El Banco de Espa?a podr¨¢ sancionar como "falta grave" que no se proteja al cliente
La reforma trata de evitar abusos en hipotecas o enga?os con datos complejos
Los productos estructurados de Lehman Brothers, hipotecas con suelo, derivados extremadamente complejos que se convierten en fuertes p¨¦rdidas cuando se dan la vuelta los mercados... Con la crisis, estos asuntos han inundado los servicios de reclamaciones de bancos y cajas, as¨ª como el de la CNMV y el Banco de Espa?a.
El Ejecutivo, a trav¨¦s de la Ley de Econom¨ªa Sostenible, quiere imponer m¨¢s disciplina a las entidades y elevar la protecci¨®n de los usuarios. El proyecto de ley ha elevado a falta grave cualquier abuso en la concesi¨®n de pr¨¦stamos (hipotecarios y al consumo), la contrataci¨®n de dep¨®sitos o no informar previamente al cliente de los aspectos relevantes de un contrato antes de firmarlo. Tambi¨¦n considera, por primera vez, falta grave "la ausencia o el mal funcionamiento de los servicios de atenci¨®n al cliente" de las entidades.
Este salto cualitativo que da el nuevo proyecto supone que el Banco de Espa?a podr¨¢ multar "por un importe de hasta el medio por ciento de los recursos propios de la entidad o hasta 500.000 euros si aquel porcentaje fuera inferior a esta cifra".
Esta normativa llega despu¨¦s de la escasa repercusi¨®n de la implantaci¨®n de la Directiva sobre Mercados de Instrumentos Financieros (Mifid, por sus siglas en ingl¨¦s), que pretend¨ªa unificar criterios en los servicios financieros de los 27 Estados de la Uni¨®n Europea y proteger a los inversores fomentando la transparencia.
El nuevo texto establece que el Banco de Espa?a, la CNMV y la Direcci¨®n de Seguros deben atender las quejas y reclamaciones que vayan contra "las buenas pr¨¢cticas y usos financieros". Otra novedad es que los tres organismos formar¨¢n una ventanilla ¨²nica y derivar¨¢n las quejas que no sean de su competencia.
El proyecto de ley pone cerco a los chiringuitos financieros, otro quebradero de cabeza con la crisis. Por indicaci¨®n del Banco de Espa?a, el texto recoge que cuando una sociedad capte dep¨®sitos sin autorizaci¨®n, la multa no s¨®lo recaer¨¢ sobre la empresa (a menudo insolvente), como ocurr¨ªa hasta ahora, sino tambi¨¦n sobre sus administradores. Se considerar¨¢ falta muy grave sancionable con hasta 500.000 euros.
Si pedido el cierre, persisten actuando como entidad de dep¨®sito, los responsables "ser¨¢n sancionados con multa de hasta 1.000.000 euros, que podr¨¢ ser reiterada".
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