La denuncia sostiene que la Ley de Amnist¨ªa no rige fuera de Espa?a
El proceso de N¨¹remberg contra los criminales nazis aparece citado varias veces en la querella presentada en Argentina para perseguir los delitos cometidos durante la dictadura franquista, y se repite la idea de que de nada valen las amnist¨ªas nacionales cuando se producen cr¨ªmenes atroces contra la humanidad. El escrito hace referencia a varios casos de jurisdicci¨®n universal tramitados en Espa?a. Si el Tribunal Supremo pudo condenar al militar argentino Adolfo Scilingo, vienen a plantear los querellantes, ?por qu¨¦ no va a poder hacer lo mismo Argentina con los cr¨ªmenes de la dictadura espa?ola que aqu¨ª no se pueden juzgar?
Aparte de citar convenios internacionales y jurisprudencia de tribunales de derechos humanos, el escrito utiliza la sentencia del Constitucional espa?ol de 23 de septiembre de 2005 en relaci¨®n con el genocidio cometido en Guatemala para reafirmar su competencia. "No s¨®lo no existe prohibici¨®n de intervenci¨®n, ni la misma es facultativa, sino que es obligada la intervenci¨®n de los tribunales de los distintos Estados en la persecuci¨®n de cr¨ªmenes lesivos para la humanidad", dijo en su d¨ªa el tribunal.
Espa?a hizo lo mismo
La Ley de Amnist¨ªa de 1977, seg¨²n los querellantes, no impide la actuaci¨®n de la justicia argentina. Sostienen que esta ley preconstitucional tampoco deber¨ªa ser un obst¨¢culo para que se juzguen en Espa?a, pero que, en todo caso, no afecta a la jurisdicci¨®n de los ¨®rganos judiciales de otros pa¨ªses. "As¨ª lo pusieron de manifiesto los propios tribunales espa?oles que ejercieron su jurisdicci¨®n respecto de cr¨ªmenes del mismo tenor cometidos en Am¨¦rica Latina cuando, con justificaci¨®n en leyes de impunidad, los tribunales de nuestros pa¨ªses no pod¨ªan o no quer¨ªan ejercer su jurisdicci¨®n sobre los mismos", se?ala el escrito.
Los querellantes defienden, adem¨¢s, que los hechos ya eran delito cuando se cometieron, en virtud de las leyes internacionales, por lo que ni siquiera habr¨ªa que aplicar normas de manera retroactiva: "Los cr¨ªmenes atroces cometidos con posterioridad al 17 de julio de 1936, ten¨ªan ya, en aquella ¨¦poca, la categor¨ªa de actos prohibidos por el ius in bello (derecho de la guerra) e integraban la categor¨ªa de cr¨ªmenes contra las Leyes y Costumbres de la Guerra y Leyes de Humanidad, que como tales identific¨® la Comisi¨®n Multinacional de Responsabilidades, reunida en Par¨ªs el 29 de marzo de 1919".
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