educativas cat¨®licas. El Papa reclam¨® adem¨¢s "intransigencia con el pecado e indulgencia para el pecador". Otros prelados han tachado las acusaciones como una campa?a para deteriorar la imagen del Papa.
El cardenal Angelo Sodano, secretario de Estado con Juan Pablo II, ha despachado el asunto como meros "chismorreos". Sodano fue durante a?os el gran protector del sacerdote mexicano y fundador de los Legionarios de Cristo, Marcial Maciel, conocido pederasta castigado en vida por el actual pont¨ªfice.
Seg¨²n el historiador Ram¨®n Teja, fue en cuestiones de moral y derecho matrimonial donde, desde el momento en que los cristianos intentaron hacerse visibles en la sociedad grecorromana, se manifest¨® principalmente la oposici¨®n entre la ley divina y la ley secular. La disputa aparece ya a finales del siglo II en el primer escritor cristiano de Occidente, Tertuliano. En una constituci¨®n del 339 se impone a los ad¨²lteros el mismo suplicio que a los parricidas: "Arrojadlo vivo al mar cosido dentro de un saco o quemado vivo" ("Sacrilegos nuptiarum tanquam manifestos parricidas insuere culleo vivos vel exurere iudicantem oporteat").
Discusiones de historia al margen, lo cierto es que el derecho can¨®nico al que han de atenerse los eclesi¨¢sticos tipifica diversos delitos que se refieren a abusos sexuales cometidos por un sacerdote. El canon 1395 especifica lo siguiente: "El cl¨¦rigo que cometa de otro modo un delito contra el sexto mandamiento del Dec¨¢logo, cuando este delito haya sido cometido con violencias o amenazas, o p¨²blicamente o con un menor que no haya cumplido 16 a?os de edad, debe ser castigado con penas justas, sin excluir la expulsi¨®n del estado clerical cuando el caso lo requiera".
La Conferencia Episcopal de Estados Unidos, arruinada por milmillonarias indemnizaciones a las v¨ªctimas de pederastas, a?adi¨® un pre¨¢mbulo a esas normas, diciendo que "una ofensa can¨®nica contra el sexto mandamiento del Dec¨¢logo no necesita ser un acto completo de la c¨®pula. Ni, para ser objetivamente grave, necesita el acto implicar la fuerza, el contacto f¨ªsico, o un resultado da?oso perceptible. La imputabilidad [responsabilidad moral] para una ofensa can¨®nica se presume sobre la violaci¨®n externa... a menos que sea de otra manera evidente".
La sanci¨®n a esos comportamientos se deja indeterminada: debe ser castigado con "justas penas", sin excluir la expulsi¨®n del estado clerical. Nunca se habla de poner al delincuente en manos de la justicia penal en el ordenamiento civil. Extra?a adem¨¢s esta alusi¨®n a "la justa pena", sin m¨¢s precisi¨®n. En todo caso, para ese delito el derecho can¨®nico prev¨¦ que se pueda llegar a la expulsi¨®n del estado clerical. En ese caso se debe aplicar el canon 1350. "Si la pena de remoci¨®n del estado clerical no se ha aplicado (por ejemplo, por razones de la edad o de enfermedad avanzada), el delincuente deber¨¢ conducir una vida de oraci¨®n y penitencia. No se le permitir¨¢ celebrar la misa p¨²blicamente o administrar los sacramentos. Se le ordenar¨¢ no usar el traje clerical o presentarse p¨²blicamente como sacerdote", a?ade la Conferencia Episcopal de Estados Unidos en sus normas especiales. Poca pena para delito tan sucio.
El regreso del cardenal Rouco
El cardenal Antonio Mar¨ªa Rouco Varela, arzobispo de Madrid y presidente de la Conferencia Episcopal Espa?ola, envi¨® el s¨¢bado pasado un telegrama a Benedicto XVI expres¨¢ndole la "comuni¨®n y cercan¨ªa" propia, y la de los "obispos auxiliares, los sacerdotes, los consagrados y los fieles laicos de la archidi¨®cesis de Madrid despu¨¦s del dolor que ha sufrido en las ¨²ltimas semanas". La reacci¨®n del episcopado espa?ol ha sido un¨¢nime: apoyar al Papa, disculparlo incluso y cerrar filas. En Espa?a hay eclesi¨¢sticos condenados por la justicia ordinaria por abusos sexuales a menores, aunque sin tanto esc¨¢ndalo como en otros pa¨ªses. El cardenal em¨¦rito de Sevilla, Carlos Amigo, ha hablado de "tropiezos", y el cardenal arzobispo de Barcelona, Llu¨ªs Mart¨ªnez Sistach, sostiene que "[la Iglesia cat¨®lica ante la pederastia] es como un padre cuyo hijo comete un delito grav¨ªsimo y est¨¢ dividido entre la justicia y la paternidad", sin advertir que la paternidad alcanzaba en este caso no s¨®lo al pederasta, sino a su v¨ªctima. Los cinco a?os del pontificado de Ratzinger han dejado huella en Espa?a. Tras propiciar el regreso del cardenal Rouco a la presidencia del episcopado, en sustituci¨®n del obispo Ricardo Bl¨¢zquez, el Vaticano ha acelerado el relevo de prelados inc¨®modos, sobre todo en las di¨®cesis vascas. Pero Ratzinger no ha mimado a su Iglesia en Espa?a, si se except¨²a el ascenso del cardenal Ca?izares desde el primado de Toledo a una silla en el Gobierno (Curia) de la Santa Sede. De celebrarse hoy un c¨®nclave, s¨®lo votar¨ªan all¨ª cinco espa?oles: Agust¨ªn Garc¨ªa Gasco, em¨¦rito de Valencia; Antonio Mar¨ªa Rouco, arzobispo de Madrid; Carlos Amigo, em¨¦rito de Sevilla; Luis Mart¨ªnez Sistach, arzobispo de Barcelona, y Antonio Ca?izares, prefecto de la Pontificia Congregaci¨®n para el Culto Divino.
El episcopado espa?ol apenas ha sufrido por los casos de pederastia entre su clero. Hay sentencias, y sobre todo denuncias, pero los medios de comunicaci¨®n las publicaron con discreci¨®n. El caso m¨¢s grave de pederastia en toda la Iglesia romana, al menos en el ¨²ltimo medio siglo, se ha desarrollado durante d¨¦cadas tambi¨¦n en Espa?a, donde los Legionarios de Cristo cuentan con seminarios, colegios y universidades. El a?o pasado, el secretario de Estado vaticano, el cardenal Tarcisio Bertone, vino a Madrid para tratar en secreto c¨®mo resolver la s¨²bita aparici¨®n de una hija en Madrid del fundador legionario, el mexicano Marcial Maciel. El famoso sacerdote fue padre de tres o cuatro chicos m¨¢s con otras tantas mujeres. La Conferencia Episcopal nunca se ha pronunciado sobre el tema, abrumada por la fuerza y presencia de legionarios en sus instituciones. De hecho, Maciel se movi¨® en ese tiempo como pez en el agua por Roma, pero tambi¨¦n en Espa?a, protegido inicialmente por el ministro de Exteriores con Franco, el democristiano Alberto Mart¨ªn Artajo. Muchas de las v¨ªctimas fueron alumnos del seminario de Ontaneda (Cantabria), sometidos tambi¨¦n a vejaciones por otros sacerdotes del grupo. Las denuncias contra el fundador llegaron a la mesa del Papa polaco durante a?os. Tambi¨¦n las conoc¨ªa Ratzinger. La primera demanda la presentaron siete de sus v¨ªctimas, en 1998, con el t¨ªtulo Absolutionis complicis. Arturo Jurado et alii versus Rev. Marcial Maciel Degollado. Maciel ya hab¨ªa sido investigado entre 1956 y 1959 y fue expulsado de Roma durante ese tiempo. El cardenal Ottaviani, entonces gran inquisidor, encarg¨® la investigaci¨®n al claretiano vasco y futuro cardenal Arcadio Larraona. Pero no resolvi¨® nada. Otra vez, la conjura del silencio.
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